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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G34/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de noviembre de 2003 S.A. la concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Lima y la Provincia Cons-titucional del Callao, así como la correspondiente autoriza-ción para la suscripción del Contrato BOOT de Concesiónde Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Limay Callao (el contrato BOOT); Que, Transportadora de Gas del Perú S.A., en su cali- dad de empresa concesionaria, suscribió con fecha 5 dediciembre de 2000, un Convenio de Estabilidad Jurídicacon la Comisión Nacional de Inversiones y TecnologíasExtranjeras - CONITE; Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-EM del 29 de abril de 2002, se aprobó la Cesión del Contrato BOOTa favor de la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.R.L.,adquiriendo ésta la calidad de "Nueva Sociedad Concesiona-ria". En atención a ello, con fecha 2 de mayo de 2002, sesuscribió un Addendum de Cesión de Posición Contractual,mediante el cual se cedió el Convenio de Estabilidad Jurídicasuscrito por la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A.a favor de la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.R.L.; Que, mediante escritos de fechas 7 de agosto de 2002 y 18 de noviembre de 2002, Gas Natural de Lima y CallaoS.R.L. solicitó aumentar US$ 20 000 000,00 (veinte millo-nes y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América)al monto de la inversión inicial comprometida de acuerdocon el numeral 1 de la Cláusula Segunda del Convenio deEstabilidad Jurídica, asumiendo un compromiso de inver-sión total de US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100dólares de los Estados Unidos de América); Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal d) del Artículo 30º del Reglamento de los Regímenes de Ga-rantía a la Inversión Privada, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 162-92-EF, y el Artículo 1º del Decreto Supre-mo Nº 136-97-EF, la suscripción del Convenio de Estabili-dad Jurídica, tratándose de una empresa receptora de in-versión, se efectuará conjuntamente por el Ministro delSector correspondiente o quien éste designe y por la Co-misión Nacional de Inversiones y Tecnologías Extranjeras- CONITE (hoy Proinversión); Que, en consecuencia, corresponde autorizar al inge- niero Gustavo Navarro Valdivia, Director General de Hidro-carburos del Ministerio de Energía y Minas a suscribir enrepresentación del Estado Peruano, el Acuerdo de Modifi-cación Parcial del mencionado Convenio de EstabilidadJurídica, para los fines antes expuestos; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº025-2003-EM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al ingeniero Gustavo Nava- rro Valdivia, Director General de Hidrocarburos del Minis- terio de Energía y Minas, a suscribir el Acuerdo de Modifi-cación Parcial del Convenio de Estabilidad Jurídica cele-brado entre el Estado Peruano y la empresa Gas Naturalde Lima y Callao S.R.L. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 20351 INTERIOR /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G44/G2E/G53/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G30/G39/G20/G79/G20/G30/G31/G30/G2D /G32/G30/G30/G33/G2D/G49/G4E DECRETO SUPREMO Nº 014-2003-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, con fecha 24 de setiembre de 2003 se publicaron en el Diario Oficial El Peruano, los Decretos Supremos Nº009-2003-IN y Nº 010-2003-IN, mediante los cuales se declararon en reestructuración el Servicio de Sanidad dela Policía Nacional del Perú y el Fondo de Salud para elPersonal de la Policía Nacional y Sanidad - FOSPOLI; Que, debido a un error material, se consignaron como fechas de suscripción de dichos dispositivos legales, el 21de setiembre de 2003; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Eje-cutivo, así como el Decreto Legislativo Nº 370, Ley Orgáni-ca del Ministerio del Interior; DECRETA:Artículo 1º.- Rectificación de fecha del Decreto Su- premo Nº 009-2003-IN Rectifíquese la fecha del Decreto Supremo Nº 009-2003- IN, publicado el 24 de setiembre de 2003, debiendo modifi-carse con el siguiente texto: "Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieci- nueve días del mes de setiembre del año 2003." Artículo 2º.- Rectificación de fecha del Decreto Su- premo Nº 010-2003-IN Rectifíquese la fecha del Decreto Supremo Nº 010-2003- IN, publicado el 24 de setiembre de 2003, debiendo modifi-carse con el siguiente texto: "Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieci- nueve días del mes de setiembre del año 2003." Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, a los tres días del mes de noviembre del dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 20359 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G2D /G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G6C/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/GE9/G63/G2D/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G62/G6C/G65/G61/G64/G6F/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G2D /G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2002-2003-IN Lima, 3 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 1016-2002-IN/ 0102, del 21 de noviembre del 2002, los procesos de licita-ción pública y/o concurso público del Ministerio del Interior,se incluyeron en el Sistema de Evaluación Internacionalde Procesos de la Organización de las Naciones Unidas -UNOPS, a efectos de que este sector pueda adquirir conprontitud, los medios necesarios para cumplir con sus ob-jetivos; Que, con la Resolución Ministerial Nº 2144-2002-IN-O, del 28 de noviembre del 2002, se aprobó el "Convenio deServicios de Gestión y otros Servicios de Apoyo a la Ges-tión del Ministerio del Interior" suscrito por el titular de estesector y el representante del Programa de las NacionesUnidas para el Desarrollo; Que, en la parte relativa a la "Lista de Tareas" del Apén- dice II del referido Convenio se estableció que las Especi-ficaciones Técnicas para la ejecución de los procesos de