Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2003 (21/02/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 239498

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de febrero de 2003

Articulo 4º.- Disponer que se remita una MORDAZA del Plan a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa PROMPYME por el medio de comunicacion mas rapido y en un plazo no mayor de diez (10) dias a partir de su aprobacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA PINAZO Encargado de la Direccion 03364

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 002 - Estacion Experimental Donoso - Huaral, del Pliego 163 - INIA correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2003
E.E. DONOSO - CENTRO DE INVESTIGACION Y CAPACITACION HORTICOLA "KIYOTADA MIYAGAWA" RESOLUCION DIRECTORAL Nº 008-2003-INIA-E.E.D.CICH-KM-H-ADM/D
Huaral, 14 de febrero de 2003 VISTO: El Oficio Nº 012-2003-INIA.EED.CICH.KM.H.ADM/AL, del Responsable del Area de Logistica mediante el cual propone el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para la Unidad Ejecutora 002 - Estacion Experimental Donoso, del Pliego 163 - Instituto Nacional de Investigacion Agraria, Ejercicio Presupuestal 2003; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, la Estacion Experimental Donoso del Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA, ha elaborado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2003, en el que se preve los bienes y servicios que se requeriran durante dicho ejercicio y el monto del presupuesto requerido, que sera aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, la Directiva Nº 022-2001--CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones del Estado y la remision de dicha informacion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE; Que, el Articulo 32º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, establece los montos para la determinacion de los procesos de seleccion; Que, mediante el Oficio del Visto, el Area de Logistica de la Oficina de Administracion ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003, en el cual se consolida la informacion relativa a la adquisicion y contratacion de bienes y servicios que realizara en funcion a sus objetivos y metas trazadas, la Unidad Ejecutora 002 - Estacion Experimental Donoso Huaral, Sede Central del Pliego 163; Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA durante el ano fiscal 2003, sobre las bases de los Formatos de requerimientos formulados por las distintas Oficinas, el mismo que es necesario aprobar; De conformidad con el Articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF -INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-AG y con la visacion de la Oficina de Administracion; SE RESUELVE Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 002 - Estacion

Experimental Donoso - Huaral, del Pliego 163 - Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2003, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Plan Anual a que se refiere el articulo precedente se ponga a disposicion del publico, de conformidad con lo establecido por el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en el Area de Logistica, sito en Carretera Chancay Huaral Km. 5.6. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 4º.- Remitir un (1) Ejemplar del Plan Anual al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA PIANA Director 03302

DEFENSA
Dictan disposiciones para revalidacion de documentos y MORDAZA de certificado de examen medico de pescadores mayores de 60 anos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0832-2002/DCG
31 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que el Articulo 3º de la Ley Nº 26620, Ley de Control de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, de fecha 7.junio.1996, establece que corresponde a la Autoridad Maritima aplicar y hacer cumplir dicha Ley, sus normas reglamentarias, las regulaciones de los sectores competentes, los Convenios y otros Instrumentos Internacionales ratificados por el Estado Peruano referidos al ambito de la citada Ley; Que el Articulo A-010501, numerales (04), (11), (16), y (36) del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP de fecha 25.mayo.2001; indica que es funcion de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas dictar las normas complementarias y emitir resoluciones sobre asuntos de su competencia relativos a las actividades maritimas, fluviales y lacustres; velar por la seguridad de la MORDAZA humana en el mar, MORDAZA y MORDAZA navegables; registro y expedicion de los titulos y documentacion correspondiente; asi como dictar las normas y disposiciones complementarias que MORDAZA requeridas para la aplicacion del Reglamento y el cumplimiento de sus funciones; Que el Articulo E-010202 del Reglamento de la Ley de Control en mencion, establece que el personal de pesca esta constituido por los matriculados ante la Autoridad Maritima y que cuenten con el correspondiente titulo, carne y libreta de embarco vigentes, debiendo revalidarlos cada tres (3) anos; Que el Procedimiento A-17 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA TUPAM-15007 establece los requisitos para la revalidacion del titulo, libreta de embarco y carne para el personal de pesca cada tres (3) anos; Que con Resolucion Directoral Nº 0162-93/DCG de fecha 21.junio.1993 se dispuso en el parrafo tres (3) de la parte resolutiva, que a partir de los 60 anos de edad, el Patron de Pesca debera renovar su matricula anualmente; criterio establecido por la Autoridad Maritima a fin de verificar la condicion psicofisica de los mismos en forma mas continua, en razon de que su condicion fisica puede verse mermada mucho mas rapidamente como consecuencia de su edad y los largos anos del medio de trabajo;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.