Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2002 (21/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 216118 NORMAS LEGALES Lima, lunes 21 de enero de 2002 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir el Consejo Consultivo de la Ofi- cina Registral Ucayali, con sede en la ciudad de Pucallpa, el mismo que estará integrado por destacados profesiona- les y especialistas. Artículo 2º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Re- gistral Ucayali, con sede en la ciudad de Pucallpa, es un órgano colegiado que sirve de apoyo técnico-legal a dicha oficina y al Tribunal Registral del Centro, en los casos en que sea requerido, a fin de coadyuvar al perfeccionamien- to de la legislación registral y su aplicación. De conformidad con el Art. 31º del Reglamento Gene- ral de los Registros Públicos, no pueden ser objeto de con- sulta los títulos sujetos a calificación ni aquellos que se encuentren bajo la competencia del Tribunal Registral. Artículo 3º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Re- gistral Ucayali con sede en la ciudad de Pucallpa estará integrado por: a) Un representante del Colegio de Abogados de Pu- callpa. b) Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú, filial Pucallpa. c) Un representante de la Cámara de Comercio, Indus- tria y Producción de Pucallpa. d) Un representante del Colegio de Notarios de Pucallpa. e) Un representante de la Municipalidad Provincial de Pucallpa. f) Dos representantes designados por la SUNARP. El mandato de los miembros será por un año, pudiendo ser renovado por un período similar. El Jefe de la Oficina Registral integrará el Consejo, con voz pero sin voto. El Consejo podrá invitar a las sesiones a un represen- tante del Tribunal Registral, Gerente u otro funcionario o autoridad que estime pertinente. Artículo 4º.- Son funciones del Consejo Consultivo las siguientes: a) Emitir opinión con carácter ilustrativo, en todos los asun- tos que le sean solicitados por el Superintendente Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Jefe de la Oficina Registral Ucayali, o del Presidente del Tribunal Registral del Centro, como Organismo Técnico Consultor de Apoyo al mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la función registral. c) Proyectar y/o emitir opinión cuando así se le solicite, sobre la normatividad que debe dictar la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, a fin de hacer más efi- ciente la función registral. d) Proponer al Superintendente Nacional la expedición de las directivas que estime conveniente para el mejor fun- cionamiento de los Registros. e) Regir sus actos conforme a las presentes normas y aquellas que para su funcionamiento apruebe la SUNARP. f) Las demás que le asigne el Superintendente Nacio- nal de los Registros Públicos. Artículo 5º.- El Gerente Técnico Registral de la Oficina Registral Ucayali actuará como Secretario Técnico del Consejo Consultivo con sede en esta ciudad. Artículo 6º.- El Consejo Consultivo designará, mediante elección de sus integrantes, a su Presidente y su Vicepre- sidente. La participación de sus miembros es ad honorem. Artículo 7º.- El Consejo Consultivo sesionará en cual- quier momento a pedido de su Presidente, del Superinten- dente Nacional, del Jefe de la Oficina Registral o de la mayoría de sus integrantes. El quórum para las reuniones será de la mitad más uno de sus miembros. Copia de las actas, acuerdos y/o propuestas deberán ser remitidos a la Superintendencia Nacional. Artículo 8º.- La Oficina Registral Ucayali prestará el apoyo técnico y logístico necesario para el funcionamiento del Consejo Consultivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1263GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PURÚS Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el año fiscal 2002 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 001-2002-MPP Puerto Esperanza, 4 de enero del 2002 VISTO, el Informe Nº 141-2001-MPP-OA-UASA, de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, de fecha 26 de diciembre del presente año, mediante el cual pre- senta el Proyecto del Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones de la Municipalidad Provincial de Purús, corres- pondiente al Año Fiscal 2002, para su respectiva aproba- ción; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, así como el Artículo 5º de su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, establecen que cada entidad del Estado elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones, el mismo que debe prever los Bienes, Servicios y Obras que se requerirán durante el Ejercicio Presupuestal correspondiente y el monto del Presupuesto requerido; Que, la Oficina de Administración, a través de la Uni- dad de Abastecimiento y en coordinación con la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización, han propues- to el documento señalado en Vistos, denominado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2002, que consolida la información de los Procesos de Selec- ción que se realizarán de acuerdo a los requerimientos formulados por las Unidades Orgánicas de la Municipali- dad Provincial de Purús, en concordancia con la R.D. Nº 033-2001-EF/76.01, que aprueba la Directiva Nº 009-2001- EF/76.01, para la Programación, Formulación y Aproba- ción de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2002, y que estará debidamen- te coberturado en el Presupuesto Municipal aprobado para el año 2002; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades que confiere el D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Único Orde- nado de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, y la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Purús, para el Año Fiscal 2002, que forma parte inte- grante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Proceder a la publicación de la presente Resolución de Alcaldía, que aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de ser aprobado el mismo. Artículo Tercero.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Purús, para el Año Fiscal 2002, estará a disposición de los intere- sados a un precio de reproducción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL SALDAÑA HOYOS Alcalde 1361