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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (21/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

PÆg. 239494 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de febrero de 2003 P C M Incorporan al Presidente Regional de Ancash en el Consejo Directivo y en el ComitØ Ejecutivo del Fondo de Inver- siones para el Desarrollo de Ancash DECRETO SUPREMO Nº 017-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2002-PRES, modificado por el Decreto Supremo Nº 103-2002-PCM, se constituye el Fondo de Inversiones para el Desarrollo de Ancash para la ejecución de proyectos estratégicosde infraestructura económica y social de dicho departamento, señalando que será administrado por un Consejo Directivo y un Comité Ejecutivo, contando entresus miembros, para el efecto, con el Presidente del Con- sejo Transitorio de Administración Regional de Ancash - CTAR Ancash; Que, mediante Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se dispone la desactivación y la ex- tinción de los Consejos Transitorios de AdministraciónRegional a más tardar el 31 de diciembre del año 2002; Que, asimismo, la Ley de Bases de la Descentraliza- ción en su Primera Disposición Transitoria establece quelas autoridades de los Gobiernos Regionales se instala- rán y asumirán sus cargos, previo juramento, el 1 de enero del año 2003; Que, resulta necesario adecuar la conformación del Consejo Directivo, así como del Comité Ejecutivo, del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de Ancash, enel marco del proceso de descentralización y de la instala- ción de los nuevos Gobiernos Regionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779; Ley Nº 27783; Decreto Supremo Nº 007-2002-PRES, modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 103-2002-PCM; De-creto Supremo Nº 018-2002-PRES y Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Incorporación del Presidente Regio- nal en el Consejo Directivo del Fondo de Inversio-nes para el Desarrollo de Ancash Modifíquese el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 007-2002-PRES, modificado por el artículo 1º del Decre-to Supremo Nº 103-2002-PCM, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 5º.- Sobre el Consejo Directivo El Consejo Directivo tiene las siguientes funciones:a) Supervisa el cumplimiento de las finalidades del Fondo; b) Ejecuta las acciones necesarias para el incre- mento del Fondo; c) Efectúa el planeamiento y priorización de las deman- das adicionales al Plan Estratégico de Desarrollo del departamento de Ancash; y d) Aprueba su Estatuto de Funcionamiento. El Consejo Directivo está compuesto por las siguien- tes personas: a) El Presidente del Consejo Nacional de Descen- tralización o su representante, quien lo preside; b) El Ministro de Economía y Finanzas o su repre- sentante; c) El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante; d) El Ministro de Vivienda, Construcción y Sanea- miento o su representante;e) El Ministro de Energía y Minas o su representante; f) El Ministro de la Producción o su representante; g) El Viceministro de Turismo del Ministerio de Comer- cio Exterior y Turismo o su representante; h) El Ministro de Agricultura o su representante; i) El Ministro de Educación o su representante; j) Un representante de PROINVERSIÓN;k) El Presidente del Gobierno Regional de Ancash o su representante; l) Un representante de la Cámara de Comercio, Indus- tria y Turismo de Ancash; m) Un representante de las Municipalidades de la Subregión Costa Pacífico; n) Un representante de las Municipalidades de la Subregión Callejón de Huaylas; y, o) Un representante de las Municipalidades de la Subregión Callejón de Conchucos. El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Descentralización actuará como Secretario Técnico delConsejo Directivo." Artículo 2º.- Incorporación del Presidente Regio- nal en el Comité Ejecutivo del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de Ancash Modifíquese el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 007-2002-PRES modificado por el artículo 2º del Decre- to Supremo Nº 103-2002-PCM, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 6º.- Sobre el Comité Ejecutivo El Comité Ejecutivo tiene las siguientes funciones: a) Determina la prioridad de los proyectos de desa- rrollo que se ejecutarán; b) Aprueba la ejecución de los proyectos; c) Determina la Unidad Ejecutora de los proyectos; d) Supervisa la ejecución de los proyectos;e) Aprueba los contratos y convenios que sean ne- cesarios para el cumplimiento de las finalidades del Fon- do; f) Aprueba su régimen de funcionamiento; y, g) Las otras que le sean asignadas. El Comité Ejecutivo está compuesto por las siguien- tes personas: a) El Presidente del Consejo Nacional de Descen- tralización o su representante, quien lo preside; b) El Ministro de Energía y Minas o su representante;c) El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante; d) El Presidente del Gobierno Regional de Ancash o su representante; y, e) El representante elegido entre los miembros del Consejo Directivo que actúan por el departamento deAncash." Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Eco-nomía y Finanzas, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro dela Producción, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Educación y por el Ministro de Comercio Exterior y Tu- rismo. Dado, en la Casa de Gobierno a los veinte días del mes de febrero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas y Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas