Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 1999 (10/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 10 de MORDAZA de 1999
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 6014

NORMAS LEGALES

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PESQUERIA
Autorizan a Almacenes Generales de Deposito KOLKANDINA S.A. en Liquidacion para proceder al saneamiento legal de inmuebles de su propiedad
DECRETO SUPREMO Nº 005-99-PE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 156-95-PCM, se incluyo a Almacenes Generales de Deposito KOLKANDINA S.A. en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674; Que, posteriormente mediante Resolucion Suprema Nº 053-98-TR, se ratifico el Acuerdo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI que define que la modalidad para llevar adelante el MORDAZA a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674 en KOLKANDINA S.A. es la mencionada en el literal d) del Articulo 2º; aprobandose luego el respectivo Plan de Promocion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 012-99-PE, se nombra a la Junta Liquidadora que continuara con el MORDAZA de promocion de la inversion privada en KOLKANDINA S.A.; Que, a fin de facilitar la ejecucion del Plan de Promocion de la Inversion Privada en KOLKANDINA S.A. EN LIQUIDACION, es necesario adoptar medidas que permitan concretar el saneamiento legal de la titularidad de los inmuebles de propiedad de la empresa en la provincia de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao, departamento de MORDAZA, y las construcciones levantadas sobre ellos; De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del Articulo 7º del Decreto Ley Nº 26120; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase a Almacenes Generales de Deposito KOLKANDINA S.A. en Liquidacion para que proceda al saneamiento legal de los inmuebles de su propiedad, de acuerdo con lo dispuesto por el presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- La Superintendencia Nacional de los Registros Publicos y sus organos desconcentrados, y en especial la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, Oficina MORDAZA y Oficina Callao, dentro del Sistema Nacional de los Registros Publicos creado por Ley Nº 26366, procederan conforme corresponda a inscribir en el Registro de la

Propiedad Inmueble respectivo, la propiedad de los terrenos, edificaciones, construcciones, modificaciones y derechos de diversa indole sobre los mismos de los que sea titular Almacenes Generales de Deposito Kolkandina S.A. en Liquidacion. Articulo 3º.- Las inscripciones registrales a ser realizadas al MORDAZA del presente Decreto Supremo podran comprender el dominio, declaratorias o constataciones de fabrica, ampliacion o aclaracion de la descripcion de fabrica, inscripcion, aclaracion de areas, linderos o medidas perimetricas y demas caracteristicas de los inmuebles que MORDAZA necesarias y requeridas. Estas inscripciones podran contemplar independizaciones, acumulaciones, desmembraciones, fraccionamientos, numeracion, cancelacion de inscripciones o anotaciones relacionadas a derechos personales o reales, incluyendo los de garantia que conforme a ley se encuentren extinguidos; cancelacion de cargas, gravamenes, limitaciones u otras restricciones al uso de la propiedad que se encuentren inscritas y que afecten al libre uso y disponibilidad de los inmuebles, constitucion de servidumbres activas y pasivas, aclaraciones y rectificaciones de primeras de dominio e inscripcion de las mismas y, en general, todos los derechos reales cuya titularidad corresponde a Almacenes Generales de Deposito Kolkandina S.A. en Liquidacion. Articulo 4º.- A solicitud de Almacenes Generales de Deposito KOLKANDINA S.A. en Liquidacion, se podran rectificar los asientos registrales que lo ameriten, bien sea por inmatriculaciones o demas inscripciones efectuadas en caso que estas lo requieran. Articulo 5º.- La Junta Liquidadora encargada del MORDAZA de promocion de la inversion privada en KOLKANDINA S.A. debera publicar por una vez en el Diario Oficial El Peruano y en dos diarios de circulacion nacional, la relacion detallada de los inmuebles que seran materia de saneamiento legal. Articulo 6º.- Los documentos necesarios para llevar a cabo el tramite a que se refieren los articulos precedentes seran una declaracion jurada mediante la cual KOLKANDINA S.A. en Liquidacion, manifieste que los inmuebles y derechos materia de los actos que pretende inscribir en el Registro de la Propiedad Inmueble no son materia de procedimientos judiciales en tramite, una memoria descriptiva del inmueble y de los derechos reales a inscribir y un juego de ejemplares de los diarios correspondientes que acrediten haber efectuado previamente las publicaciones que se detallan en el articulo anterior. Articulo 7º.- En los casos que los inmuebles que se pretenden inscribir, rectificar o aclarar no cuenten con la declaratoria de fabrica o con antecedentes de dominio registrados o bien estos MORDAZA inexactos, la empresa solicitante debera presentar a los Registros Publicos una declaracion jurada formulada por un profesional designado para tal efecto por la Junta Liquidadora correspondiente, a fin de que esta determine cuales son los linderos, medidas perimetricas y colindancias del inmueble, asi como material de construccion utilizado y distribucion de la fabrica en el caso que se encuentre levantada. Para efectos de ubicacion del inmueble y de la fabrica, la empresa solicitante debera presentar a los registros publicos los planos que debera elaborar el profesional MORDAZA mencionado.

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