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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2000 (23/01/2000)

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Pág. 182982 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de enero de 2000 Designan Fedatario Titular del INRENA RESOLUCION JEFATURAL Nº 010-2000-INRENA Lima, 17 de enero de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 022-98-INRENA del 26 de febrero de 1998, se designó como Fedatario titular del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, a don Gustavo Edilberto Castañeda Silva; Que, por convenir al servicio es necesario designar al nuevo Fedatario Titular del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, que se encargue de las funciones a que contrae el Artículo 5º de la Ley Nº 25035 y el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 070-98-PCM, que aprueba su Reglamento, y; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de este Instituto, apro- bado por Decreto Supremo Nº 055-92-AG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolución Jefatural Nº 022-98-INRENA, del 26 de febrero de 1998, que designó como Fedatario Titular del Instituto Nacional de Recur- sos Naturales - INRENA, a don Gustavo Edilberto Castañeda Silva. Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha al Dr. Fernando Cuba Torres como Fedatario Titular del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. JOSEFINA TAKAHASHI SATO Jefa del INRENA 0884 EDUCACION Aprueban Plan Maestro de Conserva- ción y Manejo del Complejo Arqueoló- gico de Chan Chan DECRETO SUPREMO Nº 003-2000-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es el organismo central y responsable de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación y tiene como finalidad afirmar la identidad nacional mediante la ejecución descentralizada de acciones de preserva- ción, formación y difusión cultural que propicien la participación de la población y convoquen al sector público y privado a colabo- rar y participar activamente en ellos; Que, el Monumento Arqueológico de Chan Chan está recono- cido como Monumento Nacional e inscrito en los Registros de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de La Libertad, como propiedad del Estado Peruano; habiendo sido declarado por el Comité del Patrimonio Mundial - UNESCO como "Patrimonio de la Humanidad", en atención a ser considerada "La Urbe Prehis- pánica de barro más grande e importante de América"; Que, corresponde al Estado a través de su organismo com- petente, velar por la protección y conservación de este importante Monumento Arqueológico ante la actuación negativa de factores del medio ambiente y humano; Que, la Dirección Departamental La Libertad del Instituto Nacional de Cultura ha elaborado el Plan Maestro de Conserva- ción y Manejo del Complejo Arqueológico Chan Chan, el mismo que propone acciones científicas y técnicas interdisciplinarias y sostenidas orientadas a su óptima e integral conservación, así como a su uso científico y social incluyendo para ello la participa- ción de la comunidad; por lo que es de necesidad aprobarlo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nº 24047 y Nº 26834 y el Decreto Supremo Nº 50-94-ED; DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR el documento de gestión y planifica- ción denominado PLAN MAESTRO DE CONSERVACION Y MANEJO DEL COMPLEJO ARQUEOLOGICO DE CHAN CHAN, el mismo que consta de nueve (9) Tomos, seis (6) Seccio- nes, veintinueve (29) Capítulos y seis (6) Apéndices. Artículo 2º.- ENCARGAR al Instituto Nacional de Cultura para expedir las disposiciones complementarias necesarias para la idónea aplicación y ejecución del contenido del Plan Maestro a que se refiere el artículo precedente.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 0905 PESQUERIA Autorizan viaje de profesional del IMAR- PE para participar en Conferencia de las Partes de la Convención de Diversi- dad Biológica, a realizarse en Canadá RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2000-PE Lima, 21 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que con Carta Múltiple Nº 2129-99-CONAM-SE, del 16 de diciembre de 1999, el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, cursó invitación al Instituto del Mar del Perú (IMARPE), para que participe en la "Ex COP Conferencia de las Partes de la Convención de Diversidad Biológica", a realizarse en Montreal, Canadá, del 24 al 28 de enero del 2000; Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo del IMARPE Nº 001-00-CD/O, adoptado en la Primera Sesión Ordinaria, celebra- da el 12 de enero del 2000, se aprobó la participación de la bióloga Albertina Kameya Kameya, profesional del mencionado institu- to, en la Conferencia a que se refiere el considerando precedente; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27212 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, y Decre- tos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89- EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la bióloga Albertina Kame- ya Kameya, profesional del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), a la ciudad de Montreal - Canadá, para que participe en la "Ex COP Conferencia de las Partes de la Convención de Diversidad Biológica" del 24 al 28 de enero del 2000. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) de acuer- do al siguiente detalle: - Pasajes US$ 883,40 - Viáticos 1 320,00 - Tarifa CORPAC 25,00 Artículo 3º.- La citada profesional al término de su viaje, presen- tará un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 0907 PROMUDEH Aceptan donación a utilizarse en mar- co del proyecto "Asistencia Alimenta- ria a Niños Preescolares y Escolares Primarios en Areas Rurales" RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 082-2000-PRONAA/P Lima, 17 de enero de 2000 VISTA: La propuesta de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, formulada mediante Memorando Nº 002-2000-GPP-PRONAA, de fecha 6 de enero del año 2000; y,