TEXTO PAGINA: 57
Pág. 216219 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de enero de 2002 Establecen montos por concepto de emisión mecanizada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios ORDENANZA Nº 061-CDLO Los Olivos, 15 de enero del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la continuación de la Sesión Ordinaria de fecha 14 de enero último, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 061-CDLO QUE ESTABLECE MONTOS A PAGAR POR CONCEPTO DE EMISIÓN MECANIZADA Y DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS Artículo Primero.- APROBAR, en S/. 8.00 (Ocho y 00/ 100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contri- buyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores o de determinación del Impuesto Predial del Ejercicio 2002. Para cada predio y/o Anexo inde- pendizado adicional se abonará S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho de emisión mecanizada. Artículo Segundo.- APROBAR en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión meca- nizada de actualización de valores, determinación del tri- buto y recibos de pago de los Arbitrios de Limpieza Públi- ca, Relleno Sanitario, Parques y Jardines Públicos y Sere- nazgo por cada predio y/o anexo independizado, corres- pondiente al ejercicio 2002. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Ren- tas, establecer los mecanismos más adecuados para la correcta aplicación de la presente Ordenanza y a la Uni- dad de Comunicaciones la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1447 Establecen beneficios de descuento al pago del valor del déficit de aportes del área objeto de habilitación urbana, para casos de regularización o recepción de obras ORDENANZA Nº 062-CDLO Los Olivos, 15 de enero del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la continuación de la Sesión Ordinaria de fecha 14 de enero último, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR MAYORIA, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 062-CDLO QUE ESTABLECE BENEFICIOS DE DESCUENTO AL PAGO DEL VALOR DEL DÉFICIT DE APORTES DEL ÁREA OBJETO DE LA HABILITACIÓN URBANA Artículo Primero.- La presente Ordenanza está orien- tada a los casos de regularización de Habilitaciones Urba-nas y de Recepción de Obras, siempre que se compruebe la inexistencia de áreas reservadas para cumplir con los aportes conforme al Reglamento Nacional de Construccio- nes. Artículo Segundo.- OTORGAR, hasta el 28 de febrero del presente año el BENEFICIO DEL 80% DE DESCUEN- TO AL VALOR DEL DÉFICIT DE APORTES DEL ÁREA OBJETO DE LA HABILITACIÓN URBANA (REGULARI- ZACIÓN Y/O RECEPCIÓN DE OBRAS) siempre y cuando se hubiere efectuado un pago a cuenta por dichos concep- tos dentro del plazo establecido en el Artículo 2º de la Or- denanza Nº 046-2001/CDLO. Artículo Tercero.- OTORGAR, hasta el 28 de febrero del presente año el BENEFICIO DEL 60% DE DES- CUENTO AL VALOR DE DÉFICIT DE APORTES DEL ÁREA OBJETO DE LA HABILITACIÓN URBANA (REGU- LARIZACIÓN Y/O RECEPCIÓN DE OBRAS), a todos los expedientes que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza se encuentren en proceso de evalua- ción por parte de la División de Catastro y aquellos que ingresen a trámite durante el período señalado. Artículo Cuarto.- Los beneficios señalados en los Ar- tículos 2º y 3º de la presente Ordenanza tendrán que ser cancelados en su totalidad hasta el 28 de febrero del pre- sente año, caso contrario pagarán el 100% DEL VALOR DEL DÉFICIT DE APORTES DEL ÁREA OBJETO DE LA HABILITACIÓN URBANA (REGULARIZACIÓN Y/O RE- CEPCIÓN DE OBRAS). Artículo Quinto.- ESTARÁN EXCEPTUADOS del pre- sente beneficio las Habilitaciones Urbanas en vías de re- gularización y recepción de obras que con antigüedad no menor de dos años hayan lotizado sus áreas de aportes reglamentarios; en este caso el pago será del 100% por déficit de aportes. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Dirección Munici- pal y Dirección de Desarrollo Urbano para que, a través de la División de Catastro, Control y Habilitaciones Urbanas, den cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones su debida difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1448 Amplían vigencia de amnistía para la regularización de licencias de construcción ORDENANZA Nº 063-CDLO Los Olivos, 15 de enero del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la continuación de la Sesión Ordinaria de fecha 14 de enero último, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 063-CDLO QUE AMPLÍA LA VIGENCIA DE LA AMNISTÍA DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- AMPLIAR, hasta el 28 de febrero del presente año, la vigencia de la Ordenanza Nº 50-2001/ CDLO que declara la AMNISTÍA DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS, para todos los propietarios de inmuebles que hayan reali- zado edificaciones, ampliaciones y modificaciones sin la respectiva autorización; en consecuencia, deberán proce-