Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2003 (28/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 28 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Aprueban Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el IRTP y el Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1468-DE/CCFFAA MORDAZA, 25 de setiembre de 2003 Visto el Oficio Nº 1706-EMCFFAA-D-5/CO del 6 de junio del 2003; CONSIDERANDO: Que, el articulo 22º de la Ley Nº 27860 - "Ley del Ministerio de Defensa", concordante con el articulo 68º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-DE/SG de fecha 19 de febrero del 2003, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es un Organo de Linea de la estructura organica y funcional del Ministerio de Defensa; Que, el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP es un Organismo Publico Descentralizado con autonomia administrativa, economica, financiera adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el articulo 181º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF de fecha 17 de MORDAZA del 2001, senala que los bienes muebles de propiedad estatal pueden afectarse en uso, a titulo gratuito, a favor de entidades publicas por un plazo MORDAZA de un ano renovable por una sola vez; y, De conformidad con la Ley Nº 27860 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-DE/SG de fecha 19 de febrero del 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru y el Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Articulo 2º.- Autorizar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a suscribir el Convenio que se senala en el articulo precedente y sus Anexos, los que forman parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 17846

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion del Canon Forestal correspondientes al Primer Semestre de 2003, aplicables a Municipalidades y Gobiernos Regionales beneficiarios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 500-2003-EF/15 MORDAZA, 26 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, se establece que el Canon Forestal esta constituido por el 50% del pago de los Derechos de Aprovechamiento de los productos forestales y de fauna silvestre; Que, el literal f) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF ­ Reglamento de la Ley de Canon establece la base de referencia para calcular el Canon Forestal;

Que, por Decreto Supremo Nº 029-2003-EF, se aprobaron las normas reglamentarias para la transferencia de fondos en aplicacion de la Ley de Canon - Ley Nº 27506 y de la Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783; Que, el articulo 33º de la Ley de Bases de Descentralizacion - Ley Nº 27783 -establece un regimen especial para la provincia de MORDAZA Metropolitana, senalando que en el ambito de la provincia de MORDAZA, las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional, son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con arreglo a lo previsto en dicha Ley, y que toda mencion contenida en la legislacion nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende tambien hecha a dicha Municipalidad, en lo que resulte aplicable; Que, el articulo 65º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que la capital de la Republica no integra ninguna region, que en la provincia de MORDAZA las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la cual posee autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia regional y municipal y, finalmente, que toda mencion contenida en la legislacion nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende tambien hecha a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en lo que le resulte aplicable; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 261-2002EF/15, el Ministerio de Economia y Finanzas aprueba los criterios de distribucion del 20% destinado a las municipalidades de la provincia o provincias beneficiadas con el canon; Que, en base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA mediante Oficio Nº 889-2003-INRENA-J, y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI mediante los Oficios Nº 076-2003-INEI/DTDIS, Nº 085-2003-INEI/ DTDIS y Nº 116-2003-INEI/DTDIS, el Ministerio de Economia y Finanzas procedio a efectuar los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices del Canon Forestal proveniente de los Derechos de Aprovechamiento de los productos forestales y de fauna silvestre; Que el primer parrafo del literal f) del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF ­ Reglamento de la Ley de Canon establece que para efecto de la distribucion del Canon Forestal se considerara como criterio de area de influencia el area territorial de los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales en cuya circunscripcion se hayan otorgado concesiones, autorizaciones y/o permisos, conforme a la Ley Nº 27308 ­ Ley Forestal y de fauna MORDAZA, asi como en sus normas reglamentarias; Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2002EF ­ Reglamento de la Ley de Canon, establece que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion del Canon Forestal; Que, el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 003-2003EF sustituye el contenido del primer parrafo del literal d) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF ­ Reglamento de la Ley de Canon, segun el cual se senala que el monto de Canon Forestal sera determinado semestralmente; Que, es conveniente aprobar los Indices de Distribucion del Canon Forestal correspondientes al Primer Semestre del ano 2003; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0052002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebense los Indices de Distribucion del Canon Forestal, correspondientes al Primer Semestre del ano 2003, a aplicar a las Municipalidades Provinciales, Distritales y Gobiernos Regionales del MORDAZA beneficiados con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas

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