Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 1998 (13/07/1998)


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Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7753 RESOLUCION SUPREMA Nº 114-98-MTC MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 13 de MORDAZA de 1998

basica para favorecer el desarrollo de la pesca artesanal mediante su entrega en propiedad u otra modalidad legal a traves de programas de credito promocional creados para tal fin; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; Ley Nº 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1998; y el Articulo 109º del Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-78-VC; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar en via de regularizacion la contribucion economica efectuada por el Programa de Cooperacion Tecnica para la Pesca CEE-VECEP ALA 92/43 a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, por la suma de US$ 384 000,00 (Trescientos Ochenticuatro Mil y 00/100 Dolares Americanos), destinada al financiamiento parcial de la construccion y equipamiento del Centro de Procesamiento Pesquero Artesanal de MORDAZA Rosa. Articulo 2º.- Agradecer al Programa de Cooperacion Tecnica para la Pesca CEE-VECEP ALA 92/43, por su importante contribucion. Articulo 3º.- En aplicacion del Articulo 74º del Decreto Supremo Nº 01-94-PE, el FONDEPES esta autorizado a celebrar los actos juridicos conducentes a adjudicar a terceros los Modulos de Procesamiento que forman parte del Centro de Procesamiento Pesquero Artesanal de MORDAZA MORDAZA, ubicado en el Sector MORDAZA MORDAZA Balandra, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, mediante los programas de credito creados para tal fin, estando exceptuado de la formalidad prevista en el Articulo 31º del D.S. Nº 025-78-VC. Articulo 4º.- Transcribase la presente resolucion a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia de Bienes Nacionales dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 7694

Que, la Ley de creacion del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA y su Reglamento, aprobados por Ley Nº 26912 y Decreto Supremo Nº 013-98-PCM, respectivamente, establecen que su Directorio contara con una Secretaria Ejecutiva; Que, asimismo, las referidas disposiciones senalan que el Secretario Ejecutivo es designado por Resolucion Suprema refrendada por los Ministros que conforman el Directorio; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 261-98-PCM y 109-98-MTC se designo a los Ministros que representan al Estado en el directorio del Fondo MIVIVIENDA; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26912, en el Decreto Supremo Nº 013-98-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gorriti como Secretario Ejecutivo del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de la Presidencia y de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 7754

Declaran improcedente solicitud de empresa para el otorgamiento de autorizacion y licencia de operacion de planta de congelado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 140-98-PE/DNPP MORDAZA, 9 de MORDAZA de 1998

PESQUERIA
Aceptan contribucion economica efectuada a favor del FONDEPES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 342-98-PE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 1998 Visto el Oficio Nº 064-98-FONDEPES, de fecha 26 de junio de 1998. CONSIDERANDO: Que mediante el documento del visto, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, alcanzo los antecedentes de la contribucion economica efectuada por el Programa de Cooperacion Tecnica para la Pesca CEE-VECEP ALA 92/43, ascendente a US$ 384 000,00, destinada al financiamiento parcial de la construccion y equipamiento del Centro de Procesamiento Pesquero Artesanal de MORDAZA MORDAZA, concordante con el Convenio de Colaboracion suscrito entre las partes MORDAZA senaladas en fecha 21 de enero de 1997; Que mediante Oficio Nº 183-98-FONDEPES/SG, de fecha 3 de MORDAZA de 1998, la Secretaria General del precitado organismo alcanzo al Ministerio de Pesqueria MORDAZA de la documentacion sustentatoria que forma parte integrante de la presente resolucion, acreditando desembolsos del Programa de Cooperacion MORDAZA mencionado para solventar gastos orientados a los fines a que se contrae el primer considerando de la presente resolucion; Que el FONDEPES, en su calidad de Organismo Publico Descentralizado del Sector Pesqueria, al MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 74º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, se encuentra facultado para promover y desarrollar la ejecucion de infraestructura

Visto los escritos con Registros Nºs. 04835, 07532, 12535 y 1984001 de fechas 17 de MORDAZA, 16 de junio, 25 de setiembre de 1997 y 23 de febrero de 1998 respectivamente, presentados por PROCESADORA MORDAZA ABIERTO S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, concordante con el Articulo 55º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 09-94-PE, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros, se requiere de autorizacion y de licencia de cada planta de procesamiento; Que mediante los escritos del visto PROCESADORA MORDAZA ABIERTO S.A. solicita se le otorgue autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero y licencia de operacion a fin de desarrollar la actividad de congelado de recursos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial, ubicado en el Caserio de Insculas, distrito de Olmos, provincia y departamento de MORDAZA, precisando que la recurrente ya cuenta con los equipos y maquinarias para dedicarse a dicha actividad puesto que se dedica al procesamiento de productos agroindustriales; Que evaluado el expediente de PROCESADORA MORDAZA ABIERTO S.A., se ha determinado que esta no ha cumplido con los requisitos establecidos en los Procedimientos Nºs. 16 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-98PE, al habersele requerido en diferentes oportunidades a traves de los Oficios Nºs. 156-98-PE/DNPP-Dn y 306-98-PE/DNPP-Dn de 30 de enero y 27 de febrero de 1998, la MORDAZA de los requisitos procedimientales alli senalados sin que hasta la fecha, la recurrente cumpla con los mencionados requisitos; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 103-98-PE/DNPP-Dn, de 4 de junio de 1998, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas mediante Decreto Supremo Nº 010-97-PE;

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