Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2004 (08/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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c.- La Oficina de Participacion Vecinal remitira el expediente al Area de Rentas (Gerencia o Jefatura) a quien correspondera emitir al estado cuenta, disponer el uso del bien, servicio o mano de obra materia la consolidacion. El Area procedera a evaluar la necesidad y valorizar el bien, servicio o mano de obra, considerando las valorizaciones DDU (2 jornales x 1 ano) oficiales o costos del MORDAZA emitiendo el informe de la valorizacion respectiva. d.- En los casos de bienes inmuebles la valorizacion se MORDAZA de comun acuerdo entre el propietario y la municipalidad que sera representada en este caso, por la Gerencia de Desarrollo Urbano. e.- Ejecutada la valorizacion, esta derivara el expediente a la Gerencia de Rentas, la que emitira la Resolucion que aprueba o no la peticion de consolidacion. f.- El solicitante bajo apercibimiento de perder automaticamente el derecho dentro del plazo de diez dias debera poner a disposiciones de la Gerencia de Administracion y Finanzas los bienes, servicios o mano de obra aprobados. Asimismo en el caso de mano de obra se llevara un control de asistencia a los jornales de trabajo labor que estara a cargo de la Oficina de Participacion Vecinal, reporte que debera remitir a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, quien valoriza y enviara a tesoreria. g.- El monto a ser aplicado como pago de la deuda acogida sera el valor correspondiente al bien o servicio prestado senalado en la resolucion de aprobacion. h.- El monto de la deuda acogida se MORDAZA por cancelada con la emision de la resolucion de cumplimiento de compensacion de la deuda que para dichos efectos emita la Gerencia de Rentas. i.- En el caso de servicios y mano de obra dicha resolucion de compensacion de deudas se fundamentara en el informe de conformidad emitido por el area encargada de su supervision respectiva. Dicho informe se emitira una vez culminado el servicio o ejecutada la obra respectivamente. j.- En el caso de bienes inmuebles o vehiculos motorizados la resolucion de compensacion fundamentara con el documento formal que posibilite inscribir el referido bien a nombre de la Municipalidad ante el registro o respectivo. h.- En caso de bienes muebles la resolucion de compensacion de deuda se fundamentara en el informe emitido por las oficina respectiva. TITULO IV DEL CONTENIDO DE LA RESOLUCION Articulo 7º.- La resolucion de consolidacion de deuda emitida por la gerencia de rentas debe contener la siguiente informacion: Identificacion del deudor beneficiario. Indicacion de la deuda a consolidarse, senalando el importe respectivo, el periodo al que le corresponde y al MORDAZA de tributos, entre otros. Plazos maximos para la entrega del bien o la prestacion del servicio o mano de obra. Articulo 8º.- Las situaciones no previstas en la presente ordenanza, podran ser atendidas por la Gerencia de Rentas, de conformidad con la normatividad legal vigente. Articulo 9º.- La Subgerencia de Contabilidad y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, efectuaran las modificaciones contables y presupuestales necesarias para regularizar las asignaciones y consolidaciones a que hubiere lugar con la ejecucion del pago de arbitrios en bienes y servicios. Articulo 10º.- Deroguense todas las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las solicitudes que por dicho concepto se presentaron con anterioridad a la presente ordenanza se adecuaran a la misma, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Segunda.- Valorizado el bien y en caso de saldo a favor del contribuyente o deudor beneficiario, se procedera a la devolucion del monto equivalente a dicho saldo, previo acuerdo de Concejo. Tercera.- Incluyase en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de esta Municipalidad, el procedimien-

to denominado consolidacion de deuda tributarias y no tributaria por bienes, servicios o mano de obra, incorporando los requisitos establecidos en el articulo 5º de la presente ordenanza. Cuarta.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06895

Prorrogan Beneficio de Regularizacion Tributaria otorgado mediante la Ordenanza Nº 192-MDEA
ORDENANZA Nº 205-MDEA El MORDAZA, 29 de marzo de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal visto en Sesion Ordinaria del 29 de marzo del 2004, visto el Informe Nº 096-04-GERENTMDEA de la Gerencia de Rentas, referido a la ampliacion de la Ordenanza Nº 202-MDEA; CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 192-MDEA del 23-12-2003, el Concejo Municipal acordo otorgar el Beneficio de Regularizacion Tributaria por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento, Impuesto a la Alcabala, periodos 1994 a 2003 asi como de las multas administrativas hasta el 31-1-2004, beneficio que fuera MORDAZA hasta el 31-3-2004, con Ordenanza Nº 202-MDEA; Que, subsistiendo los motivos por los cuales se expidio esta MORDAZA legal y existiendo un gran numero de contribuyentes que no pueden cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, por la dificil situacion economica por la que se viene atravesando, se hace necesario continuar brindando el MORDAZA de las facilidades para lograr el objetivo, cual es la cancelacion de las deudas pendientes y por consiguiente ampliar los efectos de la Ordenanza MORDAZA aludida; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 41º del TUO Codigo Tributario D.S. Nº 135-99-EF, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por votacion unanime y con dispensa de aprobacion de acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Prorrogar el Beneficio de Regularizacion Tributaria otorgado mediante Ordenanza Nº 192-MDEA, hasta el 30 de MORDAZA de 2004. Articulo 2º.- La Gerencia de Rentas, la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva y la Unidad de Informatica de esta Municipalidad quedan encargadas del cumplimiento estricto de la presente Ordenanza, siendo de responsabilidad de la Unidad de Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo, la difusion masiva y de la Subgerencia de Logistica, la publicacion de esta MORDAZA legal en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06899

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