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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (28/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 218373 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de febrero de 2002 a la norma internacional IEC 514:1975; y, que las pruebas de los medidores se efectuarán de acuerdo a la norma an- tes indicada, en presencia del representante de ELECTRO ORIENTE S.A.; Que, la empresa Medición, Servicios y Productos S.A.C. mediante documento de fecha 17 de febrero de 2002, co- municó a ELECTRO ORIENTE S.A. que los medidores se encuentran listos para la inspección y pruebas respecti- vas; Que, el Directorio de ELECTRO ORIENTE S.A., con Acuerdo Nº 010-2002, autorizó el viaje del bachiller Eduar- do García Dávila, encargado del Área Técnica Comercial de la Unidad Empresarial Loreto, a la República de Brasil, del 28 de febrero al 5 de marzo de 2002, para participar en la inspección y pruebas mencionadas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Su- premo Nº 053-2001-PCM y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del bachiller Eduardo García Dávila, encargado del Área Técnica Comercial de la Unidad Empresarial Loreto, de ELECTRO ORIENTE S.A., a la República de Brasil, del 28 de febrero al 5 de marzo de 2002, para el fin a que se refiere la parte consi- derativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por la empresa Medición, Servicios y Productos S.A.C. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuesto o dere- chos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 4059ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de ADUANAS DECRETO SUPREMO Nº 023-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, señala la obligatoriedad para todas las en- tidades de la Administración Pública de aprobar y publicar sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, por Decreto Supremo Nº 073-2000-EF, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Aduanas TUPA - ADUANAS, según el anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Deróguese el Decreto Supremo Nº 073- 2000-EF publicado el 17 de julio del 2000. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas