Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 1999 (09/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de marzo de 1999

Que, en consecuencia es necesario encargar la Cartera de Pesqueria, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar la Cartera de Pesqueria al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a partir del 9 de marzo de 1999 y en tanto dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 3187

"Articulo 10º.- Inciso a), MORDAZA parrafo Se excluye de la actualizacion: (i) Las diferencias de cambio; y, (ii) Las revaluaciones, salvo las realizadas al MORDAZA del numeral 1 del Articulo 104º de la Ley del Impuesto a la Renta." "Articulo 13º.- Inciso a) a) Partidas reexpresables Son materia de actualizacion los valores en libros de todas las partidas que conforman este rubro, con excepcion de los montos resultantes de revaluaciones de cualquier cuenta del activo, salvo las realizadas al MORDAZA del numeral 1 del Articulo 104º de la Ley del Impuesto a la Renta." Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

ECONOMIA Y FINANZAS

MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas

Modifican el D.S. Nº 006-96-EF, que re3183 glamento las normas de ajuste por inflacion del Balance General con Inciden- Autorizan donacion de inmueble ubicia Tributaria cado en la provincia de MORDAZA en favor de PROMPERU DECRETO SUPREMO
Nº 035-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Nº 797 se aprobaron las Normas de Ajuste por Inflacion del Balance General con Incidencia Tributaria; Que el referido Decreto Legislativo ha sido reglamentado a traves del Decreto Supremo Nº 006-96-EF; Que el Articulo 17º de la Ley Nº 27034 que modifica el Articulo 104º del Decreto Legislativo Nº 774, Ley del Impuesto a la Renta, senala los efectos de la revaluacion voluntaria de los activos producto de la reorganizacion de sociedades o empresas; Que en tal sentido resulta conveniente adecuar el mencionado Decreto Supremo Nº 006-96-EF; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Sustituyase el punto (ii) del inciso a.1) del Articulo 8º, el inciso a) del Articulo 9º, el MORDAZA parrafo del inciso a) del Articulo 10º y el inciso a) del Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 006-96-EF, por los textos siguientes: "Articulo 8º.- Inciso a.1) punto (ii) (ii) Acciones o mayores participaciones en moneda nominal recibidas como consecuencia de revaluaciones de inmuebles, maquinaria y equipo que hayan hecho las entidades en cuyo capital se participa, salvo las revaluaciones realizadas al MORDAZA del numeral 1 del Articulo 104º de la Ley del Impuesto a la Renta." "Articulo 9º.- Inciso a) a) Partidas reexpresables Son materia de actualizacion las partidas que no estando incluidas bajo otros titulos de estas normas, adquieran un mayor valor en moneda nominal por efecto de la inflacion, tales como barras y monedas de oro y plata, e inmuebles, maquinas y equipos dejados fuera de uso o adquiridos de manera eventual, y destinados a ser vendidos o a generar renta. Se actualiza el valor en libros, excluyendo las cantidades que estuvieran incluidas en el mismo por concepto de diferencias de cambio o por concepto de revaluaciones, salvo las realizadas al MORDAZA del numeral 1 del Articulo 104º de la Ley del Impuesto a la Renta." RESOLUCION SUPREMA Nº 085-99-EF MORDAZA, 8 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, INVERSIONES COFIDE S.A. en Liquidacion, es propietaria del inmueble de 1 800,00 m2, ubicado en la avenida MORDAZA Basadre (ex avenida Orrantia) Nº 610, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 1682501 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, el mismo que por Acuerdo de Directorio Nº 002-98 de fecha 26 de enero de 1998, resuelve donarlo a favor de la Comision de Promocion del Peru -PROMPERU-; Que, la Comision de Promocion del Peru -PROMPERUacepto la donacion del inmueble descrito en el considerando precedente, conforme al acuerdo tomado en la Sesion de Directorio Nº 02-98 de fecha 18 de febrero de 1998, el que es utilizado como sede institucional; Que, en consecuencia es necesario autorizar a INVERSIONES COFIDE S.A. en Liquidacion para que proceda a la donacion del inmueble MORDAZA referido; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804 y la Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a INVERSIONES COFIDE S.A. en Liquidacion, a donar en favor de la Comision de Promocion del Peru -PROMPERU-, el inmueble de 1 800,00 m2, ubicado en la avenida MORDAZA Basadre (ex avenida Orrantia) Nº 610, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 1682501 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 3189

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