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Pág. 222872 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de mayo de 2002 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 27719 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE RECONOCIMIENT O, DECLARACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS DERECHOS PENSIONARIOS LEGALMENTE OBTENIDOS AL AMP ARO DEL DECRET O LEY Nº 20530 Y SUS NORMAS MODIFICA TORIAS Y COMPLEMENT ARIAS Artículo 1º .- Del reconocimiento, declaración y pago de los derechos pensionarios del D.L. Nº 20530 El reconocimiento, declaración, calificación y pago de los derechos pensionarios legalmente obtenidos al amparo del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias y modificatorias, a cargo del Estado, son efectuadas en forma descentralizada por los Mi- nisterios, Organismos Públicos Descentralizados, Ins- tituciones Autónomas, Gobiernos Locales, Empresas Públicas y demás Entidades donde prestó servicios el beneficiario; entidades que tendrán la representación legal del Estado ante el Poder Judicial. Artículo 2º .- De las instancias administrativas Los titulares de las entidades públicas o quien haga sus veces, de la Institución correspondiente, determinará las instancias administrativas en forma descentralizada, acorde con la Nueva Ley del Procedimiento Administra- tivo General Nº 27444, al día siguiente de puesta en vi- gencia la presente Ley, siendo de conocimiento a nivel Central sólo el recurso impugnativo de Revisión que ema- ne de los departamentos de la República.Artículo 3º .- De los lineamientos, directivas y su- pervisión Encárguese al Ministerio de Economía y Finanzas la aprobación de los lineamientos y directivas para la aplica- ción uniforme de lo dispuesto en el Artículo 1º de la pre- sente Ley, así como el control administrativo y supervi- sión. Artículo 4º .- De la información de las resoluciones emitidas Las entidades a que se refiere el Artículo 1º de la pre- sente Ley, tienen la obligación de informar al Ministerio de Economía y Finanzas de las Resoluciones por reconoci- miento de derechos, bajo responsabilidad de sanción al Director General de Recursos Humanos o del funcionario que haga sus veces. Artículo 5º .- Del órgano de control El Órgano de Control Interno de cada Entidad Pública mensualmente deberá efectuar control posterior de la Calificación y Reconocimiento de las Pensiones, bajo res- ponsabilidad, dando cuenta al titular de la entidad y a la Contraloría General de la República de las observaciones y recomendaciones emitidas. Artículo 6º .- De las reprogramaciones presupues- tales Cada Entidad, de ser necesario, deberá efectuar las reprogramaciones presupuestales tendientes al pago des- centralizado de las pensiones, para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas, deberá transferir los fondos co- rrespondientes. Artículo 7º .- De las entidades privatizadas o disuel- tas El pago de las pensiones cuyo organismo de ori- gen del pensionista hubiera sido privatizado o disuel- to, correrá a cargo del Ministerio de Economía y Fi- nanzas. Artículo 8º .- De la nivelación y pago de las pen- siones El pago de las pensiones deberá efectuarse en el mes siguiente de producida la contingencia, de con- formidad al cronograma establecido para cada Sec- tor.ESSALUD Res. Nº 346-GG-ESSALUD-2002.- Modifican la Di- rectiva Nº 16-GG-ESSALUD-2001 referida al "Procedi- miento para Distribución, Emisión, Registro y Control de Certificados de Incapacidad Temporal para el Tra- bajo - CITT" 222938 INACC R.J. Nº 00825-2002-INACC/J.- Relación de concesiones mi- neras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de abril de 2002 222939 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO D.A. Nº 02-2002-MSS.- Autorizan venta de nichos del Cementerio Municipal 222939D.A. Nº 03-2002-MSS.- Aprueban Reglamento de Adminis- tración y Funciones del Cementerio Municipal 222940 Res. Nº 377-2002-RASS.- Aprueban proyectos de ha- bilitación urbana de terreno ubicado en el distrito 222940 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONDORCANQUI Acuerdo Nº 005-2002-MPC.- Ratifican vacancia del cargo de regidor de la Municipalidad 222942 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARPATA Res. Nº 030-2002-MDP.- Disponen adquirir insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante proceso de adjudica- ción directa de menor cuantía 222942