Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2001 (05/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 5 de noviembre de 2001

Que de la evaluacion de los medios probatorios presentados, queda determinado que los mismos han sido presentados extemporaneamente, esto es fuera de los plazos y forma establecidos en el Decreto Supremo Nº 003-2000-PE y la Resolucion Ministerial Nº 143-2000PE careciendo de eficacia probatoria dentro el procedimiento; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, la Resolucion Ministerial Nº 143-2000-PE y el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0294-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 021-2001CTAR-PIURA-DIREPE-DR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 33757 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 066-2001-PE MORDAZA, 30 de octubre del 2001 Visto el expediente de registro Nº 05251003 con escrito del 23 de MORDAZA del 2001, conteniendo el escrito de registro Nº 03520 del 27 de MORDAZA del 2001 presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA SILVA. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 009-2001-CTARANCASH/DRP-CH del 23 de marzo del 2001, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 006-2001-CTAR-ANCASH/DRP-CH del 22 de febrero del 2001, que a su vez declaro en abandono la solicitud de permiso de pesca presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ITURRARAN MORDAZA para la operacion de la embarcacion "DON GUILLE" con matricula Nº CE-19873CM, siendo los fundamentos de la Resolucion recurrida no acreditar la existencia fisica y operatividad de la embarcacion, requerimientos efectuados e incumplidos que generaron el abandono del procedimiento; Que mediante el escrito del visto, con fecha 27 de MORDAZA del 2001 presentado ante la Direccion Regional de Pesqueria MORDAZA, el recurrente interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 009-2001CTAR-ANCASH/DRP-CH, el mismo que resulta extemporaneo dado que segun consta en el cargo correspondiente a fojas 56 del expediente administrativo, la Resolucion recurrida fue notificada el 3 de MORDAZA del 2001, en consecuencia el recurso impugnativo fue interpuesto fuera del plazo de quince (15) dias establecido por Ley; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, aplicable conforme a lo dispuesto por la primera disposicion transitoria de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que los procedimientos en tramite a su entrada en vigencia se regiran por la normativa anterior hasta su conclusion, y considerando la no exis-

tencia de derechos o facultades a favor del recurrente en el presente procedimiento; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INADMISIBLE el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 009-2001-CTAR-ANCASH/DRP-CH por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Pesqueria 33758 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 262-2001-PE/DNEPP Mediante Oficio Nº 2371-2001-PE/SG, el Ministerio de Pesqueria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 262-2001-PE/DNEPP, publicada en nuestra edicion del dia 20 de octubre de 2001, en la pagina 211498. - En el Articulo 1º; DICE: "NUMERO DE MATRICULA DEBE DECIR: "NUMERO DE MATRICULA 33764 PT-3977-CM" PT-5125-CM"

PROMUDEH
Aceptan renuncia de Directora del Hogar Geriatrico "San MORDAZA de Paul" de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana
RESOLUCION SUPREMA Nº 327-2001-PROMUDEH MORDAZA, 31 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 075-2001PROMUDEH de fecha 23.4.2001, se designo a la Sra. MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora del Hogar Geriatrico "San MORDAZA de Paul" de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana; Que, la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01298-PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por la SRA. MORDAZA DEL MORDAZA TARRI-

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