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Pág. 171351 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de marzo de 1999 Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; y, Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar al Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional La Libertad para que mediante resolución de su titular, transfiera a favor de la Municipalidad Provin- cial de Virú el terreno de 292 999,00 m2, ubicado en el distrito y provincia de Virú y departamento de La Libertad, para la culminación del proceso de titulación en dicha localidad. Artículo 2º.- Autorizar al Presidente Ejecutivo del Con- sejo Transitorio de Administración Regional La Libertad para que otorgue la escritura pública de transferencia a que se refiere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 3872 PESQUERIA Suspenden las actividades de extrac- ción y recepción del recurso sardina en el ámbito jurisdiccional de la Di- rección Regional de Pesquería de Chimbote RESOLUCION MINISTERIAL Nº 090-99-PE Lima, 24 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º de la Ley General de Pesca, aprobada mediante el Decreto Ley Nº 25977, establece que son patri- monio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explo- tación racional de dichos recursos; Que el Artículo 9º de la citada ley dispone que el Ministe- rio de Pesquería, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará se- gún el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 036-99-PE de fecha 26 de enero de 1999, se estableció la veda reproductiva del recurso sardina, a partir de las 00.00 horas del día 28 de enero de 1999, en la zona comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo hasta el paralelo 16°00' Latitud Sur; disponiéndose la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 409-98-PE y sus normas complementarias; Que el Artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 036-99- PE, restablece la vigencia de la talla mínima del recurso sardina en 26 centímetros, permitiéndose una tolerancia de 20% como máximo de captura incidental en el número de ejemplares juveniles; Que de acuerdo a los reportes diarios de la pesquería de sardina y de las especies acompañantes remitidos por el Instituto del Mar del Perú, se observa que, en los desembar- ques registrados en el puerto de Chimbote durante los días del 18 al 21 de marzo de 1999, la presencia de ejemplares juveniles de sardina en porcentajes superiores a la tolerencia permitida; asimismo se observa que las embarcaciones pes- queras autorizadas a la extracción de jurel, caballa, falso volador, pez cinta, bagre y otros, mediante la Resolución Ministerial Nº 040-99-PE, vienen desembarcando considera- bles volúmenes de sardina, recurso que de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 071-99-PE de fecha 2 de marzo de 1999, no se encuentra comprendido dentro de la mencionada autorización, por lo que se considera necesario dictar medidas de regulación pesquera que aseguren la preservación y explotación racio- nal de dicho recurso;Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Extracción; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender a partir de las 00.00 horas del día 26 de marzo hasta las 24.00 horas del día 28 de marzo de 1999, las actividades de extracción y recepción del recurso sardina (Sardinops sagax) en el ámbito jurisdiccional de la Dirección Regional de Pesquería Chimbote, que se desarro- llan en el marco de la Resolución Ministerial Nº 409-98-PE, cuya vigencia fuera restablecida por la Resolución Ministe- rial Nº 036-99-PE. El procesamiento del citado recurso a que se refiere el párrafo anterior sólo será permitido hasta las 06.00 horas del día 26 de marzo de 1999. Artículo 2º.- Los armadores y establecimientos indus- triales que incumplan las normas contenidas en la presente resolución, serán sancionados de conformidad con las dispo- siciones establecidas en la Ley General de Pesca, su regla- mento, el Decreto Supremo Nº 002-99-PE y demás normas legales vigentes. Artículo 3º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extracción y de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesquería y la Dirección Regional de Pesquería - Chimbote, dentro del ámbito de sus respectivas competen- cias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 3976 PROMUDEH Absuelven a ex funcionarios de la Ofici- na Nacional de Cooperación Popular de cargos formulados en proceso administrativo disciplinario RESOLUCION MINISTERIAL Nº 105-99-PROMUDEH Lima, 22 de marzo de 1999 Vistos el Pronunciamiento Nº 002-99-PROMUDEH-CE- PAF, de fecha 26 de febrero de 1999, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 008-99-PRO- MUDEH de fecha 13 de enero de 1999, se instauró proceso administrativo a los ex funcionarios de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, señores, David Si- fuentes Ibarra, Max Calle Castillo, ex Jefes de COOPOP; Walter Vargas Machuca, ex Director Ejecutor del PAIT; Fernando Marc os Dávila Loayza, Omar Vargas Murga, ex Directores Técnicos - Subjefes del COOPOP y PAIT; Jorge Ramírez Arbildo, Enrique Becerra Meza, Fátima Elizabeth Silva Baca, ex Directores Generales de Administración; Exatec Agurto Espinoza, Roberto Reyes Vicente, Conrado Vergara Neyra, ex Directores de Presupuesto y Contabilidad; Arturo Igreda Coz, ex Direc- tor General de Planificación; Joel Canales Ramírez, ex Director de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del PAIT; Máximo Alarcón Espino, Víctor Cáceres Ascencio, Jorge Mayhuasca Guerra, Luis Santillán Villacorta, Juan Vera Caro, ex Directores de Personal de COOPOP y PAIT; Wilton Avalos Henríquez, José Salazar Silva, ex Tesoreros de COOPOP y Víctor García Reyes, ex Tesore- ro del PAIT, por haber incurrido en presuntas faltas administrativas en el ejercicio de sus funciones en el irregular manejo de los recursos financieros de dicha institución hasta el 31 de diciembre de 1990;