Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2000 (13/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2000

2001 - 2002" elaborada por la Direccion de Comunidades Campesinas y Nativas del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias, asi como la Unidad Agraria Departamental MORDAZA - Callao, son los organos encargados de apoyar y asesorar a las Comunidades Campesinas, a fin de dar cumplimiento a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 14164

MITINCI Modifican el Reglamento Operativo del Programa de Consolidacion del Siste- Ratifican Viceministros de Turismo y ma Financiero de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales RESOLUCION MINISTERIAL
N° 179-2000-EF/10 MORDAZA, 12 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 108-2000, se creo el "Programa de Consolidacion del Sistema Financiero", destinado a facilitar la reorganizacion societaria de las empresas de operaciones multiples del sistema financiero nacional; Que, en virtud de lo establecido en el Articulo 3° de la referida MORDAZA legal, por Resolucion Ministerial N° 1742000-EF se aprobo el Reglamento Operativo del Programa en mencion, siendo necesario efectuar algunas modificaciones a su articulado; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo y en el Articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 108-2000; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Sustituir el texto de los Articulos 2°, inciso a., 8°, 10° y 13° del Reglamento Operativo del Programa de Consolidacion del Sistema Financiero, aprobado por Resolucion Ministerial N° 174-2000-EF, por los textos que constan en el Anexo de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO DE LA RESOLUCION MINISTERIAL N° 179-2000-EF/10 REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACION DEL SISTEMA FINANCIERO Articulo 2°.- Para efectos del presente Reglamento, considerense las siguientes definiciones: a. Bonos: Bonos D.U. N° 108-2000 cuyas caracteristicas fueron establecidas en el Decreto Supremo N° 137-2000-EF. ( ...) Articulo 8°.- El monto resultante de la valorizacion a que hace referencia el articulo precedente determinara el valor de venta o de intercambio de las acciones de la IFI a transferir, segun corresponda. Si el valor de venta o de intercambio resulta positivo, la IFI adquiriente debera pagar dicho valor en los terminos establecidos en el acuerdo marco. En caso resultase negativo, la IFI adquiriente recibira recursos provenientes del Fondo, segun lo senalado en el Articulo 10°, hasta por un monto total equivalente a 1.5 veces el patrimonio contable de la IFI a transferir. Este limite podra extenderse excepcionalmente hasta 3 veces dicho patrimonio previa autorizacion del Ministerio, contanRESOLUCION SUPREMA Nº 191-2000-ITINCI MORDAZA, 12 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, a fin de viabilizar el cumplimiento de la finalidad y los objetivos sectoriales dentro del MORDAZA del MORDAZA de reestructuracion del Estado y de la Administracion Publica, es conveniente determinar la composicion de los Viceministerios del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, ratificando a sus Viceministros; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ratificar a los siguientes Viceministros: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Skeels Viceministro de Turismo Nombrado mediante Resolucion Suprema Nº 050-98-ITINCI Senor MORDAZA Ferrero Diez Canseco Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Nombrado mediante Resolucion Suprema Nº 035-99-ITINCI Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 14271

ECONOMIA Y FINANZAS

do con la opinion favorable de la Superintendencia. El mencionado resultado negativo podra exceder en 10% el valor determinado por la sociedad de auditoria externa siempre que cuente con autorizacion del Ministerio previa opinion favorable de la Superintendencia. Para efectos de lo senalado en este articulo se considerara el patrimonio contable de los estados financieros correspondientes a los meses de setiembre y diciembre de 2000 y febrero de 2001, segun corresponda, previos a la fecha de MORDAZA de la solicitud senalada en el Articulo 5° precedente. Articulo 10°.- En el MORDAZA de la Ley General, el Fondo facilitara la adquisicion de la IFI tranferente mediante el otorgamiento de recursos provenientes de la linea de creditos otorgada por el Ministerio de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 108-2000 y en el Decreto Supremo N° 138-2000-EF. Articulo 13°.- Las valorizaciones realizadas conforme a la presente MORDAZA seran remitidas a la Superintendencia dentro de los 15 dias calendario posteriores a su realizacion. 14267

Designan Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial
RESOLUCION SUPREMA Nº 192-2000-ITINCI MORDAZA, 12 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, la Alta Direccion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales cuenta con un Gabinete de Asesores;

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