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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 1999 (24/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 176139 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de julio de 1999 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 539-99-ED Lima, 22 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, establece que los Directorios de las Sociedades de Benefi- cencia y Juntas de Participación Social estarán integrados por cinco miembros, de los cuales uno será designado por el Ministe- rio de Educación en su representación; Que, por Resolución Ministerial Nº 733-98-ED de fecha 29.12.98 se designó al señor Teófilo Vargas Sánchez, como repre- sentante del sector educación ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Abancay. Que, por necesidad de la gestión es necesario designar a un nuevo representante ante la mencionada Sociedad de Beneficen- cia; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; los Decretos Supre- mos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 733-98-ED de fecha 29 de diciembre de 1998. Artículo Segundo.- Designar, a partir de la fecha al señor Francisco Caracciolo DAVALOS ARIAS, como representante del Ministerio de Educación ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Abancay. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 9717 ENERGIA Y MINAS Otorgan autorizaciones a EGENOR S.A.A. para desarrollar actividades de gene- ración de energía eléctrica en las provin- cias de Sullana y Chiclayo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 331-99-EM/VME Lima, 14 de julio de 1999 Visto el Expediente Nº 33097299 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1235320 y 1238103, sobre solicitud de autori- zación para generación de energía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844 presentado por la Empresa EGENOR S.A.A.; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas expidió la Resolución Ministerial Nº 182-94-EM/DGE de fecha 5 de abril de 1994, otorgando a ELECTRONOROESTE S.A. autorización para desa- rrollar actividades de generación de energía eléctrica en su Central Térmica de Sullana, ubicada en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura y con una potencia instalada de 10,0 MW; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 265-96-EM/VME de fecha 6 de junio de 1996, se aprobó la transferencia de la autorización antes mencionada a favor de la Empresa de Generación Eléctrica Nor Perú S.A. - EGENOR y mediante Resolución Ministerial Nº 237-97-EM/DGE de fecha 6 de junio de 1997, se aprobó dicha transferencia a favor de la empresa EGENOR S.A., adaptada actualmente al régimen de sociedad anónima abierta; Que, la Empresa EGENOR S.A.A., ha solicitado autorización para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la central térmica de su propiedad, ampliando su capacidad instalada en 2,5 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas y Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamen- to aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 117-99-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844;Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar Autorización por tiempo indefinido, a la Empresa EGENOR S.A.A., que se identificará con Código Nº 33097299, para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la ampliación de 2,5 MW de capacidad instalada de la Central Térmica de Sullana, de propiedad de la empresa solicitante, que operará en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. Artículo 2º.- La Empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como a remitir la información estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y demás normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 9525 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 342-99-EM/VME Lima, 15 de julio de 1999 Visto el Expediente Nº 33097199 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1235319 y 1238103, sobre solicitud de autori- zación para generación de energía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844 presentado por la Empresa EGENOR S.A.A.; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas expidió la Resolución Ministerial Nº 118-94-EM/DGE de fecha 1 de marzo de 1994, otorgando a ELECTRONORTE S.A. autorización para desarro- llar actividades de generación de energía eléctrica en su Central Térmica Nº 2 Chiclayo "Federico Villarreal", ubicada en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque y con una potencia instalada de 21,67 MW; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 293-96-EM/VME de fecha 1 de julio de 1996, se aprobó la transferencia de la autori- zación antes mencionada a favor de la Empresa de Generación Eléctrica Nor Perú S.A. -EGENOR y mediante Resolución Ministe- rial Nº 234-97-EM/DGE de fecha 6 de junio de 1997, se aprobó dicha transferencia a favor de la empresa EGENOR S.A., adap- tada actualmente al régimen de sociedad anónima abierta; Que, la Empresa EGENOR S.A.A., ha solicitado autorización para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la central térmica de su propiedad, ampliando su capacidad instalada en 5,0 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas y Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamen- to aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 116-99-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar Autorización por tiempo indefinido, a la Empresa EGENOR S.A.A., que se identificará con Código Nº 33097199, para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la ampliación de 5,0 MW de capacidad instalada de la Central Térmica Nº 2 Chiclayo "Federico Villarreal", de propie- dad de la empresa solicitante, que operará en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo 2º.- La Empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como a remitir la información estadística y los requi- sitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y demás normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 9535