Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2000 (05/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 5 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Designan funcionarios de la Direccion Modifican el Texto Unico de ProcediRegional Agraria Ica mientos Administrativos del INRENA
RESOLUCION SUPREMA Nº 083-2000-AG MORDAZA, 4 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 122-99-AG de fecha 25 de octubre de 1999, se designo a la Abog. Deyssy Zenit MORDAZA MORDAZA en la plaza de Director Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion Regional Agraria Tumbes; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 098-99-AG de fecha 28 de setiembre de 1999, se designo a la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la plaza de Director Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional Agraria Tumbes; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 010-95-AG de fecha 12 de enero de 1995, se designo entre otros a la Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la plaza de Director Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Asesoria Juridica de la entonces Direccion Subregional Agraria Ica; Que, se encuentra vacante la plaza de Director Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional Agraria Ica; Que, por necesidad del servicio es conveniente efectuar las acciones de personal a que se contrae la parte resolutiva de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluidas a partir de la fecha, las designaciones de los funcionarios que a continuacion se detallan:
DIRECCION REGIONAL AGRARIA TUMBES OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Director Sistema Administrativo II OFICINA DE ADMINISTRACION Director Sistema Administrativo II CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Abog. Deyssy Zenit MORDAZA MORDAZA

DECRETO SUPREMO Nº 049-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, se establece que la entidades publicas del Gobierno Central, Regional y Local estan obligadas a formular normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar drasticamente todos los procedimientos y tramites administrativos que se sigan ante ellas, por lo cual deberan aprobar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2000-AG, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de MORDAZA del 2000, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, mediante Ley Nº 27308 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de MORDAZA del 2000, se aprobo la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA encargandole al INRENA la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional; Que, atendiendo a la normatividad recientemente aprobada se ha procedido a revisar el contenido de los procedimientos administrativos consignados en el MORDAZA del INRENA, los mismos que en algunos casos han sufrido ciertas modificaciones o actualizaciones y en otros se ha procedido a la eliminacion de procedimientos; Que, en este contexto resulta necesario modificar el actual MORDAZA del INRENA a fin de ser concordante con la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre; De conformidad con lo dispuesto por inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 757 y el Decreto Supremo Nº 09492-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2000-AG, de acuerdo al anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Los pagos que hayan efectuado los extractores forestales por concepto de derecho de tramite de los procedimientos administrativos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INRENA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2000-AG, podran ser considerados como pagos a cuenta del deposito de garantia a que se refieren los Articulos 44º y 71º del Reglamento de Extraccion y Transformacion Forestal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 161-77-AG. Articulo 3º.- Los extractores forestales que tengan contratos de extraccion forestal vigentes podran efectuar el pago del deposito de garantia, a que se refieren los Articulos 44º y 71º del Reglamento de Extraccion y Transformacion Forestal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 161-77-AG, de acuerdo a los lineamientos que establezca el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura, y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de setiembre del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura

EX DIRECCION SUBREGIONAL AGRARIA ICA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Director Sistema Administrativo II Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha, a los siguientes funcionarios en las plazas que a continuacion se detallan:
DIRECCION REGIONAL AGRARIA ICA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Director Sistema Administrativo II OFICINA DE ADMINISTRACION Director Sistema Administrativo II CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Abog. Deyssy Zenit MORDAZA MORDAZA

Articulo 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, sera aplicado a las asignaciones genericas y especificas del Pliego respectivo del Presupuesto del Sector Publico para el ano 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 10124

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