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Pág. 216225 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de enero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 011-97-MDSA, publica- da en el Diario Oficial El Peruano el 4/1/98, el Concejo Municipal de turno aprobó el REGLAMENTO DE VENTA DE COMIDAS Y BEBIDAS en las playas de la jurisdicción del distrito; Que, la actual Administración Municipal, viene recibien- do reclamo del público veraneante, y de los propietarios de los comercios temporales formales establecidos en las pla- yas de la jurisdicción distrital, sobre la Venta Ambulatoria de bebidas y comidas, así como la limpieza e higiene; por lo que es función de la misma, ver lo referente, a fin de evitar enfermedades infectocontagiosas u accidentes; Que, habiendo sido aprobada y publicada en el Diario Oficial de la República, en el año 1998, la Ordenanza Nº 011-97-MDSA, la misma que tiene rango de Ley, es de po- testad de la actual Administración Municipal ratificar su vi- gencia; Estando a lo expuesto, y a lo previsto en el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; se, DECRETA: Artículo 1º.- Ratificar la vigencia de la Ordenanza Nº 011-97-MDSA de la Municipalidad Distrital de San Anto- nio, en todos sus extremos. Artículo 2º.- Conforme lo dispuesto, ofíciese a la Poli- cía Nacional y las Autoridades del Area de Salud, para el cumplimiento de la misma.Artículo 3º.- Publíquese el presente Decreto en el Dia- rio Oficial El Peruano, para conocimiento público. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. MAXIMO ADOLFO CHAUCA CHUMPITAZ Alcalde 1461 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo sus- crito con Brasil sobre cooperación en materia de prevención de consumo, control de producción y tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotró- picas Conforme a lo dispuesto en el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/20, comunica que el referido Acuerdo, suscrito el 28 de setiembre de 1999, ratificado por Decreto Supremo Nº 066-99-RE del 26 de noviembre de 1999 y publicado en el Diario Oficial El Peruano, al igual que el texto, el 27 de noviembre de 1999, entró en vigencia para ambas partes el 7 de enero del año 2002. 1516 SEPARATAS ESPECIALES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 0001-2002-OS/CD Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía OSINERG Nº 0001-2002-OS/CD publicada en Separata Especial, el día 18 de enero de 2002, página 215864. •En el Anexo Nº 3, Fórmulas de Actualización del VAD y Cargos Fijos, en el punto A) Factor de actualización (FAVAD- MT) del VADMT DICE: FAVADMT = AMT xIPM+ BMT xD+ CMT xIPCuxD+ DMT xIPAlxD IPM0D0IPCu0D0IPAl0D0 DEBE DECIR: FAVDMT = AMT xIPM+ BMT xD+ CMT xIPCuxD+ DMT xIPAIxD IPM0D0IPCu0D0IPAI0D0 •En el Anexo Nº 3, Fórmulas de Actualización del VAD y Cargos Fijos, en el punto B) Factor de actualización (FAVA- DBT) del VADBT DICE: FAVADBT = ABT xIPM+ BBT xD+ CBT xIPCuxD+ DBT xIPAlxD IPM0D0IPCu0D0IPAl0D0 DEBE DECIR: FAVDBT = ABT xIPM+ BBT xD+ CBT xIPCuxD+ DBT xIPAIxD IPM0D0IPCu0D0IPAI0D0