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Pág. 216121 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de enero de 2002 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 27643 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE AUT ORIZA TRANSFERENCIA DE P ARTIDAS ENTRE LOS PLIEGOS FONCODES, MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN SOCIAL Y PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Artículo 1º .- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presu- puesto del Sector Público para el año fiscal 2002, del plie- go FONCODES al pliego Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, hasta por la suma de CIEN MILLONES Y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000), conforme al si- guiente detalle: DE LA: SECCIÓN SEGUNDA :Instancias Descentralizadas PLIEGO :065 Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social UNIDAD EJECUTORA :001 Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social FUNCIÓN :05 Asistencia y Previsión Social PROGRAMA :014 Promoción y Asistencia Social y Comunitaria SUBPROGRAMA :0050 Promoción y Asistencia Comunitaria PROYECTO :00753 Proyecto de Emergencia Social Productiva - PESP FUENTE DE FINANCIAMIENTO :00 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 6.GASTOS DE CAPITAL 5 Inversiones 100 000 000 ========== TOTAL 100 000 000 A LA: SECCIÓN PRIMERA :Gobierno Central PLIEGO :012 Ministerio de Trabajo y Promoción Social UNIDAD EJECUTORA :005 Programa de Emergencia Social Productivo "A Trabajar Urbano" FUNCIÓN :15 Trabajo PROGRAMA :049 Prestaciones Laborales SUBPROGRAMA :0135 Empleo y Formación Profesional PROYECTO :00735 Proyecto de Emergencia Social Productivo - PESP FUENTE DE FINANCIAMIENTO :00 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)CATEGORÍA DEL GASTO 6.GASTOS DE CAPITAL 5 Inversiones 100 000 000 ========== TOTAL 100 000 000 ========== Artículo 2º .- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presu- puesto del Sector Público para el año fiscal 2002, del Plie- go Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego Ministe- rio de Trabajo y Promoción Social, hasta por la suma de SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 000 000), conforme al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA :Gobierno Central PLIEGO :001 Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA :05 Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa FUNCIÓN :03 Administración y Planeamiento PROGRAMA :006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA :0005 Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD :00110 Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO :00 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 5.GASTO CORRIENTE 3 Bienes y Servicios 6 000 000 ======== 6 000 000 A LA: SECCIÓN PRIMERA :Gobierno Central PLIEGO :012 Ministerio de Trabajo y Promoción Social UNIDAD EJECUTORA :03 Comisión de la Promoción de la Pequeña y Micro Empresa FUNCIÓN :03 Administración y Planeamiento PROGRAMA :006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA :0005 Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD :00110 Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO :00 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 5.GASTO CORRIENTE 3 Bienes y Servicios 6 000 000 ======== 6 000 000 Artículo 3º .- Obligación de Desagregar las Trans- ferencias de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el deta- lle de los ingresos que correspondan a las Transferencias de Partidas dispuestas en los artículos precedentes a ni- vel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subge- nérica del Ingreso y Específica del Ingreso. Los citados Anexos son remitidos a la Dirección Nacio- nal de Presupuesto Público dentro de los cinco (5) días siguientes de su aprobación. Artículo 4º .- Codificaciones Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus ve- ces de los Pliegos comprendidos en la presente Transfe- rencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Parti- das de Ingresos, así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5º .- Notas de Modificación Presupuestaria Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus ve- ces en los Pliegos, instruirán a las Unidades Ejecutoras, bajo su ámbito, para que elaboren las correspondientes