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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 1998 (07/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 1

Director: Enrique Sánchez Herki Lima, martes 7 de julio de 1998 AÑO XVI - N” 6586 Pág. 161797 POL)ER EJECtJTIVCl Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público a favor de la Superintendencia de Enti- dades Prestadoras de Salud SEPS DECRETO DE URGENCIA Iv 031-98 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N” 26790 “Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud”, en su Artículo 14” crea la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud - SEPS, como Organismo Público Descentralizado del Sec- tor Salud, con el objeto de autorizar, regular y supervisar el funcionamiento de las Entidades Prestadoras de Salud -EPS; Que, la Segunda Disposici6n Transitoria del Decreto Supremo N” 006-97-SA que aprueba el Estatuto de la Sunerintendencia de Entidades Prestadoras de Salud establece que mientras no entre en vigencia el Decreto Supremo que aprueba el cobro de derechos a las Entida- des Prestadoras de Salud -EPS, la SEPS se financiará con recursos del Tesoro Público; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 19) del Artículo 118” de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Que, es necesario asignar recursos presupuestales a la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;con la finalidad de continuar con el proceso de imple- mentación y gestión institucional en el año 1998;A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGOInstancias Descentralizadas : 134 Superintendencias de E;;$des Prestadoras de FUNCION : 14 Salud y Saneamiento PROGRAMA : 046 Salud SUBPROGRAMA : 0124 Requlación y Control Sañitario . ACTIVIDAD : 00156 Control Sanitario FUENTE DE FINANCIAMIENTO : OO RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) 5GASTOS CORRIENTES 3. Bienes Servicios y 4973346,00 4. Otros Gastos Corrientes 21888,OO 6.GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 654766,00--*-- TOTAL EGRESOS 5650 OW,OO ======== Artículo 2”.- Los Pliegos comprendidos en el presente dispositivo desagregan la Transferencia de Partidas me- diante Resolución del Titular del Pliego, dentro de los tres (3) días siguientes de su aprobación, a nivel de Sección, Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subpro- grama, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto y Grupo Genérico del Gasto. Artículo 3”.-La Oficina de Presupuesto del (los) Pliego(s) comprendido(s) en la presente Transferencia de Partidas, solicitará(n) ala Dirección Nacional del Presu- puesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, así como Componentes, Finalidades de Meta y DECRETA: Artículo lo.- Autorízase una Operación de Transfe- rencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 1998, hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTAMILY OO/100 NUEVOS SOLES(S/. 5 650 OOO,OO), de acuerdo al siguien- te detalle:Ejecutora(s) bajo su ákbito par: que elabore(n) las co- rrespondientes “Notas para Modificación Presupuesta-Unidades de Medida. ria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.Artículo 4”.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los PlieEos instruven a la(s) Unidadces) DE LA: SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO : 011 Ministerio de Salud FUNCION : 14 Salud y Saneamiento PROGRAMA : 003 Administración SUBPROGRAMA : 011 Edificaciones Públicas PROYECTO : OO294 Infraestructura, Equipamiento y Reequipamiento. FUENTE DE FINANCIAMIENTO : OO RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones TOTAL EGRESOS5 650 000.00 _~_.II~~~~-~~~~ 5 650 000,OO___-----------------Artículo 5”.- Copia del presente dispositivo se remite a los Organismos señalados en el Artículo 5” de la Ley N 26894 - Ley de Presupuesto para 1998. Artículo 6”.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JAVIERVALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud 7489