Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (18/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 239347 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de febrero de 2003 dente, en el plazo máximo de quince días útiles, a partir de la fecha. Artículo 4º.- Cumplimiento de la fase de Prein- versión Precísese que los proyectos, cuya viabilidad sea declarada en uso de la delegación autorizada por la pre-sente norma, deberán observar: a) Todos los requisitos exigidos para la elaboración y aprobación de los estudios de preinversión, de acuerdo a los Contenidos Mínimos aprobados como anexos a la Directiva General del Sistema Nacional de InversiónPública; y, b) Las recomendaciones señaladas en los Informes Técnicos emitidos por la Oficina de Programación e In-versiones del Sector y por la Dirección General de Pro- gramación Multianual, como requisito previo a la autori- zación del conglomerado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 03203 Modifican R.M. N” 421-2002-EF-15, que delega facultades para declarar la viabilidad de proyectos de inversión pœ- blica a las oficinas de programación einversiones de los sectores y a los go-biernos regionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 067-2003-EF/15 Lima, 17 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Siste- ma Nacional de Inversión Pública, dispone que el Minis- terio de Economía y Finanzas a través de la Oficina deInversiones es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta las nor- mas técnicas, métodos y procedimientos que rigen losProyectos de Inversión Pública; Que, el Artículo 9º de la Ley Nº 27293, Ley del Siste- ma Nacional de Inversión Pública, dispone que el Minis-terio de Economía y Finanzas a través de la Oficina de Inversiones califica la viabilidad de los proyectos que se encuentren en la fase de Preinversión, pudiendo delegara los sectores esta atribución total o parcialmente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF- 15 se modificó el Reglamento de Organización y Funcio-nes del Ministerio de Economía y Finanzas, como conse- cuencia de la reestructuración organizativa institucional, aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001-EF; dispo-niéndose que la Dirección General de Programación Multi- anual del Sector Público desarrolle las funciones de la Ofi-cina de Inversiones que le fueran asignadas en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, que aprue- ba el nuevo Reglamento de la Ley del Sistema Nacional deInversión Pública dispone en el numeral 3.3. de su Artículo 3º que la facultad para declarar la viabilidad puede ser objeto de delegación y que dicha delegación incluye la fa-cultad para aprobar los estudios de preinversión y para determinar el nivel de estudios requeridos; aprobándose mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economíay Finanzas a propuesta de la Dirección General de Progra- mación Multianual del Sector Público; Que, es necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 421-2002-EF-15 mediante la cual se delegaron facul- tades para declarar la viabilidad de Proyectos de Inver- sión Pública a las Oficinas de Programación e Inversio-nes de los Sectores y a los Gobiernos Regionales, con el objeto de actualizar la tipología y monto de los proyectos; Que, el segundo párrafo del numeral 5.7. del Artículo 5º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, establece que los Go- biernos Regionales con acuerdo de sus Consejos Re-gionales, quedan facultados para evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos de inversión pública que se enmarquen en las disposiciones sobre delegación defacultades que para tal efecto emita el ente rector del Sistema Nacional de Inversión Pública; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas y la Ley Nº 27293 y el Decreto Supre- mo Nº 157-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificación del Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 421-2002-EF-15 Modificar el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 421-2002-EF-15, publicada el dieciocho de octubre delaño 2002, mediante la cual se delegaron facultades para declarar la viabilidad de Proyectos de Inversión Pública a las Oficinas de Programación e Inversiones de losSectores y a los Gobiernos Regionales, sustituyendo su texto por el siguiente: “Artículo 2º.- Tipología de Proyectos 2.1. En el caso de la delegación a favor de las Oficinas de Programación e Inversiones de los Sectores, se aplica-rá a los Proyectos de Inversión Pública cuya evaluación corresponda a dicho Sector, de acuerdo al Clasificador de Responsabilidad Funcional del Sistema Nacional de Inver-sión Pública, Anexo SNIP 08 de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Re- solución Directoral Nº 012-2002-EF-68.01, modificado porla Resolución Directoral Nº 001-2003-EF-68.01 2.2. En todos los casos, la delegación sólo podrá ser utilizada para la declaración de viabilidad de aquellos Pro-yectos de Inversión Pública enmarcados en los tipos se- ñalados en el siguiente listado, que cumplan con los requi- sitos enunciados en el artículo precedente y se enmar-quen en los montos máximos establecidos para Sectores (delegación hecha a las Oficinas de Programación e Inver- siones de cada Sector) o para Gobiernos Regionales (de-legación hecha a los Titulares de Pliego de los Gobiernos Regionales previo acuerdo de sus Consejos Regionales): LA DELEGACIÓN SE ENTENDERÁ HECHA A FAVOR DE GOBIERNO TIPO DE PROYECTO SECTOR REGIONAL SIEMPRE QUE EL SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL NO MONTO TOTAL NO SUPERE LOS S/. SUPERE LOS S/. REHABILITACIÓN O MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE AGUA 2 000 000.00 800 000.00 POTABLE Y SANEAMIENTO EN ÁREA URBANA REHABILITACIÓN O MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE AGUA 1 000 000.00 500 000.00 POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL O DE PEQUEÑAS CIUDADES DRENAJE PLUVIAL URBANO 3 000 000.00 1000 000.00 REHABILITACIÓN O MEJORAMIENTO DE CAMINOS RURALES 5 000 000.00 1 500 000.00 REHABILITACIÓN O MEJORAMIENTO DE CAMINOS DE HERRADURA 2 000 000.00 800 000.00 CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN O MEJORAMIENTO DE PUENTES 2 000 000.00 1 300 000.00 DE LA RED VIAL VECINAL