Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2003 (29/01/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 238082

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de enero de 2003

Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 01772

Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex Presidente Ejecutivo del CTAR MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 034-2003-PCM MORDAZA, 27 de enero de 2003 Visto, el Informe Nº 009-2002-PCM/CEPAD-PE3-CTAR de la Comision Especial Nº 3 de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 480-2002-PCM, modificada por Resolucion Ministerial Nº 487-2002-PCM y el Informe Nº 021-2001-02-4695 de la Gerencia Regional de Auditoria Interna del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA - CTAR Puno; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Regional de Auditoria Interna del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA realizo el examen denominado "Examen Especial al Programa de Emergencia del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA - CTAR Puno"; periodo: marzo 2001 - setiembre 2001, cuyas conclusiones y recomendaciones se encuentran contenidas en el Informe Nº 021-2001-02-4695; Que, dicho Informe fue puesto en conocimiento del Ministerio de la Presidencia, con fecha 1 de febrero de 2002, mediante Oficio Nº 212-2002-CTAR- PUNO/ P de fecha 28 de enero de 2002, expedido por la Presidencia Ejecutiva del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA - CTAR Puno; Que, una de las recomendaciones que se formulan en el informe indicado consiste en sugerir que se realice el deslinde de responsabilidad administrativa del senor Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo del CTAR MORDAZA durante el periodo comprendido entre el 24 de MORDAZA de 2001 y el 12 de setiembre de 2001, quien habria contravenido lo dispuesto en el articulo 7º, en los incisos d) del articulo 21º, e) del articulo 23º y, a) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, ademas del articulo 139º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, de conformidad con el articulo 167º del citado Reglamento, el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 165º de la MORDAZA MORDAZA mencionada, establece que para el MORDAZA de funcionarios se constituira una Comision Especial integrada por tres (3) miembros acordes con la jerarquia del procesado; Que, por otro lado, el articulo 175º senala que tambien son pasibles de ser sometidos a un MORDAZA administrativo disciplinario, los funcionarios y servidores publicos, aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado; Que, el Decreto Supremo Nº 133-2002-PCM, autoriza al Presidente del Consejo de Ministros a constituir las Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios que estime pertinentes, competentes para conocer las recomendaciones formuladas por los organos de control sobre presunta responsabilidad administrativa de Presidentes Ejecutivos, Secretarios Tecnicos, ex Presidentes Ejecutivos y ex Secretarios Tecnicos de los Consejos Transitorios de Administracion

Regional, a instaurar los procesos administrativos disciplinarios que se deriven de lo actuado por las citadas Comisiones Especiales y a sancionar a quienes resulten responsables; Que, en virtud a dicha MORDAZA, mediante Resolucion Ministerial Nº 480-2002-PCM de fecha 22 de diciembre de 2002, modificada por Resolucion Ministerial Nº 487-2002PCM de fecha 27 de diciembre de 2002, se constituyeron las Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Presidencia del Consejo de Ministros que conoceran los procesos administrativos disciplinarios que se instauren contra los ex Presidentes Ejecutivos y Presidentes Ejecutivos en funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional - CTARs, asi como tambien contra los ex Secretarios Tecnicos y Secretarios Tecnicos en funciones de dichas entidades; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Nº 3, constituida para conocer de los procesos administrativos disciplinarios que se instauren contra los ex Presidentes Ejecutivos y Presidentes Ejecutivos en funciones y ex Secretarios Tecnicos y Secretarios Tecnicos en funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, en los casos en que se aprecie que los informes elaborados por los organos del Sistema Nacional de Control contienen recomendaciones que involucren exclusivamente a ex Presidentes Ejecutivos y Presidentes Ejecutivos en funciones de los CTARs asi como en los casos en los que involucre simultaneamente a tales funcionarios y a ex Secretarios Tecnicos y Secretarios Tecnicos en funciones de los CTARs, resulta competente para conocer del MORDAZA administrativo materia del presente caso; Que, luego de instalada la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Nº 3 y habiendo examinado el Informe Nº 021-2001-02-4695, recomienda se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra el ex funcionario implicado, por lo que corresponde que se expida la respectiva Resolucion del titular de la Presidencia de Consejo de Ministros; Estando a lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y por el Decreto Supremo Nº 133-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra el senor Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA - CTAR MORDAZA, durante el periodo comprendido entre el 24 de MORDAZA de 2001 y el 12 de setiembre de 2001, por las causales expuestas en los informes de vistos y en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Poner a disposicion del procesado a que se refiere el articulo precedente, el Informe Nº 021- 200102-4695 de la Gerencia Regional de Auditoria Interna del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA - CTAR MORDAZA, para los fines a que se contraen el articulo 168º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 01703

AGRICULTURA
Lista de plaguicidas agricolas con registro vigente, plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y de productos biologicos formulados registrados y relacion de plaguicidas restringidos y prohibidos
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 021-2003-AG-SENASA-DGSV MORDAZA, 23 de enero de 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.