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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G34/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de noviembre de 2003 AGRICULTURA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G52/G45/G4E/G41/G20/G61 /G4A/G61/G70/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G22/G49/G49/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G50/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G2D /G6E/G69/G6F/G20/G53/G75/G63/G65/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G61/G64/G65/G72/G61/G73/G20/G54/G72/G6F/G70/G69/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G28/G4F/G49/G4D/G54/G29/G64/G65/G20/G31/G39/G39/G34/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0804-2003-AG Lima, 5 de noviembre de 2003 VISTO:El Oficio Nº 1239-2003-INRENA-J-OAJ, de fecha 22 de octubre de 2003, cursado por el Jefe del Instituto Nacionalde Recursos Naturales - INRENA, solicitando autorizaciónde viaje; y, CONSIDERANDO:Que, el INRENA es la autoridad pública encargada de realizar y promover las acciones necesarias para el apro-vechamiento sostenible de los recursos naturales renova-bles, la conservación de la diversidad biológica silvestre yla gestión sostenible del medio ambiente rural, medianteun enfoque de ordenamiento territorial por cuencas y sugestión integrada; estableciendo alianzas estratégicas conel conjunto de actores sociales y económicos involucra-dos; Que, mediante Facsímil (SME-DDS) Nº 167, de fecha 1 de setiembre de 2003, remitido por la Dirección de Desa-rrollo Sostenible del Ministerio de Relaciones Exteriores,mediante el cual se transmite al Dr. César Álvarez Falcón,Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRE-NA, la comunicación del Director Ejecutivo de la Organiza-ción Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT), so-bre la realización de la "II Reunión del Comité Preparatoriopara el Convenio Sucesor de la Organización Internacio-nal de las Maderas Tropicales (OIMT) de 1994", que sellevará a cabo en la ciudad de Yokohama, Japón, del 10 al12 de noviembre de 2003; Que, mediante Oficio Nº 1204-2003-INRENA-J-IFFS, de fecha 15 de octubre de 2003, remitido a la Dirección deDesarrollo Sostenible del Ministerio de Relaciones Exte-riores, el Dr. César Alvarez Falcón, Jefe del Instituto Na-cional de Recursos Naturales - INRENA, confirma su asis-tencia a la "II Reunión del Comité Preparatorio para el Con-venio Sucesor de la Organización Internacional de lasMaderas Tropicales (OIMT) de 1994"; Que, la Organización Internacional de las Maderas Tro- picales (OIMT) solventará los costos de traslado y estadíaque irrogue la asistencia del Jefe del INRENA en el referi-do evento; Que, dada la relevancia del tema a tratarse en la men- cionada Reunión, es necesario otorgar la autorización deviaje correspondiente y encargar las funciones de la Jefa-tura del INRENA mientras dure la ausencia del titular; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servi- cios, del Dr. César Álvarez Falcón, Jefe del Instituto Nacio-nal de Recursos Naturales - INRENA, del 10 al 14 de no-viembre de 2003, para que participe en la "II Reunión delComité Preparatorio para el Convenio Sucesor de la Orga-nización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT)de 1994", que se llevará a cabo en la ciudad de Yokohama,Japón. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, no ocasionarán des-embolso alguno al Tesoro Público, siendo asumidos en suintegridad por la Organización Internacional de las Made-ras Tropicales (OIMT).Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestoso derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar las funciones de la Jefatura del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, al Eco.Félix Amadeo Rivera Lecaros, Gerente General del INRE-NA, mientras dure la ausencia del titular. Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días de culmi- nado el evento, el Dr. César Álvarez Falcón, deberá presen-tar al Despacho del señor Ministro de Agricultura, un infor-me detallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura 20398 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G50/G45/G54/G54/G20/G64/G65 /G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0806-2003-AG Lima, 5 de noviembre de 2003 VISTO: El Oficio Nº 1286-2003-AG-PETT-DE, de fecha 17 de octubre de 2003, del Director Ejecutivo del Proyecto Espe-cial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se crea el Proyecto Especial Ti-tulación de Tierras y Catastro Rural - PETT; Que, por Resolución Ministerial Nº 0050-2003-AG del 17 de enero de 2003, se designó al Ing. Juan Víctor AscoyVergara, como Jefe de la Oficina PETT de Ejecución Re-gional de Lambayeque; Que, por necesidad del servicio es conveniente dar por concluida la designación del citado funcionario; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Nº 27594 y Decreto Supremo Nº 064-2000-AG, modificadopor Decreto Supremo Nº 063-2002-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación del Ing. Juan Víctor Ascoy Vergara, en el car-go de Jefe de la Oficina PETT de Ejecución Regional Lam-bayeque. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Dr. Luis Eloy Vallejos Andaluz, como Jefe de la Oficina PETT deEjecución Regional Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura 20396 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G5A/G4F/G46/G52/G41/G54/G41/G43/G4E/G41/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G69/G72/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G61/G6C/G49/G50/G44/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G2D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G93/G45/G73/G74/G61/G64/G69/G6F /G4D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G94 DECRETO SUPREMO Nº 024-2003-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA