Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2000 (05/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
DECRETOS DE URGENCIA
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5. GASTOS CORRIENTES 3 BIENES Y SERVICIOS TOTAL EGRESOS A LA:

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"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, martes 5 de setiembre de 2000 ANO XVIII - Nº 7379

09 : RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS (En Nuevos Soles) 421 905,00 ---------------421 905,00 =========

Autorizan transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Publico, destinada a atender defensa legal a traves del Servicio Nacional de Defensa de Oficio, asistencia legal gratuita y politica de despenalizacion
DECRETO DE URGENCIA Nº 069-2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica primordial del gobierno la disminucion de la pobreza extrema, por lo que es prioritario incidir a traves del accionar del Ministerio de Justicia en la mejora de los servicios de acceso y democratizacion de la justicia, especialmente a la poblacion de escasos recursos economicos implantando una cultura de paz entre la poblacion, por lo que se tiene que sensibilizar a la ciudadania en la aplicacion de la Conciliacion Extrajudicial, declarada de interes nacional mediante Ley Nº 26872; Que, asimismo es necesario atender la defensa legal a traves del Servicio Nacional de Defensa de Oficio y la adecuada asistencia legal gratuita, asegurando para ello la cobertura necesaria de los mencionados servicios, asi como continuar con una politica de despenalizacion para lo cual se requiere reforzamiento de dicho Sector, que le permita cumplir con mayor eficiencia y eficacia los objetivos planteados; Que, existen recursos disponibles en el Pliego Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor del Pliego Ministerio de Justicia; De conformidad con lo establecido en el numeral 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000, hasta por la suma de CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 421 905,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: : INSTANCIA DESCENTRALIZADAS 067 : SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS UNIDAD EJECUTORA 014 : OFICINA REGISTRAL MORDAZA CALLAO FUNCION 03 : ADMINISTRACION Y PLANEAMIENTO PROGRAMA 003 : ADMINISTRACION SUBPROGRAMA 0010 : REGISTROS ACTIVIDAD 00271 : GESTION REGISTRAL SECCION MORDAZA PLIEGO

SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 006 : MINISTERIO DE JUSTICIA UNIDAD EJECUTORA 001 : OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION FUNCION 03 : ADMINISTRACION Y PLANEAMIENTO PROGRAMA 003 : ADMINISTRACION SUBPROGRAMA 0006 : ADMINISTRACION GENERAL ACTIVIDAD 00267 : GESTION ADMINISTRATIVA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 13 : DONACIONES Y TRANSFERENCIAS (En Nuevos Soles) 6. GASTOS DE CAPITAL 7 OTROS GASTOS DE CAPITAL PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 71 905,00

006 : PLANEAMIENTO GUBERNAMENTAL 0005 : SUPERVISION Y COORDINACION SUPERIOR 00110 : CONDUCCION Y ORIENTACION SUPERIOR 13 : DONACIONES Y TRANSFERENCIAS (En Nuevos Soles)

5. GASTOS CORRIENTES 3 BIENES Y SERVICIOS TOTAL EGRESOS

350 000,00 ------------421 905,00 ========

Articulo 2º.- Los Pliegos habilitadores y habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el articulo precedente, a nivel de Categoria del Ingreso, Generica del Ingreso, Subgenerica del Ingreso y Especifica del Ingreso. Los citados anexos son remitidos a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los cinco (5) dias siguientes de su aprobacion. Articulo 3º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego 006 Ministerio de Justicia comprendido en la presente transferencia de partidas, solicitara a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos asi como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 4º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 5º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Justicia y por el Ministro de Economia y Finanzas.

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