Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 1999 (12/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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MORDAZA, MORDAZA 12 de diciembre de 1999

ANO XVII - Nº 7111

Pag. 181339

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27218
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY Nº 27219
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRORROGA LA OBLIGATORIEDAD DE LA LEY Nº 26872, LEY DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL
Articulo Unico.- Prorroga de la obligatoriedad Prorrogase el caracter obligatorio de la conciliacion extrajudicial a que se refiere el Articulo 6º de la Ley Nº 26872, hasta el 14 de enero del ano 2001. El Poder Ejecutivo, por Decreto Supremo, podra disponer la conciliacion extrajudicial obligatoria MORDAZA del 14 de enero del ano 2001, en determinados distritos judiciales. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Cartera de Justicia 15483

LEY QUE PRORROGA EL PLAZO PARA LA ADAPTACION DE LAS SOCIEDADES A LO DISPUESTO POR LA LEY Nº 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES
Articulo Unico.- Modifican la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26887 Modificase la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, con el texto siguiente: "PRIMERA.- Adaptacion de las Sociedades a la Ley Las sociedades adecuaran su pacto social y su estatuto a las disposiciones de la presente Ley, en la oportunidad de la primera reforma que efectuen a los mismos o, a mas tardar el 31 de diciembre del 2000. Dicho acto se tendra por cumplido con la suscripcion de la Escritura Publica, sin embargo, su eficacia se encontrara sujeta a la inscripcion en los Registros Publicos. Dentro del plazo MORDAZA indicado las sociedades constituidas en el MORDAZA o en el extranjero tomaran los acuerdos necesarios para adaptar sus sucursales u otras dependencias a las disposiciones de esta Ley. Durante el plazo senalado en el parrafo anterior y hasta que las sociedades no se adapten a la presente Ley, se seguiran rigiendo por sus propias estipulaciones en todo aquello que no se oponga a las normas imperativas de la presente Ley." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MARCENARO FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

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