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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 1998 (07/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

- e- 4Q DE DENOMINAClON DEL ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS e) Mecanismos centralizados de negociaci ón de valores que operarán en alla f) Monto del patrimonio con el que se propone iniciar sus operaciones, el mismo que no deberá ser menor al establecido en el Artículo 133° de la Ley de Mercado de Valoras. 2. Proyecto de Minuta de Constitucion Social y Estatutos, ajustados a lo establecido en et Articulo 143° de la Ley de Mercado de Valores, además de indicar las funciones que va a realizar y sus obligaciones de acuerdo con lo señalado en el Articulo 132° y 138° respecti- vamente, de la mencionada ley. 3.Estudio de factibilidad económico-financiera en el que se detalle: a) El estudio de mercado. b)Análisis de sensibilidad de mercado considerando escenarios&normal, optimista y pesimista. c) La inversión proyectada. d) El financiami ento e) La organización admínístrativa. 4.Documentación Jurada o documentacion que acredite a cada uno de los organizadores: a) Hallarse en el pleno ejercicio de los derechos civiles. b) Gozar de solvencia moral y económ ica. c)Tener experiencia en materias económicas, financieras o mercan tiles y/o conocimiento del mercado de valores, en grado compatible con las funciones a desempeñar 5.Currí culum Viiae de cada uno de los organizadores y de los representantes legales en el caso de personas juridicas. 6.Dedaración Jurada o documentacion que acredite que cada uno de los organizadores, o de los representantes legales, en el caso de personas juridicas, de haber cumplido sus obligaciones tributarias por el periodo sujeto a prescripcion de no tener antecedentes policiales penales y judiciales, así como de no haber sido declarados en quiebra ni tener procedimiento incoado o sobreseído de tal natura leza, a la fecha de presentación de la Solicitud 7. Comprobante de pago de los derechos respectivosDERECH O CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y DE PAGO APROBACION CON EVALUACION PREVIA NO DONDE SE RECURSOS AUTOMATlCA POSITlVO NEGATIVO REGULADO INICIA IMPUGNATIVOS EL TRAMITE En caso de denegatoria, el pronun. ciamiento será emitido por la Geren. cia General. Este pronunciamient o1 puede ser objeto de Recurso de Re consideración y/o de Apelación. La Apelación será resuelta por e Directorio, agotando la via adminis trativa. Ver Notas (1) y (2) Base legal: Artícu los 23°, 24° y 25 del Reglamento del Registro Publico del Mercado de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N° 079-97-EF/ 94.10, publicada el 14/2/97. 35 AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LAS 1. Acreditar que los miembros del consejo directivo de la bolsa cump len con las condiciones Inafecto X Tramite En caso de aprobación, el pronuncia- BOLSAS DE VALORES establecidas en los Artículos 1494 y 150° de la Ley de Mercado de Valores , y que el gerente Documentar io miento corresponde al Directorio. Este general y los directores de los mecanismos centralizados de negociación de valores que de CONASEV operarán en la bolsa cumplen con las disposicio nes del Artículo 157° de la citada ley.pronunciamiento puede ser objeto de reconsideración ante el mismo Direc- Asimismo, se deberá acreditar que los demás funcionarios principales y apoderados cumplen con los requisitos señalados en los incisos a) y b) del Artículo 149° de la Ley detorio; agotando la vía administrativa. Mercado de Valores. En caso de denegatoria, el pronun- ciamiento será emitido por la Geren- cia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Re- consideración y/o de Apelación. La Apelacion sera resuelta por el Direc_ torio, agotando la vía administrativa. Ver Notas (1) y (2) 36 AUTORIZACION DE ORGANlZACION DE LAS 1. Solicitud dirigida al Gerente de Mercado de Valores de CONASN por el número mínimo de 1 UIT X Trámite En caso de aprobación, el pronuncia- INSTITUC IONES DE COMPENSACION Y LIQUIDA- organizadores que requiere la Ley General de Sociedades para consti tuir una sociedad 10 dias útiles Documenta rio miento corresponde al Directorio. Este ClON DE VALORES. anónima, conteniendo la información señalada en el Artículo 3° del Reglamento de Institu- de CONASEV prmnciamíento puede ser objeto de .ciones de Compensación y Liquidación, aprobado por Resoluch CONASEV Np 156-97-EF/ rtxnnsWac¡ón ante el mismo Direc- 94.10. todo; agotando la vía administrativa. 2.Los organizadores deben acompahr a su solicitud la docunentaaón siguiente: a) Curriculuín vitae de sus representantes legales. En caso de denegatoria, el pronun- b) Dedaración Jurada de cada uno de los organizadores y de sus representantes legales de ciamknto será emitido por la Geren- no encontrarse incurso en los impedimentos a que se refiere el Artículo 13* del Reglamento cia General. Este pronunciamiento de Instiiuciones de Compensación y Liquidación, aprobado por Resolución CONASEV Np puede ser objeto de Recurso de Re- 1%97-EF194.10, de acuerdo con el modelo contenido en el Anexo I y II del mencionado consideración y/o de Apelación. reglamento. c)Declaración Jurada de cada uno de los organizadores y de sus representantes legales de La Apelación será resuelta por no tener antecedentes penales ni policiales, de acuerdo con el modelo contenido en el Anexo el Directorio, agotando la vía adminis-