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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (16/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 251404 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de setiembre de 2003 Que, como consecuencia de dicho Acuerdo, se dis- puso mediante Resolución de Gerencia General Nº 132-2000/IRTP de fecha 6 de octubre de 2000 otorgar a laseñora Elvira Esperanza Vargas Zurita la suma de S/. 34793,89 (treinta y cuatro mil setecientos noventa y tres y89/100 nuevos soles) por concepto de compensación por tiempo de servicios y la suma de S/. 84 996,00 (ochenta y cuatro mil novecientos noventa y seis y 00/100 nuevossoles) por concepto de indemnización; Que, el Informe Especial Nº 008-2001-3-005 "Informe Especial - Ejercicio Económico al 31 de diciembre de2000", concluye que los ex funcionarios involucrados en los hechos incurrieron en responsabilidad civil al propi- ciar un perjuicio económico a la institución por S/. 84996,00 (ochenta y cuatro mil novecientos noventa y seisy 00/100 nuevos soles), monto correspondiente al pagode una indemnización por despido arbitrario que pudoser evitado siguiendo las normas pertinentes para el cese de funcionarios responsables a cargos de Órganos de Control; Que, de conformidad con lo establecido por el artícu- lo 1321° del Código Civil, queda sujeto a la indemniza-ción de daños y perjuicios quien no ejecuta sus obliga-ciones por dolo, culpa inexcusable o culpa leve; Que, dicho Informe Especial recomienda al Presi- dente del Instituto Nacional de Radio y Televisión delPerú - IRTP, efectuar los trámites necesarios para quese autorice al Procurador Público a cargo de los asun-tos judiciales interponga las acciones legales pertinen-tes, de acuerdo a la responsabilidad civil de los ex fun- cionarios involucrados; Que, si bien mediante Resolución Ministerial Nº 773- 2002-ED de fecha 6 de setiembre de 2002 se autorizó alProcurador Público a cargo de los asuntos judiciales delMinisterio de Educación a interponer las acciones lega-les pertinentes contra los ex funcionarios involucrados en el Informe Especial antes mencionado, en virtud del Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM, a la fecha de ads-cripción del IRTP a la Presidencia del Consejo de Minis-tros aún no se habían iniciado las acciones judicialescorrespondientes, por lo que la citada Resolución Minis-terial ha devenido en insubsistente; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del artí- culo 15 de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, es atribución del Sistema emitir, como resul-tado de las acciones de control efectuadas, los infor-mes respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de acciones administrativas y/o legales que sean reco-mendadas en dichos Informes, motivo por el cual resul-ta necesario autorizar a la Procuraduría Pública a cargode los Asuntos Judiciales de la Presidencia del Consejode Ministros, a fin que interponga las acciones judicia- les que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, laLey Nº 27785 y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros a interponer las acciones legales a que hubierelugar contra los ex funcionarios mencionados en el InformeEspecial Nº 008-2001-3-005 "Informe Especial - Ejercicio Económico al 31 de diciembre de 2000" y contra aquéllos que resulten responsables, por los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradu- ría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 17095Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales para el cobro de sumas dedinero adeudadas al IRTP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2003-PCM Lima, 15 de setiembre de 2003 Visto el Oficio Nº 461-2003-PCM/PRO.-500 remitido por la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros y el OficioNº 522-2003-OGAL/IRTP remitido por la Dirección Gene-ral de Asesoría Legal del Instituto Nacional de Radio yTelevisión del Perú - IRTP y su documentación adjunta; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 829, norma de creación delInstituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP,constituyen ingresos de dicha entidad los que obtengapor la administración de sus recursos y por los servicios que ofrezca; Que, con esa finalidad, durante el período comprendido entre el mes de marzo de 2000 y el mesde julio de 2002, el IRTP celebró sendos contratos decompraventa y suministro de espacios publicitarios yde compraventa de espacio radial con Inmobiliaria y Constructora Flowinsa S.A.C., Banco de Materiales S.A.C., Vialsi S.A.C., L & G Comercial S.A., AmadorNoa Quispe, Arte Total S.A., Corporación Internacio-nal de Comunicaciones S.A.C., PROPERU PublicidadS.A.C., Proyecto Especial de Promoción del Aprove-chamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS y Distribuidora La Económica S.A.C.; Que, dichos contratantes no han cumplido con honrar las obligaciones a su cargo, encontrándose pendiente decancelación el capital adeudado, los gastos e interesesdevengados; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1219º del Código Civil, la situación descrita autoriza al acreedor de la relación obligacional, a emplear las medidas legales afin que el deudor le procure aquello a que está obligado; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº17537 -Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº17667, el Decreto Legislati- vo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por laNº 27779 y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM - Aprue-ba el Reglamento de Organización y Funciones de la Pre-sidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Mi-nistros, a fin que en representación y defensa de los intere-ses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales quecorresponda con el fin de lograr el cobro del capital, gastos e intereses devengados que adeudan Inmobiliaria y Cons- tructora Flowinsa S.A.C., Banco de Materiales S.A.C., Vial-si S.A.C., L & G Comercial S.A., Amador Noa Quispe, ArteTotal S.A., Corporación Internacional de ComunicacionesS.A.C., PROPERU Publicidad S.A.C., Proyecto Especial dePromoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS y Distribuidora La Econó- mica S.A.C. al Instituto Nacional de Radio y Televisión delPerú - IRTP, por los fundamentos expuestos en la parte con-siderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionado Pro- curador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 17096