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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (28/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 196424 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de diciembre de 2000 LEY Nº 27385 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE PRORROGA EL DECRET O LEGISLA TIVO Nº 783 Artículo 1º .- Objeto de la Ley Prorrógase hasta el 31 de diciembre del año 2003 la vigencia de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 783 y normas modificatorias. Artículo 2º .- Precisión del Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25774 Precísase que lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25774 mantendrá su vigencia siempre que la importación de los bienes se encuentre liberada del pago del Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil. CARLOS FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 15021 DECRETOS DE URGENCIA DECRET O DE URGENCIA Nº 120-2000 DECRET O DE URGENCIA QUE AUT ORIZA UN CRÉDIT O SUPLEMENT ARIO AL PLIEGO FONDO NACIONAL DE COMPENSACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL - FONCODES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 177-99-EF se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo hastapor un monto en varias monedas equivalente a Trece Millones Novecientos Mil y 00/100 Derechos Especiales de Giro (DEG 13 900 000,00) entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola - FIDA - para financiar parcialmente el proyecto de Desarrollo del Corredor Puno - Cusco; Que, el Fondo Nacional de Compensación y Desarro- llo Social - FONCODES, durante el presente Ejercicio Fiscal estima ejecutar la suma de Cuatrocientos Mil y 00/100 Dólares Americanos (US$ 400 000,00) equivalen- te a Un Millón Cuatrocientos Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 404 000,00) por la Fuente de Finan- ciamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Cré- dito Externo; Que, a fin de coadyuvar al logro de los objetivos institucionales, es necesario incorporar en el Presupuesto Institucional del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES - los recursos provenien- tes del endeudamiento externo antes mencionado hasta por la suma de Un Millón Cuatrocientos Cuatro Mil y 00/ 100 Nuevos Soles (S/. 1 404 000,00) a través de un Crédito Suplementario conforme con lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión Presupuestaria del Estado- los cuales son necesarios para la implementación del proyecto, elaboración de los planes operativos y contra- tación de consultorías para que desarrollen los elementos principales del estudio de base del proyecto y perfec- cionamiento del mismo; Que, siendo una medida en materia económica y finan- ciera el crédito suplementario su no incorporación traería efectos negativos para el desarrollo económico, cuyo ries- go eminente constituye un peligro para la economía nacio- nal por ser de mayor interés nacional; De conformidad, con lo dispuesto por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto de la Norma Autorízase un Crédito Suplementario en el Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, hasta por la suma de Un Millón Cuatrocientos Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 404 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO :12 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO (En Nuevos Soles) 4.0.0 FINANCIAMIENTO 4.1.0 OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 4.1.2 OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 4.1.2.006 OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO - FIDA 1 404 000,00 TOTAL INGRESOS 1 404 000,00 ========== EGRESOS SECCION SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO : 065 FONDO NACIONAL DE COMPENSACION Y DESARROLLO SOCIAL UNIDAD EJECUTORA : 001 FONDO NACIONAL DE COMPENSACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL FUNCION : 05 ASISTENCIA Y PREVISION SOCIAL PROGRAMA : 014 PROMOCION Y ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA SUBPROGRAMA :0050 PROMOCION Y ASISTENCIA COMUNITARIA PROYECTO :00677 DESARROLLO DEL CORREDOR PUNO - CUSCO CATEGORIA DEL GASTO (En Nuevos Soles) 6GASTO DE CAPITAL 5 INVERSIONES 1 404 000,00 TOTAL EGRESOS 1 404 000,00 ========== Artículo 2º.- De las Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Crédito Suplementa- rio, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto