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Pág. 195878 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de diciembre de 2000 culminación de la ejecución de dicho Programa, como tam- bién del límite del compromiso de la Comisión Europea; Que, de acuerdo con el referido Convenio de Financiación y Addendums suscritos, el citado programa tiene a su cargo la administración del Fondo Rotatorio materia del mismo, a través de su Codirección, la misma que debe asegurar la continuidad y normal desarrollo de las operaciones crediti- cias, estando facultada para adoptar o disponer lo necesario para el logro de dicho cometido; Que, asimismo de acuerdo con el párrafo 4.4.1) a) del Anexo A, DISPOSICIONES TECNICAS Y ADMI- NISTRATIVAS del Convenio de Financiación, la responsabi- lidad de la coordinación y supervisión del Programa ALA/91/ 27, "Programa Microempresas/Sector Informal", recae en el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales; Que, estando por finalizar el mandato de la Codirección del Programa Microempresas/Sector Informal, mediante Resolución Ministerial Nº 081-98-ITINCI/DM se autorizó a la Viceministra de Industria, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales, conjuntamente con el Jefe de la Delegación de la Comisión Europea en el Perú, reciba de parte de los Codirectores los recursos del Programa ALA/ 91/27, "Programa Microempresas/Sector Informal", suscri- biendo las actas y documentos necesarios que aseguren la continuidad de las acciones de dicho programa, hasta la conclusión de actividades del mismo; Que, teniendo en cuenta lo antes mencionado, así como que de acuerdo con el Convenio de Financiación, el destino de los fondos rotativos se define al término del Programa y de común acuerdo entre las partes; los Servicios Centrales de la Comisión Europea en Bruselas aprobaron y propusieron la transferencia de los fondos al Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, para su manejo a través del Proyecto Especial Programa MICROEMPRESA, propuesta que ha sido aceptada por el Gobierno del Perú, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en tanto los representantes de la Comisión Europea y del Gobierno del Perú, formalizan la constitución de dicho Proyecto, el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, en su condición de coordinador y supervisor del "Programa Microempresas/ Sector Informal", a través de la Sra. AGNES FRANCO TEMPLE, ex Viceministra de Industria, adoptó las acciones necesarias e indispensables para asegurar la continuidad de las actividades del referido Programa conforme al Convenio que le dio origen, salvaguardando además la integridad de los fondos rotativos que lo integran; Que, habiéndose designado al señor JAVIER RAMIREZ GASTON ROE en el cargo de Viceministro de Industria, resulta conveniente otorgarle las facultades necesarias de manera que pueda continuar disponiendo o adoptando las acciones y medidas necesarias y más convenientes para salvaguardar los recursos provenientes de los fondos rotati- vos integrantes del Programa ALA/91/27, Titulado "Progra- ma Microempresas/Sector Informal"; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831, "Ley Orgá- nica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, así como con el Decreto Legislativo Nº 560, "Ley del Poder Ejecutivo"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Sr. JAVIER RAMIREZ GASTON ROE, Viceministro de Industria, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales en su condición de coordinador y supervisor del Programa ALA/91/27 "Programa Microempre- sas/Sector Informal", proceda a administrar y disponer o adop- tar todo tipo de medidas o acciones necesarias y más convenien- tes para salvaguardar los recursos provenientes de los fondos rotativos integrantes del citado Programa, dando cuenta tanto a la Comisión Europea como a los Ministros de Economía y Finanzas, y de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Artículo 2º.- La autorización antes mencionada será ejercida dando continuidad a las acciones cautelatorias dis- puestas por la Resolución Suprema Nº 033-2000-ITINCI. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 14274Autorizan viaje de representante del Ministerio a los EE.UU. para participar en reuniones de coordinación andina y del grupo de negociación sobre Pro- piedad Intelectual, en el marco del ALCA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 195-2000-ITINCI Lima, 12 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Miami - Estados Unidos de América se realizará del 11 al 13 de diciembre del 2000, la "Reunión de Coordinación Andina" y la "Reunión del Grupo de Nego- ciación sobre Propiedad Intelectual", en el Marco del Area de Libre Comercio de las Américas - ALCA; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, diri- gir, supervisar y evaluar la política de integración y negocia- ciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la parti- cipación de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgen- cia Nº 058-2000, los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM y la Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Miami - Estados Unidos de América del 10 al 13 de diciembre del 2000 de la Dra. Ana María Pacón Lung, para que en representa- ción del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y partici- pe en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: DRA. ANA MARIA PACON LUNG Pasajes US$ 911.42 Viáticos US$ 880.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 14275 INTERIOR Aceptan renuncias de Prefectos de los departamentos de Lambayeque, Cus- co, Lima y Ucayali RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0758-2000-IN-1501 Lima, 7 de diciembre del 2000 Vista, la renuncia que al cargo de Prefecto del depar- tamento de Lambayeque, formula el señor César Augusto URPEQUE JURUPE;