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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (17/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 72

Pág. 204618 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de junio de 2001 Otorgan beneficio de fraccionamiento de pago de obligaciones tributarias a contribuyentes cuyos predios se en- cuentran en zona de conflicto jurisdic- cional ORDENANZA Nº 71-MSS Santiago de Surco, 14 de junio de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Santiago de Surco vie- ne otorgando facilidades y beneficios a aquellos vecinos cuyos predios se encuentran en zona en conflicto de límites jurisdiccionales con los Distritos de Chorrillos y San Juan de Miraflores, con la fina- lidad de regularizar su situación ante este Gobierno Local; Que, la zona en cuestión comprende pueblos con escasos recursos, no obstante existe en los pobladores la voluntad de regularizar su situación ante la Municipali- dad; para el efecto, la Administración Tributaria Munici- pal en cumplimiento de su objetivo de facilitar a los vecinos el cumplimiento de sus obligaciones, otorgará condiciones que permitan a estos pueblos cubrir sus adeudos; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la crea- ción, modificación y supresión de sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, de conformidad con los Artículos 191º y 192º incisos 2) y 3) de la Constitución Política del Perú, concordantes con las Normas III y IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario; Que, corresponde al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de dispositivos, entre los cuales destaca la Ordenanza, que tiene rango de ley, conforme lo reconoce el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario; Estando a lo solicitado y sustentado por la Ofici- na de Rentas mediante Informe Nº 136-2001-OR- MSS y a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 934-2001-OAJ-MSS; contando con Dictamen favorable Nº 017-2001-CEPP/ MSS de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Unanimidad aprobó la siguien- te: ORDENANZA FACILIDADES DE PAGO PARA CONTRIBUYENTES CUYOS PREDIOS SE ENCUENTRAN EN ZONA DE CONFLICTO JURISDICCIONAL Artículo Primero.- Son sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Ordenan- za, aquellos vecinos que en condición de propieta- rios o poseedores ostenten la titularidad de predios ubicados en los conjuntos urbanos que a continua- ción se señalan, comprendidos en la zona de conflic- to jurisdiccional: AA. HH. Luis Felipe de las Casas I y II, AA.HH. Juan Pablo II, Urb. Villa Elba, Asoc.Valle Sagrado, Asoc. Viv. San Juan Grande, Urb. Honor y Lealtad, AA.HH. La Floresta, Asoc. Viv. Canevaro de Surco, AA.HH. Marcelo Flores Poma, Asoc. Pro. Viv. José Olaya, Asoc. Viv. Banco de Semillas, AA.HH. Rodrigo Franco, AA.HH. Las Dunas, Asoc. APROVISA, 03 de Octubre, 15 de Setiembre, Agrícola La Concordia, Alipio Ponce, Cooperativa de Vivienda América, Buenos Aires de Villa, Cocharcas Alto, Delicias de Villa, El Inti, La Concordia, Mateo Pumacahua, Las Brisas de Villa, Los Arbolitos, Vista Alegre de Villa, Santa Isabel de Villa, Vista Hermosa de Villa, Santa Rosa de Villa, María Parado de Bellido de Villa, San Juan de la Libertad, Los Jardines de San Juan, Mariano Santos, Santa Teresa de Villa, Umamarca, Villa Alegre, Villa Santa Isabel, Tacala, Túpac Amaru de Villa, Andrés Avelino Cáceres, Virgen del Rosario, Asociación Pro-vivienda de los Trabajadores del Sector Agrario. Artículo Segundo.- Otórguese a los sujetos com- prendidos en la presente Ordenanza, el beneficio de fraccionamiento de pago de sus obligaciones tributarias en las siguientes condiciones: a) Fraccionamiento hasta en 24 cuotas, mensuales iguales. b) Cuota Inicial mínima de Veinticinco Nuevos Soles (S/. 25.00) c) Exoneración del pago del derecho de fracciona- miento contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos. d) Mínimo interés de fraccionamiento. Artículo Tercero.- Para efectos del registro del inmueble, así como de las diferencias encontradas en la toma de datos del Proyecto de Implementación Catas- tral correspondientes a los sujetos comprendidos en la presente Ordenanza, que faciliten el levantamiento de información catastral, en adición a los beneficios señala- dos en la Ordenanza Nº 23-MSS, se considerará la fecha de regularización para el inicio del cálculo de la obliga- ción tributaria. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de setiembre de 2001. Artículo Quinto.- Encargar a las Oficinas de Ren- tas y Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presen- te norma. Artículo Sexto.- La presenta Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publica- ción POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 25428 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban lineamientos del Plan de Desarrollo Distrital del Comercio (Se publica la presente ordenanza a solicitud de la Secretaría General de la Municipalidad de Villa El Salvador, mediante oficio Nº 018-2001-SGC. MVES recibido el 15 dejunio de 2001) ORDENANZA Nº 021-2000-MVES Villa El Salvador, 28 de noviembre del 2000 Visto: En Sesión de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza, presentado por la Comisión de Servicios;