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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (28/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G31/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de setiembre de 2003 mo, Proyectos Especiales destinados a la ejecución de proyectos de inversión; Que, el literal d) del artículo 35º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y el literal d) delnumeral 1) del artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Or- gánica de Gobiernos Regionales, establecen entre otras competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales,promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, con estra- tegias de sostenibilidad, competitividad, oportunidadesde inversión privada; así como dinamizar mercados y rentabilizar actividades; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones viene preparando el Programa de Caminos Departamen- tales - PCD a través del PROVÍAS DEPARTAMENTAL, creado por Decretos Supremos Nºs. 023 y 036-2002-MTC y que tiene entre sus funciones, desarrollar mode- los de gestión institucional que permitan una transferen- cia racional y eficiente de la gestión de la infraestructurade transporte departamental a los Gobiernos Regiona- les, Gobiernos Locales y otras entidades públicas y pri- vadas con arreglo a ley; Que, el Programa de Caminos Departamentales - PCD es un Programa de apoyo a la descentraliza- ción vial regional por el que se pretente producir cam-bios institucionales, teniendo como objetivo la aplica- ción de una estrategia sostenible de descentraliza- ción de la gestión vial hacia los Gobiernos Regiona-les y la rehabilitación de una parte de la Red Vial Departamental, por lo que su implementación integral demanda acciones de articulación interinstitucional,entre aquellos sectores y entidades relacionadas con el objetivo propuesto; Que, es conveniente dotar al Programa de Caminos Departamentales - PCD de un marco institucional que asegure la realización de sus objetivos, designando para ello una Comisión Multisectorial para la Preparación delPrograma de Caminos Departamentales, encargada de impulsar, conducir y ejecutar las acciones que permitan su implementación integral en los aspectos normativos,institucionales, técnicos y financieros, para la suscrip- ción de los Convenios de Préstamo que se vienen gestio- nando ante el Banco Interamericano de Desarrollo - BIDy el Banco Mundial; Que, según el artículo 14º del Título II del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el literal 3.1del Artículo 3º del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Presidencia del Consejo de Ministros apro- bado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, la Presi-dencia del Consejo de Ministros, coordina la actividad intersectorial de la función política administrativa del Es- tado, mantiene relaciones de coordinación con los Go-biernos Regionales y realiza el seguimiento de las políti- cas y programas de carácter multisectorial del Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el Consejo Nacional de Descentralización - CND para la conducción del proce-so de descentralización, considera prioritario el desa- rrollo de la integración vial, siendo preciso por tanto, que el marco conceptual del referido Programa asegure unaperspectiva descentralizadora; Que, según la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacio- nal de Inversión Pública, artículo 3º, y el Decreto Supre-mo Nº 035-2000-EF, artículo 2º, respectivamente, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Ofici- na de Inversiones es la más alta autoridad técnico norma-tiva del Sistema Nacional de Inversión Pública, siendo asimismo la única entidad autorizada para evaluar y pro- poner operaciones de endeudamiento externo; Que, según la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Título II, artículo 4º, y el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones aprobado por Decreto Su- premo Nº 041-2002-MTC, Título Primero, artículo 5º,respectivamente, el Ministerio de Transportes y Co- municaciones diseña, norma y ejecuta la política de promoción y desarrollo en materia de transportes ycomunicaciones, así como también fiscaliza y su- pervisa el cumplimiento del marco normativo relacio- nado con su ámbito de competencia; Que, los sectores y entidades representadas en di- cha Comisión Multisectorial, cumplirán en el caso de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM el rol desupervisión y coordinación con los sectores; el Consejo Nacional de Descentralización - CND, el rol de coordi- nación con los Gobiernos Regionales y coordinación in- terinstitucional; el Ministerio de Economía y Finanzas -MEF el rol de facilitador financiero y autoridad del Siste- ma Nacional de Inversión Pública - SNIP y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el rol normativo ytécnico; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27658,Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,el Decreto Ley Nº 21292 y la Resolución Ministerial Nº 0014-86-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Del Objeto Constitúyase la Comisión Multisectorial para la Pre- paración del Programa de Caminos Departamentales - PCD, en adelante, la Comisión Multisectorial. Artículo 2º.- De la Finalidad La Comisión Multisectorial estará encargada de pre- parar el Programa de Caminos Departamentales - PCD en los aspectos normativos, institucionales, técnicos y financieros, y de ejecutar las acciones que permitan suimplementación integral. Artículo 3º.- De la Conformación La Comisión Multisectorial estará conformada por los siguientes miembros: - Un representante del la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; - Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas; y, - Un representante del Consejo Nacional de Descen- tralización. Artículo 4º.- De la Presidencia El representante de la Presidencia del Consejo de Ministros presidirá la Comisión Multisectorial. Artículo 5º.- De la Secretaría Técnica El Proyecto Especial de Infraestructura de Transpor- te Departamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial. Artículo 6º.- De la Instalación La Comisión Multisectorial se instalará en el plazo de diez (10 ) días útiles contados desde la publicación de la presente Resolución, plazo dentro del cual sus integran- tes deberán ser designados por Resolución del Titulardel Sector correspondiente. Artículo 7º.- Del Plazo La Comisión Multisectorial para el logro de los objeti- vos del encargo, cuenta con un plazo no mayor de cien- to ochenta (180) días calendario contados a partir de suinstalación, debiendo presentar a la Presidencia del Con- sejo de Ministros, informes bimestrales de avance y un informe final al término de su gestión. Artículo 8º.- Apoyo Interinstitucional Las instituciones públicas sin excepción y bajo responsabilidad de sus titulares y/o de la máxima autori- dad administrativa, prestarán el apoyo informativo y de asesoramiento que les sea requerido por la ComisiónMultisectorial para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 9º.- Del Gasto El funcionamiento de la Comisión Multisectorial no generará gasto adicional al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 17872