Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 1999 (25/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 1999

MORDAZA de Raymina", ubicada en el distrito de Huambalpa, provincia de Vilcashuaman, departamento de MORDAZA por considerar que se habia dado cumplimiento a los requisitos senalados en el Reglamento de la Ley Nº 24656, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-91-TR; Que mediante escrito de 4 de agosto de 1998, de fojas 75, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina de "San MORDAZA de Cocha", interpone recurso de apelacion contra la resolucion precitada, manifestando que la Comunidad Campesina de "San MORDAZA de Raymina" ha incluido en el padron de miembros a personas fallecidas, a menores de edad y a otras que no residen en la jurisdiccion y que ademas no ha cumplido todos los requisitos de ley para ser reconocida como comunidad campesina, por lo que, dicen, debe declararse nula la resolucion que impugnan; Que conforme al inciso a) del Articulo 5º del Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas, Ley Nº 24656, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-91-TR, la autoridad administrativa dispondra, la publicacion de la solicitud de inscripcion de la comunidad y el croquis de su territorio, mediante avisos o carteles que se colocara en la sede de la comunidad campesina y en el local del Concejo Distrital correspondiente; Que al respecto, a fojas 32, corre el Oficio Nº 1209-97RLW/DRA-AYA-PETT-CR, de 22 de agosto de 1997, por el cual el Director Regional Agrario de MORDAZA solicita al MORDAZA del Concejo Distrital de Huambalpa, la publicacion en el local municipal, por el termino de cinco (5) dias, de la solicitud de inscripcion y croquis del territorio de la Comunidad Campesina de "San MORDAZA de Raymina", habiendo dado respuesta la autoridad municipal con el Oficio Nº 04697-CDH, de 19 de setiembre de 1997 de fojas 36, en el que manifiesta haber cumplido con lo solicitado; Que, sin embargo, mediante escrito de 4 de diciembre de 1998, presentado en esta instancia, el Presidente de la Comunidad Campesina "San MORDAZA de Cocha" acompana el Oficio Nº 47-98-MDH/A, de 20 de noviembre de 1998 del propio MORDAZA del Concejo Distrital de Huambalpa en el que senala que de los archivos de la municipalidad se constata que la publicacion de la solicitud de inscripcion y croquis del territorio comunal de la Comunidad Campesina de "San MORDAZA de Raymina" se hizo solamente por tres (3) dias del 1 al 3 de setiembre de 1997 y no por los cinco (5) dias a que se refiere su Oficio Nº 046-97-CDH, expresando que por esa razon deja en suspenso este ultimo oficio el que, por lo expuesto, pierde eficacia probatoria; Que de otro lado, con arreglo al inciso b) del Articulo 3º del reglamento acotado de la Ley General de Comunidades Campesinas, para la inscripcion de la comunidad se requiere tener la aprobacion de por lo menos los dos tercios de los integrantes de la Asamblea General; Que, sin embargo, a fojas 09, corre el acta denominada de Constitucion de la Comunidad Campesina de "San MORDAZA de Raymina" en la que no se establece que el acuerdo para la inscripcion de la comunidad MORDAZA con la aprobacion del numero de comuneros requeridos por ley; Que por tanto, la Resolucion Directoral Nº 093-98MA-RLW-DRA-AYA, esta incursa en la causal de nulidad prevista en el inciso b) del Articulo 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar nula e insubsistente la Resolucion Directoral Nº 093-98-MA-RLW-DRA-AYA, de 9 de junio de 1998, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region Los libertadores Wari, al haber reconocido a la Comunidad Campesina de "San MORDAZA de Raymina" sin observar los requisitos establecidos en la Ley General de Comunidades Campesinas, Ley Nº 25656, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-91-TR; devolviendose el expediente a la Direccion Regional Agraria de MORDAZA para que tramite el reconocimiento de la nombrada comunidad campesina conforme a las normas precitadas. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 3876

ECONOMIA Y FINANZAS
Precisan destino de recursos que se generen por la venta de bienes muebles e inmuebles pertenecientes a entidades bajo el ambito de la OIOE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 066-99-EF/15 MORDAZA, 24 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF se aprobo la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para el ejercicio 1999, aplicable a todas las entidades bajo el ambito de la OIOE; Que, es necesario precisar el destino de los recursos que se pudiesen generar por la venta de bienes muebles e inmuebles, pertenecientes a dichas entidades; De conformidad con lo establecido en el Articulo 12º y la Primera Disposicion final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar que los recursos que obtengan las entidades bajo el ambito de la OIOE, por la venta de bienes muebles e inmuebles, seran incorporados a sus respectivos presupuestos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas 3983

EDUCACION
Designan Directores de diversas Unidades de Servicios Educativos
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-99-ED MORDAZA, 24 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 01, cargo considerado de confianza; Que, es necesario proceder a la designacion correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente resolucion, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 01, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 3989

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