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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7107 Pág. 181095 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 27213 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LOS CONTRA TOS DE ALQUILER DE INMUEBLES CUYO AUT OAVALÚO SEA INFERIOR A DOS MIL OCHOCIENT OS OCHENT A NUEVOS SOLES Artículo 1º.- Sustituye el inciso c) del Artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 709 Sustitúyase el inciso c) del Artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 709, Ley de Promoción a la Inversión Privada en Predios para Arrendamiento, modificado por la Ley Nº 26888, por el texto siguiente: "Artículo 14º.- Los contratos de arrendamiento de predios urbanos destinados a fines de vivienda comprendidos dentro del régimen del Decreto Ley Nº 21938 continuarán excepcional y temporalmente regi- dos por dicho Decreto Ley, según el valor del autoava- lúo del predio correspondiente al año 1991, en la forma siguiente: (...) c) Los de los inmuebles cuyo autoavalúo sea inferior a S/. 2880,00 (Dos mil ochocientos ochenta y 00/100 nuevos soles), hasta el 8 de diciembre del año 2001." Artículo 2º.- Excepción Lo dispuesto en el Artículo 1º de esta Ley no es aplicable a los arrendatarios que sean propietarios de casa-habitación. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores Encargado de la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 15333 RESOLUCION LEGISLA TIVA Nº 27214 LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLA TIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A VIAJAR A LA REPÚBLICA ARGENTINA LOS DÍAS 9 Y 10 DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO La Comisión Permanente del Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Artículo 102º y en el Artículo 113º de la Consti- tución Política, y en la Ley Nº 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presiden- te Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para que viaje a la República Argentina los días 9 y 10 de diciembre del presente año, a fin de que asista a las Ceremonias de Transmisión de Mando Presidencial. La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República RICARDO MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA