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Pág. 182388 NORMAS LEGALES Lima, martes 4 de enero del 2000 Directivo, de acuerdo a lo indicado en la Resolución de Presidencia Nº 215-99-CONCYTEC-P del 12 de noviem- bre de 1999; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR, a partir del 1 de enero del 2000 a la C.P.C. Evelia Corina DOLMOS FERNANDEZ, como Jefa de la Oficina de Auditoría Interna del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 16381 Autorizan viaje de servidores del IRTP a Venezuela, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 173-99-ED Lima, 30 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú se encuentra realizando un Informe Especial, acerca del desastre ocurrido en la República de Venezuela; Que, se requiere la presencia de un equipo de prensa, que llevará a cabo la elaboración del Informe Especial señalado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Decreto Legislativo Nº 829, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 074-85-PCM y Decreto Supremo Nº 031-89-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, en vía de regularización, el viaje en comisión de servicio de la reportera Julia GUEVA- RA FLORES y del camarógrafo Wilfredo CHUMPITAZ HERNANDEZ, servidores del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, para los fines a los que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución, a Venezue- la, del 21 al 23 de diciembre de 1999. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se afectarán con cargo al Presu- puesto del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: viáticos US$ 600.00 y Tarifa CORPAC US$ 25.00, por cada uno. Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechos arancelarios de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 16382PESQUERIA Otorgan autorización a empresa para incrementar capacidad instalada en planta de enlatado RESOLUCION DIRECTORAL Nº 243-99-PE/DNPP Lima, 30 de diciembre de 1999 Visto el expediente con escritos de Registro Nº CE- 166001, de fecha 17 de noviembre de 1999 presentado por AUSTRAL GROUP S.A.; CONSIDERANDO: Que los Artículos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, concordante con el Artículo 55º de su Reglamento establecen que para la instala- ción de establecimientos industriales pesqueros; se requiere de autorización y, de licencia de operación de cada planta de procesamiento de productos pesque- ros; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita autorización en vía de regularización para el incremento de capacidad instalada así como licencia de operación para desarrollar la actividad de enlatado de productos hidrobiológicos, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. Villa del Mar s/n, distrito Coishco, provincia Santa y departamento de Ancash; Que la Dirección del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 797-99-PE/DIREMA de fecha 10 de diciem- bre de 1999, manifiesta que la empresa ha cumplido con la ejecución de su Estudio de Impacto Ambiental presentado por el recurrente, como lo expresa la Cons- tancia de Verificación Nº 002-99-PE/DIREMA de fe- cha 10 de diciembre de 1999; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 190-99- PE/DNPP-Dn, de fecha 27 de diciembre de 1999, que sustenta la procedencia técnica de lo solicitado y que señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en los procedimientos Nº 23 y 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99- PE; y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los Artículos 43º inciso b), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los Artículos 55º, 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE y el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa AUSTRAL GROUP S.A. autorización en vía de regularización para el incremento de la capacidad instalada de su planta de enlatado a fin de que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano directo, en su estable- cimiento industrial pesquero ubicado en Av. Villa del Mar s/n, distrito Coishco, provincia Santa y departa- mento de Ancash. Artículo 2º.- Otorgar a la empresa AUSTRAL GROUP S.A., licencia de operación para que desarro- lle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano direc- to, a través de su planta de enlatado, en su estableci- miento industrial ubicado en Av. Villa del Mar s/n,