Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 1998 (28/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Director: MORDAZA S&nchez MORDAZA

NORMAS LEGALES
ANO XVI - N" 6699

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MORDAZA, miercoles 28 de octubre de 1998

Pag. 165257

EDUCACION
Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importacion de bienes realizada por universidad
RESOLUCION SUPREMA No 144-98-ED MORDAZA, 26 de octubre de 1998 Vistos, los Expedientes NS. 010274.98, 013093-98 y 015548-98, presentados por la Universidad Nacional de Ingenieria sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de los bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supretn8onFl46-97-EF, modificado por el Decreto Supremo N" 003CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22" y 23" del Decreto Legislativo W 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las Instituciones Educativas Publicas y Particulares para sus tines propios estan inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo N" 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF, se aprobo la relacion de los bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las Instituciones Educativas Pubhcas o Particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 882 y el Decreto Supremo N" 046-97.EF, modificado por el Decreto Supremo N" 003.98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo l".- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importacion realizada por la Universidad Nacional de Ingenieria de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo N" 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo W 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Resolucion de Superintendencia de ADUANAS N" 3316 del 26 de diciembre de 1997, segiin las partidas arancelarias siguientes: Partida Arancelaria Descripcion 8414.10.00.00 9016.00.11.00 9027.90.90.00 Bombas de vacio. Balanzas sensibles aun peso inferior 0 igual a 5 cg., electricas. Solo: Partes y accesorios de instrumentos y aparatos electricos 0 electronicos.

Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3".- Transcribase la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema sera reFrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 12411

PRES
Aprueban donacion a favor de la Municipalidad Distrital de Pevas, provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA No 26598-PRES MORDAZA, 26 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Pevas, provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo N" 067.30-09-97-MDP-CM de fecha 30 de setiembre de 1997, acepto la donacion de 16 MORDAZA conteniendo diversos bienes efectuada por MORDAZA UNITED METHODIST CHURCH, con sede en Montrose Road 6810 Rockville, MD 20852, 301/881-1881, Estados Unidos de America; Que, el inciso k) del Articulo 2" del Decreto Legislativo N" 821 establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 821 y el Decreto Supremo N" 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo l".- APROBAR la donacion efectuada por MORDAZA UNITED METHODIST CHURCH, con sede en Montrose Road 6810 Rockville, MD 20852, 3011881-1881, Estados Unidos de MORDAZA, a favor de la Municipalidad Distrital de Pevas, provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, consistente en 16 MORDAZA conteniendo materiales medicos, medicinas e instrumental medico, con valor aproximado de US$ 26 106,77 (Veintiseis Mil Ciento Seis y 771100 Dolares de Estados Unidos de America) y un peso aproximado de 472 k., segun Carta de Donacion de fecha 30 de junio de 1997 y Comprobante de Retencion de Equipaje N" 97 051 de fecha 21 de junio de 1997. Articulo 2".- Comprendase la donacion citada en el articulo precedente dentro de los alcances del inciso kJ del Articulo 2" del Decreto Legislativo Tu" 821.

Articulo 2".- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo N" 882", presentados por la Universidad Nacional de Ingenieria, segun Expedientes N"s. 010274-98, 013093-98 y 015548-98 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fmes propios de la referida institucion educativa.

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