Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 1999 (09/03/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 170852

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de marzo de 1999

Que, el Articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 776 senala que los contribuyentes estan obligados a presentar Declaracion Jurada del Impuesto Predial, anualmente, el ultimo dia habil del mes de febrero, salvo que el municipio establezca una prorroga; Que, los contribuyentes han acudido al llamado de la municipalidad para cumplir con presentar sus respectivas Declaraciones Juradas del Impuesto Predial; sin embargo, el plazo otorgado para la MORDAZA de dichas declaraciones ha sido insuficiente por la gran demanda de los vecinos rimenses, para cumplir con su obligacion; Que, la Direccion de Administracion Tributaria solicito a la Alcaldia a traves de la Secretaria General del Concejo se amplie el plazo de MORDAZA de Declaracion Jurada del Impuesto Predial MORDAZA referida; Que, de conformidad, establecido por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y con el MORDAZA unanime de los Regidores del Concejo; ACUERDA: 1º.- Ampliar el plazo para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial, establecida en forma obligatoria para los contribuyentes del distrito del MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 02-99-MDR, hasta el 31 de marzo del presente ano precisando que las condiciones de dicha MORDAZA son las mismas que se establecieron en dicha ordenanza. 2º.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Direccion de Administracion Tributaria el cumplimiento del presente acuerdo. 3º.- Dispensar al presente acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del acta respectiva. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 3176

Que, la municipalidad es poseedora y ejerce los derechos de propietaria del inmueble que comprende el Lote Nº 94 destinado al Palacio Municipal, cuya area de terreno es de 703.40 m2; igualmente es poseedora de los predios MORDAZA A, MORDAZA B, y Deposito Oficial ubicados en la lotizacion MORDAZA de la MORDAZA de La MORDAZA, los cuales conforme al Ordenamiento MORDAZA estan zonificados como equipamiento MORDAZA para uso Recreativo (PARQUES); Que, los aportes para parques de la lotizacion MORDAZA, han sido aprobados sus estudios definitivos mediante Resolucion Ministerial Nº 184-F de fecha 9 de MORDAZA de 1964; Estando a lo dispuesto por el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado y los Articulos 2º, 10º y 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con las facultades y atribuciones de que esta investido el Concejo Municipal; ACORDO: Articulo 1º.- Declarar de NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICA Y DE PREFERENTE INTERES SOCIAL EL SANEAMIENTO FISICO LEGAL de los siguientes predios que comprenden: a) PREDIOS DE LA LOTIZACION MORDAZA MORDAZA A (2,130.00 m2), MORDAZA B (1,641.00 m2) y DEPOSITO OFICIAL (348.05 m2) zonificados como equipamiento MORDAZA para uso recreativo, los mismos que han sido considerados PARQUES de la lotizacion MORDAZA de esta MORDAZA, lotes que tienen las siguientes caracteristicas: MORDAZA A: Area 2,130.00 m2 LINDEROS Por el frente: con la Av. Circunvalacion con 76.00 ml Por la derecha: con la Mz. "H" con 31.00 ml Por la izquierda: con la manzana "I" con 23.50 ml Por el fondo con Area de Proteccion (No habitable) con 80.00 ml MORDAZA B: Area 2,431.55 m2 LINDEROS Por el frente: con la Av. Circunvalacion con 68.00 ml Por la derecha: con la Mz. "G" lotes 1 y 6 con 38.10 ml Por la izquierda: con la manzana "H" Lotes Nºs. 2 y 3 con 37.86 ml Por el fondo: con el Jr. Ripamonti con 58.57 ml b) PREDIOS DEL AREA DESTINADA AL PALACIO MUNICIPAL (Lote 94) conforme al plano del pueblo de La MORDAZA (Lote 94 reservado para Equipamiento Urbano) de un area de 703.40 m2 ubicado en area central MORDAZA (S-2) de la MORDAZA de La MORDAZA, el terreno colinda con las siguientes vias: - Por el frente: Jr. Palca de 21.80 ml - Por la derecha: Jr. MORDAZA con 31.80 ml - Por la izquierda: con la iglesia matriz con 32.00 ml - Por el fondo: con el pasaje MORDAZA con 22.30 ml Articulo 2º.- Presentada la solicitud de inscripcion respectiva, sobre los inmuebles a que se refiere el Art. anterior, la Oficina de Registros Publicos de la MORDAZA Central de la provincia de Chanchamayo, procedera a extender la anotacion preventiva en la partida que corresponda; la cual quedara inscrita en forma definitiva en un plazo no mayor de treinta dias habiles, de no mediar oposicion judicial de terceros. Articulo 3º.- Para el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, la Municipalidad Provincial de Chanchamayo debera cumplir con presentar necesariamente la documentacion siguiente: - Memoria descriptiva del inmueble. - Plano perimetrico y de ubicacion. - Declaracion Jurada del MORDAZA, mediante la cual el titular del organo de gobierno local, bajo responsabilidad declare que los inmuebles que se pretende inscribir no se encuentran sujetos a gravamen, embargo, medida cautelar o MORDAZA judicial alguno. Dado en el Despacho de Alcaldia de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, a los quince dias del mes de febrero de 1999. Registrese, comuniquese y cumplase. ROMEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3180

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Declaran de necesidad y utilidad publica y de preferente interes social el saneamiento fisico legal de diversos predios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 03-99-MPCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO VISTO: La Nota Informativa Nº 008-99-MPCH de la Unidad de Secretaria General referente al acuerdo de sesion extraordinaria de Concejo de fecha 8 de enero de 1999, respecto al Saneamiento Fisico Legal del predio denominado Palacio Municipal y Aportes (Parques) de la lotizacion MORDAZA de la MORDAZA de La MORDAZA, provincia de Chanchamayo; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional, se reconoce a los gobiernos locales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el Art. 1º inciso b) del Decreto Supremo Nº 018-90-VC, es de aplicacion en via de remision, que la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, gestione la primera inscripcion de dominio de los bienes que le pertenecen sin contar con titulos comprobatorios de dominio, expidiendose la Resolucion Municipal pertinente; Que, conforme al Libro de Actas de Instalacion del Concejo de Administracion de las Colonias de Chanchamayo de fecha 9 de MORDAZA de 1875, se considero dentro del plano del pueblo de La MORDAZA, el Lote Nº 94 destinado para iglesia y escuela, actualmente en dicho lote se encuentra ubicada la Iglesia Matriz de Chanchamayo y el area destinada al Palacio Municipal;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.