Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2003 (16/09/2003)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, martes 16 de setiembre de 2003

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28068
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Asociacion de Radio y Television del Peru. Consejo de la Prensa Peruana. Colegio de Periodistas del Peru. Facultades de Ciencias de la Comunicacion de las universidades del pais.

Articulo 5º.- Funciones de la Comision Especial La Comision Especial tendra las siguientes funciones: - Fijar la fecha de convocatoria y de premiacion. - Establecer las categorias y condiciones en las que se otorgan los premios. - Designar anualmente a los miembros del MORDAZA calificador compuesto por cinco personalidades de reconocida trayectoria y vinculados con el tema materia del premio. - Obtener donaciones y suscribir convenios, a fin de solventar los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Ley. - Coordinar con el Congreso de la Republica en lo que fuera necesario, para la organizacion de los eventos anuales que programe la Comision. - Elaborar su reglamento. Articulo 6º.- Instalacion de la Comision Especial 6.1 La Comision Especial constituida en el articulo 4º, se instala dentro de los 30 dias contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley. 6.2 La Comision Especial elabora su reglamento en el plazo de 30 dias contados a partir de su instalacion. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de agosto de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de setiembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 17105

LEY QUE CREA EL PREMIO NACIONAL PROMOCION DE VALORES HUMANOS Y CONCIENCIA NACIONAL EN LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL
Articulo 1º.- Creacion y objetivo 1.1 Crease el Premio Nacional "Promocion de Valores Humanos y Conciencia Nacional" - PROVAL, en los medios de comunicacion social. 1.2 El premio reconoce la labor de los medios de comunicacion social masivos, en la promocion y difusion de valores como la identidad nacional, respeto de la ley, solidaridad, fraternidad, la familia, la MORDAZA y otros valores eticos y MORDAZA, el fomento a la conciencia nacional respecto de nuestra historia, geografia y cultura. Articulo 2º.- Convocatoria al Concurso El Congreso de la Republica a traves de una Comision Especial, es el encargado de organizar y convocar al Concurso Nacional de Promocion de Valores Humanos y Conciencia Nacional en los Medios de Comunicacion Social. Articulo 3º.- Premio El Premio Nacional PROVAL es otorgado anualmente y consiste en un reconocimiento nacional y otros estimulos que la Comision Especial organizadora estime apropiados. Articulo 4º.- Conformacion de la Comision Especial Constituyese una Comision Especial conformada por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Congreso de la Republica, quien la preside. Ministerio de Educacion. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Consejo de Colegios Profesionales del Peru.

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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