Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2000 (25/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
PCM
RESOLUCION SUPREMA Nº 575-2000-PCM

http://www.editoraperu.com.pe Pag. 196359

"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, lunes 25 de diciembre de 2000 ANO XVIII - Nº 7490

Designan Gerente General del FONCODES
MORDAZA, 22 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Gerente General del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto de Urgencia Nº 058-2000, y, estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Lic. MORDAZA DUMLER CUYA como Gerente General del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de la Presidencia 14860

MITINCI
Declaran infundadas apelaciones contra resoluciones referidas a solicitudes de autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 111-2000-MITINCI/VMT MORDAZA, 19 de diciembre del 2000 Vistos, el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa JUEGOS Y APUESTAS S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 588-2000-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 4 de setiembre de 2000 y el Informe Nº 179-2000MITINCI/VMT-AJA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 588-2000MITINCI/VMT/DNT, se declaro Infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 375-2000-MITINCI/VMT/DNT, que resuelve que se tenga por no presentada la Solicitud de la empresa Juegos y Apuestas S.A. sobre Autorizacion Expresa para

Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en la Sala de Bingo "BINGO PORTENO" ubicado en el Jr. MORDAZA Nº 439, Callao, al no haber cumplido con subsanar las observaciones formuladas por la Direccion Nacional de Turismo en el plazo senalado en el Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, y que se archive la documentacion presentada en el Expediente Nº 002477-2000-MITINCI; Que, con fecha 27 de setiembre del presente ano, la empresa Juegos y Apuestas S.A. interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 588-2000MITINCI/VMT/DNT, manifestando en su descargo que al 18 de febrero de 2000, fecha de MORDAZA de su expediente, el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCIno habia incorporado a su Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - los requisitos que exige la Ley Nº 27153, vulnerando de esta forma lo dispuesto en el Articulo 36º del Decreto Supremo Nº 09492-PCM, que aprueba el Reglamento sobre las disposiciones de seguridad juridica en materia administrativa, contenidas en la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada; Que, asimismo, la empresa recurrente senala que mediante Oficio Nº 322-2000-MITINCI/VMT/DNT, notificado el 28 de febrero de 2000, fecha en la cual el MITINCI aun no contaba con la actualizacion de su MORDAZA para los procedimientos administrativos relativos a la Ley Nº 27153, la Autoridad competente le requirio la subsanacion de las observaciones recaidas sobre su Expediente Nº 002477, otorgandole un plazo de cinco dias que vencian el 6 de marzo de 2000; Que, igualmente, expresa que con fecha 29 de febrero de 2000, a fin de dar cumplimiento a dicho requerimiento, solicito una prorroga de 15 dias habiles, por lo que el 7 de marzo y 3 de MORDAZA del ano en curso, presento la informacion complementaria para que sea anexada a su expediente, indicando a su vez que tras la publicacion de la actualizacion del MORDAZA del MITINCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2000-ITINCI, la Direccion Nacional de Turismo no le curso ningun MORDAZA de requerimiento; Que, por tal motivo, considera que la Resolucion Directoral Nº 375-2000-MITINCI/VMT/DNT, asi como la Resolucion recurrida, deben quedar sin efecto, debiendo admitirse a tramite su solicitud de Autorizacion Expresa para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas; Que, conforme se aprecia en los actuados, mediante el mencionado Oficio Nº 332-2000-MITINCI/VMT/DNT, la Direccion Nacional de Turismo requirio a la empresa Juegos y Apuestas S.A. diversos requisitos contemplados en el Articulo 14º de la Ley Nº 27153 y en el Articulo 18º de su respectivo Reglamento, parte de los cuales fueron presentados por la empresa recurrente en sus escritos de subsanacion del 7 de marzo y 3 de MORDAZA de 2000; Que,el 24 de agosto de 2000, fecha en que la empresa Juegos y Apuestas S.A. interpuso su Recurso de Reconsideracion, anexo como prueba los documentos consignados en el MORDAZA considerando de la Resolucion Directoral Nº 375-2000-MITINCI/VMT/DNT; Que, en tal sentido, se evidencia que la citada empresa recien cumplio con presentar la totalidad de los requisitos requeridos por la Administracion en una fecha que no solo excede el plazo senalado en el Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153, sino tambien la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 006-2000-ITINCI, efectuada el 16 de marzo de 2000, el mismo que modifica los procedimientos relacionados a los Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas del MORDAZA del MITINCI, y recoge los requisitos establecidos en el Articulo 14º de la Ley Nº 27153 y en el Articulo 18º de su Reglamento;

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