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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (29/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 108

Pág. 205546 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de junio de 2001 la cuenta existencias al 31-12-96 por S/. 503,796.00 nuevos soles; omisión en la contabilización de la deuda con el FONAVI por la suma de S/. 456,444.00 nuevos soles; falta de contabilización de alquileres no cobrados por S/. 1´177,755.00 nuevos soles; pago indebido por compensación de tiempo de servicios por S/. 826,688.00 nuevos soles y la omisión al pago de aportaciones al IPSS, FONAVI, AFP y SUNAT co- rrespondiente al ejercicio de 1995 por la suma de S/. 2´845.745 nuevos soles. En tal sentido le asiste respon- sabilidad administrativa al señor Fidel Valverde Val- verde, y Martha Villacorta de López ya que no ejerció la supervisión de los resultados de la gestión respecto a los funcionarios encargados de implementar las recomen- daciones, igualmente a los señores Oscar Dávila Estra- da y Víctor Vásquez ex Jefe de la Unidad de Contabili- dad, Walter Falcón Tapia y Jesús Bazan Yancunta ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Sandra Menacho Picón ex Presidente de la comisión Especial encargada del Saneamiento Legal de los Inmuebles de Propiedad Municipal y actualización del Margesí de bienes por no adoptar las sanciones correctivas en su oportunidad a fin de superar las deficiencias detectadas, incumplien- do de esta manera lo dispuesto en el Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, igualmente le asiste res- ponsabilidad administrativa al ex Teniente Alcalde Sergio del Castillo Sánchez Moreno que incumplió las funciones contempladas en la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853. Referente al ex Alcalde Pablo Gutiérrez Weselby al ser extinto al mismo considera- mos que no proceda aperturar Proceso Administrativo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM en su Artículo 151 las faltas se tipifican por la naturaleza de la acción u omisión; su gravedad debe determinarse evaluando, entre otras, las circunstancias en que se cometen, la forma de comisión, la concurrencia de varias faltas, la participación de uno o más servidores en la comisión de la falta y los efectos que produce la falta, hechos debidamente merituados y que deben ser investigados exhaustivamente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 166 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administra- tiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM concordante con lo dispuesto en el Artículo 21 incisos a) b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del sector Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administra- tivo Disciplinario a los ex Funcionarios Jorge Javier Arteaga Millán ex Asesor Legal, Luis Lobaton Sarco ex Director de Obras, Hugo Rojas Pollera ex Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto, Emilio Cama- cho ex Director de Administración, Teresa Narváez de Rojas ex Jefe de la Unidad de Tesorería, Miguel Castro Saravia ex Jefe de la Unidad de Abastecimientos, Oscar Dávila Estrada ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, Alfonso Parreño Serpa ex Jefe de Obras Públicas San- dra Daza Novoa y Sandra Menacho Picon ex Jefes de la Oficina de Rentas Fidel Valverde Valverde ex Jefe de la Oficina de Administración, Víctor Vásquez Risco, Eduar- do Aguirre Bello ex Jefe de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto, Walter Falcón Tapia, Jesús Bazan Yan- cunta ex jefes de la Unidad de Abastecimiento, Martha Villacorta de López ex Jefe de Administración, Sr. Fernando Javier Moreno Dorado Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, Manuel Enrique Alvildo Cano Jefe de la Oficina de Auditoría Interna y, los ex regidores: Vicente Herrada Aguilar, José Luis Naldos Villanueva, Marcelo García Gallardo, Guillermo Arteaga Horna, Luis Castillo Uriarte, Edgar Naola Ordóñez, Benjamín Chávez Valderrama, Francisco Morante Rivera y Juan Carbonel Núñez, Benjamín García Pérez, Sergio del Castillo Sánchez Moreno, Carlos Enrique Avalos More- no, Héctor Tejada Villegas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Notificar a los referidos ex Funcionarios en forma personal o través de la publica- ción en el Diario Oficial El Peruano el contenido de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Otorgar a los mencionados ex- funcionarios un plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente de su notificación para que presenten sudescargo y las pruebas que consideren pertinentes para su defensa ante la Comisión Especial de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 26217 Aprueban el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 027 /MDCH Chorrillos, 28 de junio del 2001 El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesión Ordina- ria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 20º y siguientes del Decreto Legis- lativo Nº 757 – Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establece que los gobiernos locales deberán aprobar anualmente su Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos (TUPA) mediante ordenan- za municipal, a fin de que la colectividad tome conoci- miento de los diversos procedimientos allí contenidos; Que, el Inc. 3) del Art. 192º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, se esta- blece que los gobiernos locales mediante Ordenanza, puedan crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, los Arts. 32º y 34º del Decreto Supremo Nº 094- 92-PCM Reglamento de las Disposiciones sobre seguri- dad jurídica en materia administrativa contenidas en la Ley Marco para el Crecimiento de las Inversiones Priva- das disponen que las Municipalidades Provinciales son las encargadas de aprobar los Textos Unicos de Procedi- mientos Administrativos mediante Ordenanzas; Que, los derechos son tasas que se pagan por la presentación de un servicio público administrativo o el uso o el aprovechamiento de bienes públicos, conforme lo establece la Ley de Tributación Municipal – Decreto Legislativo Nº 776; Que, los TUPA deben actualizarse anualmente en el Diario Oficial El Peruano a más tardar el 30 de junio de cada año, conforme lo establece el Art. 22º del Decreto Legislativo Nº 757 – Ley Marco para la Inversión Privada; Que, al mérito del Art. 70º de la Ley de Tributación Municipal, sólo serán exigibles los derechos que se cobren por la tramitación de los procedimientos admi- nistrativos a los contribuyentes, siempre que aquellos consten en el correspondiente Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos; Estando a lo antes expuesto y de conformidad con el Art. 74º de la Constitución Política del Perú, el Art. 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, el Art. 70º del Decreto Legislativo Nº 776, a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó por Mayoría, la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- APROBAR el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad de Chorri- llos, para el año 2001; y los derechos y precios allí contenidos y que forman parte de la presente ordenanza. Artículo 2º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de julio del 2001. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 26216