Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (16/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 5

PÆg. 251403 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 018-96-CG/CE, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 192-96-CG, vigente hastael 15 de diciembre de 2000, establecía en el último párra-fo de su numeral 9 que cuando la entidad tuviere razones para asegurar que la labor desempeñada por el respon- sable del Órgano de Auditoría Interna mostraba falta deidoneidad o suficiencia, lo haría conocer sustentadamentede modo reservado a la Contraloría General de la Repú-blica para su consideración y pronunciamiento; Que, en su numeral 12, dicha Directiva establecía que el titular del Órgano de Auditoría Interna, independien- temente de su régimen laboral, de la condición del cargoo de la persona designada, sólo podía ser apartado, ce-sado o destituido, a iniciativa del empleador, por justacausa, mediante decisión emanada del máximo nivel dela entidad, precedida de un procedimiento regular y con el informe calificado de la Contraloría General de la Re-pública conteniendo su conformidad previa. La Contralo- ría General de la República, en el término no mayor detreinta (30) días de recibida la documentación completa,la que incluiría la trayectoria del funcionario, emitiría suopinión sobre la procedencia de la acción solicitada. Trans-currido dicho término sin respuesta, se podría entender como aprobada la solicitud; Que, el Informe Especial Nº 008-2001-3-005 "Informe Especial - Ejercicio Económico al 31 de diciembre de2000", elaborado por la empresa Flores Konja y Asocia-dos Contadores Públicos S.A., en su calidad de socie-dad auditora designada por la Contraloría General de la República para tal efecto, sindica a dos ex funcionarios del IRTP como los responsables del incumplimiento delas normas antes mencionadas, al disponer la remocióndel cargo de la ex Directora General de Auditoría Interna,señora Elvira Esperanza Vargas Zurita, mediante Acuer-do tomado en Sesión de Consejo Directivo Nº 018-2000- SCD/IRTP de fecha 18 de agosto de 2000;