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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 1998 (12/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

ECONOMIA Y FINANZA S Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la SUNAT DECRETO SUPREMO N°059-98-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Artículo 22” del Decreto Legislativo N°757, Ley Marco para el Crecimiento de la lnversion Privada, ha establecido que toda modificación con relaciónalos proce- dimientos administrativos incluidos en el Texto Unico deProcedimientos Administrativos -TUPA de las entidades de la Administración Pública dependientes del Gobierno Central, requerirá ser aprobada por Decreto Supremo; Que dicha norma dispone que en el caso que el TUPA haya sufrido modificaciones durante su vigencia anual, deberá publicarse el nuevo TUPA en el que consten todaslas modificaciones realizadas al mismo; Que el Artículo 23” del citado Decreto Legislativo establece que sólo podrá exigirse a los particulares el cumplimiento de los procedimientos administrativos que consten en el TUPA; Que de acuerdo a lo señalado en los párrafos anterio- res, resulta necesario aprobar el nuevo TUPA de la Super- intendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22” del Decreto Legislativo N° 757 y el Artículo 36° del Decreto Supremo N° 094-92-PCM; DECRETA: Artículo l°.- Apruébase el nuevo Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria - SU-NAT, según el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2°.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 34” del Decreto Legislativo N° 757, desígnase como oficinas de trámite documentario de la SUNAT a las dependencias señaladas en el TUPA aprobado por el presente Decreto Supremo. Artículo 3°.-Los procedimientos administrativos que se sigan ante las distintas dependencias de la SUNAT seregirán por lo prescrito en el Título IV del Decreto Legis- lativo N° 757, por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°094-92-PCM, por el presente Decreto Supre- mo y, supletoriamente, por la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Artículo 4°.- Salvo disposición expresa en contrario, establecida en el anexo, en los casos en que el deudor tributario o representante legal acreditado en el RUC autorice a realizar el trámite de cualquiera de los proce- dimientos administrativos tributarios, deberá presentaruna carta poder simple en la cual se señale expresamente el trámite a realizar. Artículo 5°.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONTRANSITORIA Unica.- Los requisitos señalados en el TUPA aproba- do por el presente Decreto Supremo no serán de aplica- ción a los procedimientos que se encuentren en trámite ala fecha de la publicación de esta norma, salvo que se tratede los procedimientos en trámite sobre baja de inscripción en el Registro Unico de Contribuyentes, en cuyo caso podrán ser resueltos sin la presentación de la Constanciade No Adeudos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho. RICARDO MARQUEZ FLORES Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUMARIO PROCEDIMIENTO 1 INSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES 2 MODIFICACION DE DATOS EN EL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES 3 COMUNICACION DE CAMBIO DE REGIMEN 4 COMUNICACION DE SUSPENSION TEMPORAL / REINICIO CE ACTIVIDADES 5 SOLICITUD DE DUPLICADO DE LA CONSTANCIA DE INSCR PCION EN EL RUC 0 DEL COMPROBANTE DE INFORMACION REGISTRADA (CIR) 6 COMUNICACION DE ALTA 0 DE MODIFICACION DE ESTABLECIMIENTOS ANEXOS. 7 COMUNICACION DE ALTA 0 MODIFICAClON DE REPRESENTANTES LEGALES 8 COMUNICACION DE ALTA 0 EXONERACION DE TRIBUTOS 9 COMUNICACION DE SUSCRIPCION, RESCISION RESOLUC ION, RENUNCIA U OPCION POR EL REGIMEN TRIBUTARIO COMUN RESPECTO DE CONVENIOS QUE SOLICITUD DE BAJA DE SERIE? DE COMPROBANTES DE PAGO ASIGNADAS A UNO 0 MAS PUNTOS DE EMISION PARA CONTRIBUYENTES DEL REGIMEN GENERAL Y : “Cl REGIMEN GENERAL Y REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA NTRIBUYENTES DEL REGIMEN GENERAL Y REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA ISTRADORAS ION, EN CASO DE OPTAR POR U COMPROBANTES DE PAGO 26 SOLICITUD DE COMPROBANTES POR OPERACIONES NO HABITUALES 27 SOLICITUD DE AUTORIZACION DE IMPRESION DE DOCUMENTOS DE ATRIBUCION.