Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2002 (25/04/2002)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002

autonomia administrativa, economica y normativa en merito al Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con lo estipulado por el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, normas conexas y modificatorias; Que, en atencion al numeral 6 del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el senor MORDAZA es personero legal de la Municipalidad y tiene competencia en dictar decretos, y resoluciones, con sujecion a las leyes, ordenanzas y edictos vigentes; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 004-2002-MPCI se aprueban las Bases Administrativas, del Procesos de Seleccion, mediante Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2002MPCI de Adquisiciones de materiales sanitarios destinados para la obra Construccion del Complejo Municipal, V etapa; Que, mediante Informe Nº 004-2002-UCP-MPCI el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Unidad de Control Patrimonial, hace conocer que los materiales objeto de la adjudicacion Directa selectiva, ya fueron internados en las Instalaciones de la Obra Complejo Municipal, desconociendo la fecha de ingreso; Que, en el MORDAZA de seleccion se advierte, la contravencion de normas legales pues el MORDAZA prescinde de la forma prescrita por la normatividad, contraviniendo lo dispuesto por el Art. 57º, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM; asi mismo contraviene lo dispuesto en el Art. 03 de la citada MORDAZA legal, puesto que todo MORDAZA de Adquisicion y Contratacion debe regirse por los principios de Moralidad y libre competencia, imparcialidad, eficiencia, Transparencia y trato MORDAZA e igualitario a fin de garantizar que las entidades obtengan bienes y servicios y obras de calidad requerida, en forma oportuna y a costos adecuados; Que, las ordenes de compra y guias de internamiento de los articulos senitarios materia de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2002-MPCI han sido anuladas debido a las irregularidades advertidas haciendose necesario declarar de oficio la nulidad de todo lo actuado, debiendo de convocarse a MORDAZA MORDAZA de seleccion Mediante Adjudicacion Directa Selectiva, dentro del MORDAZA legal establecido por los DD.SS. Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM; Que, el Art. 26º del C.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala la procedencia de la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion, por las causales establecidas en el Art. 57º, del D.S. Nº 012-2001-PCM, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato. Requisito que cumple con caso de autos, toda vez que no se ha celebrado contrato alguno; Que, estando al MORDAZA de lo dispuesto por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Municipalidades y los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 0132001-PCM, y normas conexas con el presente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 00001-2002MPCI de fecha 28 de enero del 2002, por las observaciones descritas en los considerandos. Hasta la convocatoria a nueva Adjudicacion Directa Selectiva con arreglo a ley. Articulo Segundo.- DISPONER, la publicacion de la presente, en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de ley. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente, a las oficinas de: Direccion Municipal, Auditoria Interna, Especial de Adjudicacion Directa Selectiva, e instancias pertinentes para su conocimiento y cumplimiento. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MAQUERA MORDAZA MORDAZA 7352

Que, los procesos de adquisiciones y contrataciones de los gobiernos locales se rigen por las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, su reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, sus modificatorias, normas complementarias y conexas; Que, el Art. 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que la entidad debera elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que debe prever los bienes, servicios u obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. Asimismo establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debera ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad; Que, el Art. 6º del D.S. Nº 013-2002-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece el contenido minimo del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que debera incluir las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas que se realizaran durante el ano fiscal y opcionalmente las adjudicaciones de menor cuantia, la sintesis de las especificaciones tecnicas de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar, Valor estimado de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar, los niveles de centralizacion y desconcentracion de la facultad de adquirir o contratar, y la fecha probable para su convocatoria; Que, el Art. 7º del D.S. Nº 013-2002-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda; Que, mediante Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE, se aprueba la Directa Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE con finalidad es la de precisar la informacion que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de cada entidad del Sector Publico sujetas a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y definir los medios en que estas deben remitir dicho al CONSUCODE; y cuyo objetivo es el de puntualizar las obligaciones de las entidades del sector publico sujetas a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y uniformar el contenido de la informacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, respecto a su elaboracion, aprobacion, difusion, publicacion, ejecucion y supervision, asi como establecer el procedimiento de la remision de su contenido al CONSUCODE y a la Comision de Promocion de Micro y Pequena Empresa - PROMPYME; Que, el presente informe cuenta con el visto MORDAZA, del Director Municipal, el mismo que es elaborado en coordinacion con las areas pertinentes y bajo las disposiciones y parametros establecidos en el MORDAZA legal MORDAZA referido; Estando a las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado y Ley Organica de Municipalidades y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal del 2002, descrito y detallado en un cuadro el mismo que se encuentra rubricado y MORDAZA por el senor MORDAZA, Director Municipal y Secretario General de la Municipalidad Provincial de El Collao y que forma parte integrante de la presente Resolucion en (01) folio. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR, el presente a la Direccion Municipal, la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, y a la Unidad de Logistica para su conocimiento y cumplimiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Direccion Municipal y a la Unidad de Logistica la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la remision del Plan al CONSUCODE y a PROMPYME dentro de los plazos establecidos y poner a disposicion de los interesados. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MAQUERA MORDAZA MORDAZA 7353

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2002
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0124-2002-MPCI El Collao - Ilave, 24 de febrero de 2002 VISTOS: El Informe Nº 005-2002-UL/MPCI, emitido por el Jefe de la Oficina de Abastecimientos de la Municipalidad Provincial de El Collao;

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