Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 1998 (28/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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I.ima. micrcolcs 2X dc octubre de 1998

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de la comision de delito de hurto de material electoral
RESOLUCION N" 134-9%JiONPE
MORDAZA, 21 de octubre de 1998 VISTO, el Oficio N" 1008-98-J-ODPE-LIMA de 20.10.98 de la Jefa de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA, comunicando el hurto de una cartilla con doscientos (200) hologramas que corresponden a la mesa de sufragio N" 034108 del distrito de Carabayllo: CONSIDERANDO: Que, conforme a la MORDAZA certificada de denuncia, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidenta de la mesa de sufragio W 034108 del Colegio Mixto MORDAZA MORDAZA del distrito de Carabayllo, da cuenta del hurto de una cartilla con doscientos (200) hologramas, en circunstancias que tuvo que ausentarse de su mesa para reclamar materia1 faltante; Que, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA Tito. senala a los senores MORDAZA AbregtiVilchez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembros de la mesa de sufragio N" 034108, precisando que una persona de la que desconoce sus apellidos pero que fue presidente de mesa de sufragio en el ano 1995, se encontraba manipulando el material electoral; Que, este hecho ocurrido el dia MORDAZA 11 de octubre ultimo, en la mesa de sufragio N' 034108 del Colegio Mixto MORDAZA MORDAZA del distrito de Carabayllo, constituye ilicito penal, conforme lo observa el Art. 185" del Codigo Penal, con el agravante de tratarse de material electoral emitido por esta Oficina Nacional de Procesos Electorales (hologramas de seguridad); causando perjuicio a MORDAZA electores de dicha mesa de sufragio, y a ONPE en representacion del Sistema Electora1 y del Estado Peruano; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Articulo 182" de la Constitucion Politica del Peru, las Leyes Ws. 26487 y 26859; SE RESUELVE:

"En base a lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo N" 674, reglamentada por el Articulo 32" del Decreto Supremo N" 070-92. PCM, las empresas ELECTRO NOROESTE S.A., ELECTRO NORTE S.A., ELECTRO NORTE MEDIO S.A., Y ELECTRO CENTRO S.A. a partir de la transferencia del 30%) de su accionariado al sector privado, quedaran sujetas al regimen de la actividad privada, sin mas limitaciones que las que rigen para las empresas del sector privado, en lo que no se opongan al Decreto Legislativo W 674. Gestionar la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, previa coordinacion con el Comite Especial de Empresas Regionales de Electricidad." MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social Presidente de COPRI

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Amplian plazo de Amnistia Tributaria otorgada a contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL N"Oll-98-A-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 21 de octubre de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 20 de octubre de 1998; y, CONSIDERAKDO: Que, medianteOrdenanzaMunicipalN"O07-98-A-MDMM, esta Municipalidad concedio Amnistia Tributaria por el lapso de 30 dias a partir del 8 de setiembre de 1998, con el objeto de otorgar facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias pendientes, sin recargos de moras, multas y otros, incluyendo las que se encuentran en la via coactiva. Que, es necesario prorrogar la Amnistia Tributaria hasta el 30 de noviembre de 1998, a fin de brindar facilidades a los contribuyentes en general, asi como la actualizacion y regularizacion de sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto, en concordancia con la MORDAZA IV del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo N" 816: con el MORDAZA aprobatorio del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Despacho de Alcaldia por la Ley Organica de Municipalidades N" 23853, se ha expedido la siguiente;

que interponga las acciones legales que correspondan contra el ciudadano o ciudadanos responsables del hurto de una cartilla que contiene doscientos (2OOi hologramas, correspondiente a la mesa de sufragio N" 034108 del distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- La Jefa de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA, informara a la Jefatura de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, respecto a la persona que fue designada como coordinador electoral en el Colegio Mixto MORDAZA MORDAZA, del distrito de Carabayllo, su desempeno y conocimiento del hecho delictuoso MORDAZA descrito. Articulo Tercero.- El citado Procurador Publico informara a la Jefatura Nacional de Procesos Electorales, de las acciones judiciales que ejerza contra los responsables del acto delictuoso referido en el Articulo Primero de lo presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin de

ORDENANZA MUNICIPAL Articulo la.- Prorrogar la AMNISTIA TRIBUTARIA dispuesta mediante Ordenanza N" 007-9%A-MDMM, en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, hasta el 30 de noviembre de 1998, improrrogable para todos los contribuyentes que no hubieran regularizado sus obligaciones tributarias. Articulo 2".- La Direccion de Rentas a traves de la Unidad de Recaudacion y Control quedan encargados del cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Articulo 3".- Disponer la publicacion del presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano.
Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA ROSELLO MORDAZA MORDAZA

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COPRI
Precisan que empresas de electricidad quedan sujetas al regimen de la actividad privada a partir de la transferencia del 30% de su accionariado
ACUERDO COPRI N" 207-98 DE LA COMISION DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA COPRI
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1998

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