Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2002 (19/08/2002)


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CONASEV

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de agosto de 2002

SENCICO Res. Nº 092-2002-02.00.- Incluyen diversos procesos de seleccion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del SENCICO para el ano 2002 228517

Res. Nº 055-2002-EF/94.11.- Inscriben los valores mobiliarios denominados "Primera Emision de Bonos de Titulizacion - Ransa" de Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores 228514 Res. Nº 056-2002-EF/94.11.- Disponen inscripcion de bonos corporativos denominados "Bonos Ferreyros-Cuarta Emision" de Ferreyros S.A.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores 228515 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD R.J. Nº 269-2002-J-OPD/INS.- Aprueban inclusion de diversos procesos de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INS 228516

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Ordenanza Nº 030-2002-MDI.- Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad 228518

PODER EJECUTIVO EDUCACION
Disponen la reinscripcion de diversos Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Docente Privados
DECRETO SUPREMO Nº 018-2002-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento General de los Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Docente Publicos y Privados, aprobado por el Decreto Supremo Nº 023-2001ED, dispuso que los Institutos Superiores Pedagogicos autorizados se reinscriban presentando personalmente una Declaracion Jurada de actualizacion de datos, segun formato proporcionado por la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente del Ministerio de Educacion, ante el personal de la misma, de junio a diciembre de 2001; Que, los Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Docente Privados, cuya re-

lacion consta en el anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, han cumplido la disposicion referida en el considerando precedente, por lo que resulta necesario disponer su reinscripcion; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nº 051-95-ED, 00296-ED y 023-2001-ED; DECRETA: Articulo 1º.- Reinscribase a los Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Docente Privados, cuya relacion consta en el anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Encargase a las Direcciones Regionales y Sub Regionales de Educacion, a la Direccion de Educacion de MORDAZA y a la Direccion de Educacion del Callao, el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a tres (3) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de diskette. 4.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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