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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2003 (29/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

PÆg. 238082 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de enero de 2003 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 01772 Inician proceso administrativo disciplinario a ex Presidente Ejecutivodel CTAR Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 034-2003-PCM Lima, 27 de enero de 2003 Visto, el Informe Nº 009-2002-PCM/CEPAD-PE3-CTAR de la Comisión Especial Nº 3 de Procesos AdministrativosDisciplinarios constituida mediante Resolución MinisterialNº 480-2002-PCM, modificada por Resolución MinisterialNº 487-2002-PCM y el Informe Nº 021-2001-02-4695 de la Gerencia Regional de Auditoría Interna del Consejo Transi- torio de Administración Regional de Puno - CTAR Puno; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Regional de Auditoría Interna del Con- sejo Transitorio de Administración Regional Puno realizó el examen denominado "Examen Especial al Programa de Emergencia del Consejo Transitorio de Administración Re-gional de Puno - CTAR Puno"; período: marzo 2001 - setiem-bre 2001, cuyas conclusiones y recomendaciones se encuen-tran contenidas en el Informe Nº 021-2001-02-4695; Que, dicho Informe fue puesto en conocimiento del Ministerio de la Presidencia, con fecha 1 de febrero de 2002, mediante Oficio Nº 212-2002-CTAR- PUNO/ P defecha 28 de enero de 2002, expedido por la PresidenciaEjecutiva del Consejo Transitorio de Administración Re-gional de Puno - CTAR Puno; Que, una de las recomendaciones que se formulan en el informe indicado consiste en sugerir que se realice el deslinde de responsabilidad administrativa del señor Ing.Percy Reyes Martínez, ex Presidente Ejecutivo del CTARPuno durante el período comprendido entre el 24 de abrilde 2001 y el 12 de setiembre de 2001, quien habría contra-venido lo dispuesto en el artículo 7º, en los incisos d) del artículo 21º, e) del artículo 23º y, a) y d) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, además del artículo 139º delReglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrati-va, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, de conformidad con el artículo 167º del citado Re- glamento, el proceso administrativo disciplinario será ins- taurado por resolución del titular de la entidad o del funcio- nario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, de-biendo notificarse al servidor procesado en forma personalo publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del tér-mino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del díasiguiente de la expedición de dicha resolución; Que, el segundo párrafo del artículo 165º de la norma antes mencionada, establece que para el proceso de funcio-narios se constituirá una Comisión Especial integrada portres (3) miembros acordes con la jerarquía del procesado; Que, por otro lado, el artículo 175º señala que tam- bién son pasibles de ser sometidos a un proceso administrativo disciplinario, los funcionarios y servidores públicos, aun en el caso que haya concluido su vínculolaboral con el Estado; Que, el Decreto Supremo Nº 133-2002-PCM, autori- za al Presidente del Consejo de Ministros a constituir lasComisiones Especiales de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios que estime pertinentes, competentes para conocer las recomendaciones formuladas por los órga-nos de control sobre presunta responsabilidadadministrativa de Presidentes Ejecutivos, SecretariosTécnicos, ex Presidentes Ejecutivos y ex SecretariosTécnicos de los Consejos Transitorios de AdministraciónRegional, a instaurar los procesos administrativos disci- plinarios que se deriven de lo actuado por las citadasComisiones Especiales y a sancionar a quienes resultenresponsables; Que, en virtud a dicha norma, mediante Resolución Mi- nisterial Nº 480-2002-PCM de fecha 22 de diciembre de 2002, modificada por Resolución Ministerial Nº 487-2002- PCM de fecha 27 de diciembre de 2002, se constituyeronlas Comisiones Especiales de Procesos AdministrativosDisciplinarios de la Presidencia del Consejo de Ministrosque conocerán los procesos administrativos disciplinariosque se instauren contra los ex Presidentes Ejecutivos y Pre- sidentes Ejecutivos en funciones de los Consejos Transito- rios de Administración Regional - CTARs, así como tam-bién contra los ex Secretarios Técnicos y Secretarios Téc-nicos en funciones de dichas entidades; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Nº 3, constituida para conocer de los procesos administrativos disciplinarios que se instauren contra los ex Presidentes Ejecutivos y Presidentes Ejecutivos en funcio-nes y ex Secretarios Técnicos y Secretarios Técnicos en fun-ciones de los Consejos Transitorios de Administración Re-gional, en los casos en que se aprecie que los informes ela-borados por los órganos del Sistema Nacional de Control contienen recomendaciones que involucren exclusivamente a ex Presidentes Ejecutivos y Presidentes Ejecutivos en fun-ciones de los CTARs así como en los casos en los que invo-lucre simultáneamente a tales funcionarios y a ex Secreta-rios Técnicos y Secretarios Técnicos en funciones de losCTARs, resulta competente para conocer del proceso admi- nistrativo materia del presente caso; Que, luego de instalada la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Nº 3 y habiendoexaminado el Informe Nº 021-2001-02-4695, recomiendase instaure proceso administrativo disciplinario contra elex funcionario implicado, por lo que corresponde que se expida la respectiva Resolución del titular de la Presi- dencia de Consejo de Ministros; Estando a lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM ypor el Decreto Supremo Nº 133-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disciplinario contra el señor Ing. PERCY REYES MARTÍNEZ, ex Presi-dente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional de Puno - CTAR Puno, durante el período com- prendido entre el 24 de abril de 2001 y el 12 de setiembre de2001, por las causales expuestas en los informes de vistos yen la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Poner a disposición del procesado a que se refiere el artículo precedente, el Informe Nº 021- 2001- 02-4695 de la Gerencia Regional de Auditoría Interna del Consejo Transitorio de Administración Regional de Puno- CTAR Puno, para los fines a que se contraen el artículo168º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 01703 AGRICULTURA Lista de plaguicidas agrícolas con re- gistro vigente, plaguicidas químicos de uso agrícola y de productos biológicos formulados registrados y relación deplaguicidas restringidos y prohibidos SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 021-2003-AG-SENASA-DGSV Lima, 23 de enero de 2003