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Pág. 212538 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de noviembre de 2001 Autorizan viaje de representantes del Ministerio para participar en reunio- nes de Coordinación Andina y del Gru- po de Negociación sobre Acceso a Mercados, a realizarse en Panamá RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 245-2001-ITINCI Lima, 10 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, se llevará a cabo la Reunión de Coordinación Andina y la "Reunión del Grupo de Negociación sobre Acceso a Mercados", en el marco del proceso de negociaciones del Area de Libre Comercio de las Américas, del 18 al 23 de noviembre del 2001; Que, es conveniente autorizar la participación de repre- sentantes del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales en di- chas reuniones; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM, modificada por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales y de la señora Elva Rodríguez Pastor, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 18 al 23 de noviembre del 2001, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales asis- tan y participen en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Señor EDUARDO BRANDES SALAZAR Pasajes US$ 413.02 Viáticos US$ 1,200.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Señora ELVA RODRIGUEZ PASTOR Pasajes US$ 413.02 Viáticos US$ 1,200.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial JAVIER REATEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 34321 INTERIOR Actualizan y modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio en lo relativo a los Órganos de Asesoramiento, Control, Apoyo, Coordinación y Procuraduría Pública DECRETO SUPREMO Nº 009-2001-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM de 3 de mayo de 2001 se dispuso que las entidades del Sector Público debían incorporar en su Texto Único de Proce- dimientos Administrativos el procedimiento que deter- mina la documentación indispensable que deben conte- ner los expedientes administrativos de los solicitantes de prestaciones del Decreto Ley Nº 20530 que deberán ser remitidos a la Oficina de Normalización Previ - sional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2001-IN de 9 de abril de 2001 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos en lo relativo a los Órganos de Asesora- miento, Control, Apoyo, Coordinación y Procuraduría Pú- blica del Ministerio del Interior; Que, el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 de 8 de noviembre de 1991, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, dispone que los Textos Únicos de Proce- dimientos Administrativos serán aprobados por Decreto Supremo; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Polí tica del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Texto actualizado y modificado Actualizar y modificar el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en lo relativo a los Órganos de Asesoramiento, Control, Apoyo, Coordinación y Procuraduría Pública incluyendo los proce- dimientos siguientes: Unidad Orgánica: Oficina de Personal 1. Solicitud de Pensión de Cesantía. 2. Solicitud de Renovación de Pensión por haber cumpli- do 80 años de edad. 3. Solicitud de Reincorporación al Régimen del D.L. Nº 20530. 4. Solicitud de Pensión de Sobrevivientes: Viudez. 5. Solicitud de Pensión de Sobrevivientes: Orfandad. 6. Solicitud de Pensión de Sobrevivientes: Ascendien- tes. 7. Duplicado de Resolución (siempre y cuando el expe- diente haya sido remitido a la ONP). 8. Rectificación de la Resolución por error material (siempre y cuando haya sido emitida por la ONP). Artículo 2º.- Dispositivos Legales que rigen los Procedimientos Los procedimientos administrativos que se siguen ante los Órganos de Asesoramiento, Control, Apoyo, Coordina- ción y Procuraduría Pública del Ministerio del Interior se rigen por lo prescrito en el Título IV del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y su Reglamento, por el Decreto Supremo Nº 051- 2001-PCM de 3 de mayo de 2001, por el presente Decreto Supremo y, supletoriamente, por el Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi- nistrativos. Artículo 3º.- Derogación Deróguese, modifíquese o sustitúyase toda norma legal o administrativa que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo será refrendando por el Ministro del Interior y entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil uno. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior