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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (05/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 192553 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de setiembre de 2000 Designan funcionarios de la Dirección Regional Agraria Ica RESOLUCION SUPREMA Nº 083-2000-AG Lima, 4 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 122-99-AG de fecha 25 de octubre de 1999, se designó a la Abog. Deyssy Zenit Silva Lavalle en la plaza de Director Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional Agraria Tumbes; Que, mediante Resolución Suprema Nº 098-99-AG de fecha 28 de setiembre de 1999, se designó a la CPC Isabel Beatriz Quesada Delgado en la plaza de Director Siste- ma Administrativo II - Director de la Oficina de Adminis- tración de la Dirección Regional Agraria Tumbes; Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-95-AG de fecha 12 de enero de 1995, se designó entre otros a la Abog. Carmen Carpio Espejo en la plaza de Director Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca de la entonces Dirección Subregional Agraria Ica; Que, se encuentra vacante la plaza de Director Siste- ma Administrativo II - Director de la Oficina de Adminis- tración de la Dirección Regional Agraria Ica; Que, por necesidad del servicio es conveniente efec- tuar las acciones de personal a que se contrae la parte resolutiva de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas a partir de la fecha, las designaciones de los funcionarios que a continuación se detallan: DIRECCION REGIONAL AGRARIA TUMBES OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Director Sistema Administrativo II Abog. Deyssy Zenit Silva Lavalle OFICINA DE ADMINISTRACION Director Sistema Administrativo II CPC Isabel Beatriz Quesada Delgado EX DIRECCION SUBREGIONAL AGRARIA ICA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Director Sistema Administrativo II Abog. Carmen Carpio Espejo Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, a los siguientes funcionarios en las plazas que a continuación se detallan: DIRECCION REGIONAL AGRARIA ICA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Director Sistema Administrativo II Abog. Deyssy Zenit Silva Lavalle OFICINA DE ADMINISTRACION Director Sistema Administrativo II CPC Isabel Beatriz Quesada Delgado Artículo 3º.- El egreso que demande el cumpli- miento de la presente Resolución, será aplicado a las asignaciones genéricas y específicas del Pliego respec- tivo del Presupuesto del Sector Público para el año 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JOSE CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 10124Modifican el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del INRENA DECRETO SUPREMO Nº 049-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se establece que la entidades públicas del Gobierno Central, Regional y Local están obligadas a formular normas legales desti- nadas a unificar, reducir y simplificar drásticamente todos los procedimientos y trámites administrativos que se sigan ante ellas, por lo cual deberán aprobar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos - TUPA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2000-AG, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de julio del 2000, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, mediante Ley Nº 27308 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de julio del 2000, se aprobó la Ley Forestal y de Fauna Silvestre encargándole al INRENA la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional; Que, atendiendo a la normatividad recientemente aprobada se ha procedido a revisar el contenido de los procedimientos administrativos consignados en el TUPA del INRENA, los mismos que en algunos casos han sufrido ciertas modificaciones o actualizaciones y en otros se ha procedido a la eliminación de procedi- mientos; Que, en este contexto resulta necesario modificar el actual TUPA del INRENA a fin de ser concordante con la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre; De conformidad con lo dispuesto por inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 757 y el Decreto Supremo Nº 094- 92-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquese el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2000-AG, de acuerdo al anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Los pagos que hayan efectuado los extractores forestales por concepto de derecho de trá- mite de los procedimientos administrativos estableci- dos en el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos del INRENA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2000-AG, podrán ser considerados como pagos a cuenta del depósito de garantía a que se refieren los Artículos 44º y 71º del Reglamento de Extracción y Transformación Forestal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 161-77-AG. Artículo 3º.- Los extractores forestales que tengan contratos de extracción forestal vigentes podrán efec- tuar el pago del depósito de garantía, a que se refieren los Artículos 44º y 71º del Reglamento de Extracción y Transformación Forestal, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 161-77-AG, de acuerdo a los lineamientos que establezca el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de setiembre del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JOSE CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura