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PÆg. 239332 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de febrero de 2003 PODER EJECUTIVO P C M Modifican pÆrrafo del Art. 39” del Reglamento de la Ley del Consejo Na-cional de la Juventud DECRETO SUPREMO Nº 015-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, con el objeto de definirel funcionamiento de los organismos componentes del Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU, según lo establecido en la Ley Nº 27802 - Ley del Consejo Nacio-nal de la Juventud; Que, el Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU, es la denominación que se da al sistema constituido porel conjunto de organismos, órganos, políticas, normas, planes y programas interrelacionados con la finalidad de lograr el desarrollo integral de la juventud; conformadopor el Comité de Coordinación del CONAJU, la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, el Consejo de Participa- ción de la Juventud - CPJ, los órganos encargados de lapromoción, asesoría y consulta en materia de juventud en los Gobiernos Locales; Gobiernos Regionales y or- ganismos de nivel nacional, así como por las organiza-ciones juveniles y las instituciones privadas que realizan trabajos en materia de juventud; Que, el artículo 33º del citado Reglamento señala que el Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, es un organismo de representación, concertación y participación democrática de la juventud que forma par-te del CONAJU. Se constituye en Asamblea y tiene por objeto recepcionar, formular y proponer políticas e ini- ciativas orientadas a la promoción y desarrollo integralde la juventud; Que, forma parte de la estructura orgánica del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ el Pleno y el Con-sejo Directivo; Que, conforme al artículo 39º del Reglamento de la Ley Nº 27802, el Pleno del Consejo de Participación de laJuventud - CPJ está integrado por ochenta (80) jóve- nes. Se reúne ordinariamente dos veces al año; cadauna de las reuniones tiene una duración máxima de 10 días; la primera plenaria se efectúa en la segunda quin- cena del mes de enero y la segunda en la primera quin- cena del mes de agosto de cada año; Que, resulta necesario establecer plazos menores entre la realización de la primera y segunda plenaria del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ y, enconsecuencia, modificar el artículo 39º del Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política, el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivomodificado por Ley Nº 27779; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- De la modificación Modifícase el segundo párrafo del artículo 39º del Reglamento de la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacio- nal de la Juventud, aprobado por Decreto Supremo Nº106-2002-PCM, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 39º.- Del Pleno del CPJ. (...) Se reúne ordinariamente dos veces al año. Cada una de las reuniones tiene una duración máxima de 10 días. La primera plenaria se efectúa en la segunda quincena del mes de marzo; y, la segunda, en la primera quincenadel mes de agosto de cada año. (...)" Artículo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro deComercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisie- te días del mes de febrero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03239GOBIERNOS REGIONALES Res. Nº 079-2003-GRSM/PGR.- Aprueban Plan Anual de Con- trataciones y Adquisiciones del Gobierno Regional San Martínpara el Ejercicio Fiscal 2003 239376 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Fe de Erratas de la R.D. Nº 003-2003-MDLO/DM 239376 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA R.A. Nº 060-03-MDP/AL.- Designan Ejecutor Coactivo de la municipalidad 239376 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO R.A. Nº 065-2003-ALC/MSI.- Autorizan viaje de regidores a Ecuador, en comisión de servicios 239377MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Acuerdo Nº 008-2003-MDSA.- Declaran en situación de urgencia la adquisición de combustible para las unidades vehiculares de lamunicipalidad 239377 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Fe de Erratas del D.A. Nº 001-2003-MDB 239378 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACOCHA R.A. Nº 060-2003-MDP.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el Ejercicio Fiscal 2003 239378 CONVENIOS INTERNACIONALES Convenio de Cooperación sobre Turismo.- Entrada en vigencia del "Convenio de Cooperación en el Área del Turismo entre elGobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Repúblicade Corea" 239378