TEXTO PAGINA: 3
Pág. 181341 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de diciembre de 1999 Ministerio de Agricultura, concordante con el Artículo 2º incisos d) y h) del Decreto Supremo Nº 053-92-AG, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 05-94-AG y la Resolu- ción Ministerial Nº 0313-94-AG - Reglamentos de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el VI FORUM NACIONAL DE FRUTICULTURA, a realizarse el día 14 de diciembre de 1999, en el Auditorium de la Asociación Latinoameri- cana de Instituciones Financieras de Desarrollo (ALIDE), sito en la Av. Paseo de la República Nº 3211 del distrito de San Isidro, en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Presidente del Comité Organizador del evento, a que se refiere el artículo precedente deberá presen- tar un Informe acerca de los resultados del mismo, en el plazo de treinta (30) días calendario después de su realización. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 15431 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importaciones realizadas por universidades RESOLUCION SUPREMA Nº 542-99-EF Lima, 10 de diciembre de 1999Vistos los Expedientes Nºs. 26349-99, 30142-99 y 30585- 99, presentados por la Universidad Nacional de San Agustín sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supre- mo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Im- puesto General a las Ventas y de los Derechos Arancela- rios aplicables a las instituciones educativas públicas o particulares, estableciéndose, asimismo, el procedimien- to para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación realizada por la Universidad Nacional de San Agustín de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modifica- do por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y las adecuacio- nes arancelarias señaladas en las Circulares Nºs. 46-06 y 46-23-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero y 11 de agosto de 1998, según las partidas arancelarias siguientes: COLOCAR AVISO SUNA T PUBLICADO EL DIA MIERCOLES 8 DE DICIEMBRE DE 1999