Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 1999 (08/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 1999

ANO XVII - Nº 7107

Pag. 181095

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27213
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores Encargado de la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 15333

LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER DE INMUEBLES CUYO AUTOAVALUO SEA INFERIOR A DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA NUEVOS SOLES
Articulo 1º.- Sustituye el inciso c) del Articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 709 Sustituyase el inciso c) del Articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 709, Ley de Promocion a la Inversion Privada en Predios para Arrendamiento, modificado por la Ley Nº 26888, por el texto siguiente: "Articulo 14º.- Los contratos de arrendamiento de predios urbanos destinados a fines de vivienda comprendidos dentro del regimen del Decreto Ley Nº 21938 continuaran excepcional y temporalmente regidos por dicho Decreto Ley, segun el valor del autoavaluo del predio correspondiente al ano 1991, en la forma siguiente: (...) c) Los de los inmuebles cuyo autoavaluo sea inferior a S/. 2880,00 (Dos mil ochocientos ochenta y 00/100 nuevos soles), hasta el 8 de diciembre del ano 2001." Articulo 2º.- Excepcion Lo dispuesto en el Articulo 1º de esta Ley no es aplicable a los arrendatarios que MORDAZA propietarios de casa-habitacion. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 27214
LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SENOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A VIAJAR A LA REPUBLICA MORDAZA LOS DIAS 9 Y 10 DE DICIEMBRE DEL PRESENTE ANO
La Comision Permanente del Congreso de la Republica, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Articulo 102º y en el Articulo 113º de la Constitucion Politica, y en la Ley Nº 26656, ha resuelto acceder a la peticion formulada por el senor Presidente Constitucional de la Republica y, en consecuencia, autorizarlo para que viaje a la Republica MORDAZA los dias 9 y 10 de diciembre del presente ano, a fin de que asista a las Ceremonias de Transmision de Mando Presidencial. La presente Resolucion Legislativa entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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