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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de noviembre de 2001 AÑO XIX - Nº 7806 Pág. 212223 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionario del Minis- terio para participar en evento sobre promoción de préstamos para países latinoamericanos que se realizará en Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 482-2001-EF Lima, 1 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n del 17 de octubre de 2001 el Japan Bank For International Cooperation - JBIC, co- munica la participación del economista MARCOS WAL- TER FELIX CHOQUECAHUANA, Subdirector de Ges- tión de la Dirección de Gestión de Endeudamiento de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el curso regional "Promoción de Préstamos de AOD para Países Latinoamericanos" que se llevará a cabo en la ciudad de Tokyo, Japón, del 6 al 27 de noviembre de 2001, por lo que se hace necesario autorizar el viaje a la mencionada ciudad; Que, es política institucional propender a la capacita- ción profesional y técnica de los servidores públicos, por lo que el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a su presupuesto asumirá los gastos no cubiertos por el Gobierno del Japón y la Agencia de Cooperación In- ternacional del Japón - JICA; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 048 y 053-2001-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del economista MAR- COS WALTER FELIX CHOQUECAHUANA, Subdirec- tor de Gestión de la Dirección de Gestión de Endeuda- miento de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Tokyo, Japón, del 6 al 27 de noviembre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Asimismo, otorgar Licencia por Capacita- ción Oficializada durante dicho período al indicado fun- cionario. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, no cubiertos por el Gobierno del Japón y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón - JICA, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 MEF - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos :US$ 520,00 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- El citado funcionario, está obligado a cumplir las formalidades contenidas en el Contra-to de Capacitación y Compromiso de Retorno suscri- to y que forma parte de la presente Resolución Suprema. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 33866 JUSTICIA Autorizan impresión de edición oficial de la "Legislación Anticorrupción" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 370-2001-JUS Lima, 30 de octubre de 2001 Visto el Oficio Nº 963-2001-JUS/DNAJ de la Direc- ción Nacional de Asuntos Jurídicos de fecha 13 de se- tiembre de 2001; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 963-2001-JUS/DNAJ, la Di- rección Nacional de Asuntos Jurídicos propone la publi- cación de la Edición Oficial de la "LEGISLACION ANTI- CORRUPCION", por los fundamentos expuestos en el documento mencionado; Que la lucha contra la corrupción constituye una necesidad nacional asumida por el Gobierno, con la finalidad de reconstruir el país sobre bases sólidas, éticas y democráticas que devuelvan la confianza ciuda- dana y fortalezcan las instituciones conformantes del aparato estatal; Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus fun- ciones sistematizar la legislación e información jurí- dica de carácter general y promover su estudio y difusión, así como ejecutar o coordinar su edición oficial; De conformidad con lo establecido en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgá- nica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Artículo 84º e inciso a) del Artículo 93º del Regla - mento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR la impresión de 1,500 ejemplares de la Edición Oficial de la "LEGISLA- CION ANTICORRUPCION", debidamente numera- dos.