Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 1998 (30/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 30 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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la Resolucion Nº 022-95-SUNARP y, el Inc. j) del Art. 29º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por el D.S. Nº 0405-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la Reclamacion en Queja interpuesta por don MORDAZA WINDER CAPURRO, contra la Registradora Publica, Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo a lo expuesto en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Imponer a la Registradora Publica, Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la sancion administrativa de un (1) dia sin goce de remuneracion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao 3401

Normas para la Catalogacion de Bienes Muebles del Estado, aprobada por Resolucion Nº 158-97/SBN; y, Estando al Informe Nº 010-98/SBN-OPE-CIMN, de fecha 24 de marzo de 1998 del Componente Inventario Mobiliario Nacional y con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica de la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Primer Fasciculo del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, que contiene la relacion pormenorizada de los nuevos tipos de bienes muebles susceptibles de ser inventariados por las entidades del Estado, el mismo que constituye anexo de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Excluir del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado los bienes muebles que se detallan en el anexo de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Aprobar la modificacion del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado referente a la denominacion de los bienes que se detallan en el anexo de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer la aplicacion y cumplimiento de la presente Resolucion por todas entidades del Estado, bajo responsabilidad de la Direccion General de Administracion u Oficina que haga sus veces y del Organo de Auditoria Interna en sus respectivos ambitos funcionales. Articulo 5º.- Establecer que el Fasciculo aprobado mediante la presente Resolucion constituye anexo del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, el mismo que mantiene su vigencia en todos sus extremos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendenta de Bienes Nacionales
ANEXO PRIMER FASCICULO DEL CATALOGO NACIONAL DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO RELACION DE NUEVOS TIPOS DE BIENES ITEM CODIGO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 60220025 53220160 53220176 46220265 74220025 53220207 67500215 60220510 60220517 67643566 60220524 60220531 60220545 74080025 32220025 67220451 67500242 04640500 25220403 60221266 67500325 60221379 53221810 67643436 67825150 67825300 53222002 39643075 60221832 74220942 74221031 60222397 39223158 74221522 04222049 53223334 95222790 53223714 67224264 67224286 DENOMINACION ACELEROMETRO AGITADOR (OTROS) AGITADOR DE PLACAS ALARMA DE LUZ ALIMENTADOR AUTOMATICO DE TRANSPARENCIAS AMALGAMADOR AMPLIADORA DE PLACAS FOTOGRAFICAS APARATO DE CLAVELAND APARATO DE VICAT ARCHIVADOR DE CARACTERES - CHIBALETE ASONIZADOR ASPIROSICROMETRO AUDIMETRO AUTO RESTART AUTOCLAVE MORDAZA HIDRAULICA PARA VEHICULOS BISELADORA BOTE DE FIBRA DE VIDRIO CALANDRIA CAMARA DE PRESION Y VACIO CAMARA FOTOMECANICA CAMARA TERMOHIGROMETRICA MORDAZA PARA ANAEROBIOSIS CARRO HUARO CARRO MARCADOR DE LINEAS PARA MORDAZA O PISTAS CARROZA CAUTERIZADOR CERAMICA EN GENERAL COMPARADOR DE LONGITUD CONTADOR ELECTRONICO DE BILLETES CONTADOR ELECTRONICO DE MONEDAS COPA DE MORDAZA GRANDE - LIMITE LIQUIDO CORNETA DESGLOSADORA DE PAPEL CONTINUO DESTRUCTOR ELECTRICO DE INSECTOS DIGESTOR DUPLICADORA DE MICROFILM EQUIPO CERTIFICADOR DE CABLEADO ESTRUCTURADO EQUIPO DE ABRASION EQUIPO DE ASPIRACION PARA SOLDADURA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aprueban Primer Fasciculo del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado
RESOLUCION Nº 040-98/SBN MORDAZA, 24 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales como organismo encargado de establecer los procedimientos para la administracion de los bienes del Estado a nivel nacional, aprobo mediante Resolucion de Superintendencia Nº 15897/SBN, publicada el 23 de MORDAZA de 1997 en el Diario Oficial El Peruano, el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado a traves de la cual tambien se aprueba la Directiva Nº 001-97/SBN-UG-CIMN, instrumento tecnico que permite contar con informacion uniforme, simple, completa, ordenada e interrelacionada de todos los bienes susceptibles de ser ingresados al inventario del patrimonio mobiliario del Estado; Que, el Articulo 4º de la Directiva Nº 001-97/SBN-UGCIMN establece que la actualizacion y divulgacion del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado es permanente, para lo cual dispone en el Articulo 7º del mismo texto legal, que sera la Superintendencia de Bienes Nacionales quien dispondra la consulta progresiva y selectiva de los respectivos proyectos de apendices del mencionado Catalogo, indicandose asimismo en el Articulo 8º de la referida Directiva que el plazo para la actualizacion del Catalogo se realizara dentro de los tres primeros meses de cada ano a traves de fasciculos debidamente aprobados por Resolucion de Superintendencia; Que, el MORDAZA de actualizacion del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado se sustenta, entre otros aspectos, en las propuestas formuladas por diversas entidades del Estado quienes solicitan la incorporacion de diferentes tipos de bienes al correspondiente Catalogo, de acuerdo a las pautas establecidas en los Articulos 9º y 10º de la Directiva Nº 001-97/SBN-UG-CIMN; Que, como consecuencia de la informacion procesada, resulta conveniente sustentar la expedicion del primer fasciculo que contenga la relacion de los nuevos tipos de bienes a incorporarse en el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado; Que, del analisis efectuado se establece la necesidad de excluir del Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado algunos tipos de bienes, dado que resulta irrelevante mantenerlos en el y asimismo proceder a la modificacion de la denominacion de otros tipos de bienes que actualmente se encuentran descritos en el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, entre otros aspectos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, el Decreto Supremo Nº 005-92PRES, el Decreto Supremo Nº 025-78-VC, de fecha 11 de MORDAZA de 1978 y la Directiva Nº 001-97/SBN-UG-CIMN;

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